Viernes, 19 de abril de 2024
de antiguo los considera semovientes
Colegios de Abogados apoyan que el Código Civil deje de considerar a los animales como cosas
Los Colegios de Abogados de Oviedo, Madrid, Álava, Vigo, Lanzarote, Reus, Córdoba y Talavera se han suscrito al manifiesto 'La superación del Estatuto Jurídico Civil del animal-cosa como forma de resolución de conflictos' en el que se exige la urgente actualización del Código Civil para que este texto deje de considerar como cosas a los animales.
El texto, promovido por el ICA Oviedo a través de su Comisión de Derecho Animal, hace alusión a la necesidad de actualizar la legislación civil pues, según han asegurado, la superación de este "anacrónico" estatuto jurídico del animal supondrá, "no sólo una adecuación al sentir social, ético y jurídico actual", sino también "una solución a los problemas jurídicos que surgen en la resolución de conflictos privados".
El pasado mes de diciembre todos los grupos parlamentarios apoyaron en el Congreso la tramitación de la ley del PP por la que se busca reformar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil a fin de eliminar de todas ellas la 'cosificación' jurídica de los animales y que éstos, como seres vivos, sean considerados sujetos de derecho.
El documento resalta también que por el momento para el vigente Código Civil español, "los animales son bienes muebles, semovientes, que pueden ser objeto de apropiación conforme a lo dispuesto en los artículos 610 y siguientes de este texto legal".
En esta línea, se recuerda que, debido a la época en la que fue redactado dicho precepto, "no es de extrañar" que el Código Civil disponga que, si los animales domésticos no tienen la costumbre de regresar, es decir, si no tienen dueño conocido, "puedan ser objeto de apropiación mediante la ocupación como forma de adquirir la propiedad". Según la institución, estos animales pueden ser, además, considerados "res nullius", o se les puede aplicar lo dispuesto en el artículo 615 del Código Civil para el hallazgo.
La abogacía entiende que este estatuto jurídico-civil del animal-cosa "entra en contradicción, en muchos casos, con las leyes autonómicas de protección animal e incluso con el propio Código Penal". Aseguran que ambas leyes prevalecen "aplicativamente como lex specialis y lex posterior sobre el Código Civil", que, sin embargo, debe ser interpretado conforme el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que desde 2009 "reconoce a los animales como seres sensibles".
Por otro lado, los abogados han apuntado que "las situaciones en las que los tribunales están llamados a aplicar esta arcaica legislación civil en relación con los animales, y a resolver los conflictos asociados a su tenencia, no se agotan aquí sino que abarcan multitud de supuestos".
El manifiesto concluye recordando que "el tenor literal del Código Civil de 1889 no es capaz de dar una respuesta legal adecuada a los múltiples conflictos actuales que se derivan de la convivencia entre personas y animales". Por este motivo, los firmantes del manifiesto solicitan al legislador que de manera "urgente modernice y actualice la legislación civil acorde al tiempo en el que tiene que ser ejecutada".
Asimismo, piden que se ofrezca un criterio "congruente" para resolver los conflictos que, según aseguran, "se dan en el día a día judicial", y que "obligan" a los tribunales a tener que aplicar una legislación que, "por no contemplar los intereses más básicos de los animales, resulta anticuada y muy alejada del actual sentir social".
Columnistas
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna
No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes.
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores
Por Editorial Leer columna
A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?.
Por José Luis LafuenteLeer columna
Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.
Por Francisco J Contreras Leer columna
En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.
Por José Luis LafuenteLeer columna
La edad media no fue tan oscura como nos han contado, y menos aún para la ciencia
Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna