Viernes, 29 de marzo de 2024

La Fiscalía acusa por un delito contra los sentimientos religiosos y pide una multa de 3.000 euros.

Acusada de participar en procesión de una vagina de plástico en Málaga dice que no quiso ofender a católicos

El juicio ha quedado este miércoles visto para sentencia en el Juzgado de lo Penal número 10. La denuncia la presentó la Asociación de Abogados Cristianos, que acusa por un delito de provocación a la discriminación, odio y violencia por motivos referentes a la religión y por otro contra la libertad de conciencia religiosa, pidiendo 12 meses de prisión y multa. La Fiscalía acusa por un delito contra los sentimientos religiosos y pide una multa de 3.000 euros.

La acusada ha explicado que fue a la manifestación del 8M en general y luego se quedó con el colectivo que llevaba la vulva de plástico, pero ha dicho que no hubo un acuerdo previo. Así, ha manifestado que la mantilla, la peineta y otros objetos se los dieron allí el grupo que llevaba esa imagen y que también le pasaron un móvil con frases que leyó, pero que no había visto previamente ni se sabía de memoria.

La procesada ha precisado que la manifestación de ese año incidía contra la reforma del aborto, el retraso en los derechos de las mujeres que suponía según los colectivos feministas y se protestaba contra determinadas instituciones, como la Conferencia Episcopal, que defendían esa reforma del Ministerio de Justicia. Así, ha reiterado que no tiene vinculación con la organización y que nadie daba órdenes de quién cogía la imagen o quién leía: "Era todo muy fluido".

"Entiendo que puede resultar ofensivo, pero jamás fue mi intención", ha asegurado, apuntando que "en ese momento no me planteo, no veo que puede ser ofensivo, puede ser soez pero no ofensivo". "En su momento, no pienso que esté faltando al respeto a los católicos, es una forma performática de protesta", ha reiterado, señalando que no llevó todo el rato la vulva a hombro y que tampoco cogió el megáfono, estando en algunos casos callada.

En su derecho a la última palabra, la acusada ha asegurado que "no es verdad que se quisiera ofender, se trataba de dignificar lo que las feministas hemos hecho", insistiendo en enmarcar esta performance "en una reivindicación de la libertad sexual y reproductiva de la mujer".

En el juicio también han declarado un policía nacional, que ha ratificado la identificación de la acusada por el vídeo y que ha dicho que tuvo el material bruto, sino lo que se colgó en una plataforma; y un representante legal de la Asociación de Abogados Cristianos, que ha confirmado ese sentimiento de ofensa y que recibieron llamadas de quejas de numerosas personas.

También ha comparecido dos de las organizadoras habituales de la manifestación del 8M en Málaga, que han corroborado que la acusada no participó en la organización de esa manifestación general que cada año recorre las calles, apuntando que normalmente llevan el mismo recorrido y se pasaba siempre por la plaza donde se encuentra el Obispado.

LAS PARTES

Según el escrito del ministerio fiscal, al que tuvo acceso Europa Press, la acusada participó en compañía de otras personas no identificadas en esa exhibición pública durante dos horas por las calles del centro de la capital. Se trataba de una vagina de látex de grandes dimensiones bajo el nombre de 'Gran procesión del Santo Chumino Rebelde', procesión convocada, señala la acusación pública, por quienes se hacían llamar la Hermandad del Coño Insumiso.

Para la fiscal, "se pretendía hacer mofa de los símbolos y dogmas más sagrados para quienes profesan la religión católica". "Es la única finalidad que se ve, la ofensa", ha dicho en su informe final, apuntando que "se atenta contra el mismo corazón de las creencias, como es el credo, al parodiarlo". La representante de la acusación pública ha considerado que la participación de la acusada fue "protagonista" y que "no se puede entender que pasara por allí".

Esta estructura de la vagina, detalla la Fiscalía, estaba acompañada de ornamentos que usualmente distinguen a las imágenes de la virgen en los tronos de Semana Santa, como un manto y flores; y ha reiterado que la acusada y sus acompañantes "profirieron a lo largo del recorrido proclamas en las que, utilizando expresiones de diverso contenido, trataban de atacar la base de la fe católica", como 'Vamos a quemar la Conferencia Episcopal por machista y patriarcal".

Por su parte, desde la Asociación de Abogados Cristianos han considerado probado que se recreó una procesión "escenificada en tono de burla" y se realizaron proclamas y "se pregonaron versiones vejatorias de oraciones cristianas". La abogada Polonia Castellanos, que ha ejercido como acusación particular en representación del colectivo que preside, ha incidido en que "para celebrar el Día de la Mujer no es necesario arremeter contra los católicos".

En declaraciones a los periodistas, Castellanos ha indicado que si los mismos hechos, "en lugar de realizarse contra los católicos, se hubiesen realizado contra otro colectivo, sin duda alguna habría una repulsa generalizada de la sociedad y hubiesen sido ya condenados". "Pedimos igualdad con respecto al resto de colectivos, respeto y que se cumpla la ley", ha aseverado, considerando que este tipo de actos "lo único que hacen es enfrentar a las mujeres".

Así, se ha mostrado convencida de que en el juicio ha quedado "más que probado el contenido humillante y ofensivo" y ha hecho hincapié en que "no es un hecho puntual por parte de la acusada", añadiendo que también ha quedado probado "la innecesariedad y la gratuidad", así como "la preparación previa". Ha explicado que la acusada argumenta que pretendía ir a favor del aborto, "pero en contra del aborto no estamos solos los católicos, sino también los protestantes, los musulmanes y los judíos, pero contra ellos no se va", ha dicho.

Por su parte, para la defensa "solo cabe sentencia absolutoria", al entender que la performance se produjo en el contexto de la manifestación del Día de la Mujer y "se ha acreditado que se hizo en un contexto político en contra de la contrarreforma del aborto, que las alusiones que podían hacerse a la utilización metafórica de un credo como a elementos de la Semana Santa no tenían el objeto de injuriar u ofender, sino que forman parte de una cultura popular que trasciende la cuestión religiosa", ha dicho la abogada Amanda Romero.

Así, ha insistido en que hay pruebas suficientes para acreditar que se hizo para reivindicar derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. "Más allá de que pueda parecer provocativa, vulgar, soez o valiente, se trata de una intervención protegida por el ejercicio de la libertad de expresión", ha señalado, considerando que es "sumamente peligroso, como ya advertía el Constitucional, que el procedimiento penal se use como un elemento disuasorio de la libertad de expresión".

"La libertad de expresión se tiene que llevar a cabo de la manera más extensa posible. No es absoluto o ilimitado, tiene sus límites en otros derechos fundamentales, pero hay que tener especial celo para establecer sus límites", ha explicado Romero, quien ha incidido en la importancia de la contextualización porque "no es lo mismo que yo, porque sí, salga a la calle a proferir ciertas consignas u opiniones, a que se haga en el contexto de una manifestación con una serie de reivindicaciones".


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