Domingo, 29 de junio de 2025

Con un poco de "suerte"

Bolinaga podría cumplir la condena en la cárcel, como los demás

El fiscal de la Audiencia Nacional Pedro Rubira ha solicitado al juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, que suspenda la situación de libertad condicional del etarra Jesús María Uribetxeberria Bolinaga, que le concedió el pasado 30 de agosto de 2012 para que fuera tratado del cáncer que sufre.


   El fiscal solicita esta medida al considerar que existe "una dicotomía" entre la medida de prisión provisional domiciliaria que el juez Ismael Moreno dictó este jueves en el marco de la causa en la que investiga el asesinato de un guardia civil en 1986 y la libertad condicional de la que "venía disfrutando el liberado enfermo".

   Moreno decretó el ingreso de Bolinaga en "prisión provisional incondicional y comunicada", que deberá cumplir en su domicilio de Mondragón (Guipúzcoa), al asumir un informe médico que señalaba que la cárcel "no debería considerarse como el lugar más conveniente" para que el etarra siga "el tratamiento prescrito por el equipo médico oncológico".

SIN EFECTOS PRÁCTICOS

   La suspensión de la libertad condicional, según fuentes jurídicas, no tendrá ningún efecto práctico mientras se mantenga la vigencia del auto dictado por Ismael Moreno, que le investiga por el asesinato del cabo de la Guardia Civil Antonio Ramos, que se produjo en Mondragón (Guipúzcoa) en 1986.

   De esta forma, el etarra cumplirá la situación de prisión "en su domicilio con las medidas de vigilancia necesarias". Además, "únicamente podrá salir" del mismo "durante las horas necesarias para el tratamiento de su enfermedad y siempre con la vigilancia precisa".

   La resolución de Moreno también recogía un informe médico del pasado 19 de marzo en el que se señalaba la "presencia de metástasis ya conocidas en la porción superior del hemisferio cerebeloso izquierdo, el lóbulo parietal derecho y la temporal derecha, sin cambios significativos".

SUSPENDIDA, NO REVOCADA

   El fiscal destaca que "a nivel jurisprudencial los jueces de Vigilancia han resuelto que esta disfunción se resuelve con la medida de la suspensión de la libertad condicional". Esta figura jurídica que no es la misma que la de la revocación, que el Reglamento Penitenciario contempla para el incumplimiento de los requisitos establecidos en la libertad condicional.

    El juez Castro, que dejó salir de la cárcel a Bolinaga por "razones humanitarias y de dignidad personal", estableció que el etarra no podía acercarse a las víctimas de sus acciones criminales, participar de forma activa en manifestaciones de legitimación de la violencia ni ausentarse de la residencia que fije de manera oficial ante el juzgado.

   También estaba obligado a presentarse mensualmente en los servicios sociales externos del centro penitenciario de San Sebastián y comunicar cualquier novedad referida a su tratamiento médico.

   Según el juez Castro, la enfermedad que padece Uribetxeberria Bolinaga --un tumor cancerígeno en el riñón, una metástasis en el pulmón y otras tres en el sistema nervioso central-- provocaba que la pena de cárcel de 313 años y 8 meses que cumplía por delitos terroristas no cumplía ya "la finalidad socializadora que tiene atribuida".

   Hasta este jueves Uribetxeberria Bolinaga llevaba 581 días en libertad condicional que, a instancias del Ministerio de Interior, le concedió el juez Castro el 30 de agosto de 2012. La medida fue confirmada por la Sala de lo Penal el 12 de septiembre de ese año.


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