Viernes, 19 de abril de 2024

de antiguo los considera semovientes

Colegios de Abogados apoyan que el Código Civil deje de considerar a los animales como cosas

Los Colegios de Abogados de Oviedo, Madrid, Álava, Vigo, Lanzarote, Reus, Córdoba y Talavera se han suscrito al manifiesto 'La superación del Estatuto Jurídico Civil del animal-cosa como forma de resolución de conflictos' en el que se exige la urgente actualización del Código Civil para que este texto deje de considerar como cosas a los animales.

El texto, promovido por el ICA Oviedo a través de su Comisión de Derecho Animal, hace alusión a la necesidad de actualizar la legislación civil pues, según han asegurado, la superación de este "anacrónico" estatuto jurídico del animal supondrá, "no sólo una adecuación al sentir social, ético y jurídico actual", sino también "una solución a los problemas jurídicos que surgen en la resolución de conflictos privados".

El pasado mes de diciembre todos los grupos parlamentarios apoyaron en el Congreso la tramitación de la ley del PP por la que se busca reformar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil a fin de eliminar de todas ellas la 'cosificación' jurídica de los animales y que éstos, como seres vivos, sean considerados sujetos de derecho.

El documento resalta también que por el momento para el vigente Código Civil español, "los animales son bienes muebles, semovientes, que pueden ser objeto de apropiación conforme a lo dispuesto en los artículos 610 y siguientes de este texto legal".

En esta línea, se recuerda que, debido a la época en la que fue redactado dicho precepto, "no es de extrañar" que el Código Civil disponga que, si los animales domésticos no tienen la costumbre de regresar, es decir, si no tienen dueño conocido, "puedan ser objeto de apropiación mediante la ocupación como forma de adquirir la propiedad". Según la institución, estos animales pueden ser, además, considerados "res nullius", o se les puede aplicar lo dispuesto en el artículo 615 del Código Civil para el hallazgo.

La abogacía entiende que este estatuto jurídico-civil del animal-cosa "entra en contradicción, en muchos casos, con las leyes autonómicas de protección animal e incluso con el propio Código Penal". Aseguran que ambas leyes prevalecen "aplicativamente como lex specialis y lex posterior sobre el Código Civil", que, sin embargo, debe ser interpretado conforme el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que desde 2009 "reconoce a los animales como seres sensibles".

Por otro lado, los abogados han apuntado que "las situaciones en las que los tribunales están llamados a aplicar esta arcaica legislación civil en relación con los animales, y a resolver los conflictos asociados a su tenencia, no se agotan aquí sino que abarcan multitud de supuestos".

El manifiesto concluye recordando que "el tenor literal del Código Civil de 1889 no es capaz de dar una respuesta legal adecuada a los múltiples conflictos actuales que se derivan de la convivencia entre personas y animales". Por este motivo, los firmantes del manifiesto solicitan al legislador que de manera "urgente modernice y actualice la legislación civil acorde al tiempo en el que tiene que ser ejecutada".

Asimismo, piden que se ofrezca un criterio "congruente" para resolver los conflictos que, según aseguran, "se dan en el día a día judicial", y que "obligan" a los tribunales a tener que aplicar una legislación que, "por no contemplar los intereses más básicos de los animales, resulta anticuada y muy alejada del actual sentir social".


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