Viernes, 20 de junio de 2025

Misma condena que pidió el fiscal

45 años de cárcel para el "comando Otazua" por el asesinato de Puelles

   La condena, la misma que solicitó el fiscal, incluye el pago de una  indemnización conjunta y solidaria a la viuda del funcionario (300.000 euros) y a sus dos hijos (150.000 euros a cada uno)

   Los magistrados Félix Alonso, Guillermo Ruiz-Polano y Clara Eugenia Bayarri condenan a los tres terroristas como coatores de los delitos de asesinato terrorista y de estragos terroristas, con el límite de 40 años de prisión previsto en el Código Penal, y les prohíbe residir en Bilbao o acercarse a menos de 300 metros de la viuda e hijos de su víctima o comunicarse con ellos por tiempo superioren 10 años a la pena de prisión impuesta.  

  El tribunal rechaza las denuncias de malos tratos que los condenados dijeron sufrir en su detención y destaca, entre las pruebas de cargo, las declaraciones de dos de ellos en sede policial cuyo contenido se ha visto corroborado con el resultado de los registros efectuados y las declaraciones testificales practicadas durante el juicio.  

  INEQUÍVOCA DEMOSTRACIÓN

   De todo ello deduce la Sala que existe una "inequívoca demostración" de la pertenencia de los tres enjuiciados al "comando Otazua" de ETA y de la "ocultación y plena disponibilidad por los mismos de armas y material explosivo" que almacenaban en sus viviendas "para ser utilizado en la ejecución de actos de terrorismo" al servicio de la organización, como fue el asesinato del inspector Puelles.  

  Según el relato de hechos probados en la sentencia, el inspector de la Brigada de Información fue asesinado con una bomba lapa adosada a su vehículo en el municipio vizcaíno de Arrigorriaga. La Fiscalía mantiene que "sobre la 1.30 o 2.00 horas de la noche del 18 al 19 de junio de 2009, se dirigieron al lugar donde se encontraba aparcado el automóvil provistos de un artefacto explosivo". Dicho artefacto estaba compuesto por 2 kilos de cloratita y 200 gramos de pentrita y fue "fabricado por el procesado Íñigo Zapirain", quien "se encargó inicialmente de su colocación, siendo ayudado por Daniel Pastor, al no localizar el punto donde debía ser insertado (...), vigilando la ejecución la procesada Beatriz Etxebarria".   

 "Sobre las 9.05 horas del día 19 de junio de 2009, Eduardo Puelles se dispuso a arrancar el referido automóvil, activándose el artefacto explosivo que estalló, sufriendo un shock por quemaduras que le causó la muerte", sostiene la Fiscalía.  

  Además, la banda terrorista ETA se atribuyó la autoría de los hechos - prosigue la fiscal en su escrito - en un comunicado publicado el día 9 de agosto de 2009 en el Diario Gara. Tras el atentado se practicaron registros en las viviendas de los procesados y se hallaron en ellas "sustancias explosivas" que resultaron ser "idénticas a las que emplearon en la fabricación del explosivo cloratado usado para acabar con la vida de Eduardo Puelles".


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