Viernes, 19 de abril de 2024
En todo caso, advierte, la prohibición debe aplicarse de forma "congruente y sistemática", algo que corresponde comprobar a los órganos jurisdiccionales nacionales en cada caso.
Abogado General TUE avala permitir signos religiosos "discretos" en el trabajo aunque se veten otros visibles
El letrado, que apunta que no le corresponde al TUE definir qué símbolos pueden ser considerados de "pequeño tamaño" y por tanto "discretos" o poco visibles, porque puede influir el contexto en le que se usa, sí apunta que en todo caso en tal categoría no entraría el velo islámico, por ser una prenda grande y visible a primera vista.
De este modo, el Abogado General Athanasios Rantos responde a las preguntas prejudiciales de tribunales alemanes sobre dos casos relacionados con la directiva sobre igualdad de trato en el empleo, el de una trabajadora de una empresa pública que gestiona guarderías y el de otra empelada en una cadena de droguerías.
En ambos casos, las mujeres que desempeñaron su ocupación varios años sin llevar velo islámico decidieron portarlo más tarde, a la vuelta de sendas bajas, y se encontraron con las amonestaciones de sus empleadores, que prohíben a los trabajadores que tienen contacto con el público llevar cualquier símbolo religioso.
En sus conclusiones, Rantos recuerda que la prohibición de llevar en el lugar de trabajo cualquier signo visible de convicciones políticas, filosóficas o religiosas que deriva de una norma interna de una empresa privada "no constituye una discriminación directa por motivos de religión o convicciones respecto de los trabajadores que, por mandamientos religiosos de cubrimiento, siguen determinadas reglas indumentarias".
Pero también razona que una "política de neutralidad política, filosófica o religiosa" aplicada por un empresario en las relaciones con sus clientes "no es incompatible con el uso, por sus empleados, de símbolos, visibles o no, pero de pequeño tamaño o, dicho de otra manera, discretos y que no se adviertan a primera vista".
Así las cosas, concluye que, aunque sea admisible prohibir todo símbolo religioso, político o filosófico en el lugar de trabajo, el empresario también es libre de vetar únicamente aquellos "ostensibles y de gran tamaño" y permitir los más discretos, en el contexto de la libertad de empresa. En todo caso, advierte, la prohibición debe aplicarse de forma "congruente y sistemática", algo que corresponde comprobar a los órganos jurisdiccionales nacionales en cada caso.
Columnistas
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna
No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes.
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores
Por Editorial Leer columna
A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?.
Por José Luis LafuenteLeer columna
Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.
Por Francisco J Contreras Leer columna
En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.
Por José Luis LafuenteLeer columna
La edad media no fue tan oscura como nos han contado, y menos aún para la ciencia
Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna