Jueves, 28 de noviembre de 2024

Cometido en febrero de 2003

Condenan a 32 años a Aguirresarobe por asesinar al sargento Pagazaurtundua

      El tribunal, formado por los magistrados Alfonso Guevara, Angeles Barreiro y Clara Bayarri, considera a Aguirresarobe culpable de un delito de asesinato terrorista -penado con 30 años de cárcel- y otro de tenencia ilícita de armas -castigado con dos años de prisión-.

   Sin embargo, los jueces absuelven al acusado de pertenencia a organización terrorista al entender que si bien se encontraba "inmerso en el movimiento de liberación vasco de la izquierda abertzale, MLNV" y siguió instrucciones de la banda, no ha quedado acreditada su integración en la organización terrorista ETA.

   Aunque admitan que actuó siguiendo los dictados de la banda, creen que está "huérfana de prueba" la acusación para imputarle un delito de organización terrorista ya que no hay datos que permitan ubicarlo en un comando, un talde o cualquier otra agrupación.

   A su juicio, tan sólo existe una "tenue" vinculación basada en el dinero ocupado en su domicilio procedente de las recaudaciones obtenidas en una txozna destinadas a ayudar a los presos etarras. También ven insuficiente para considerarle miembro de ETA que su ex compañera sentimental o algunos compañeros de su equipo de rubgy colaboraran con la banda.    La sentencia, hecha pública este miércoles, declara probado que Aguirresarobe se encontraba el día 8 del citado mes de febrero en el interior del bar Daytona de Andoain (Guipúzcoa), sentado en un taburete de la barra donde pidió un café con leche.  

  Vestido con ropas oscuras y un gorro en la cabeza, que tapaba parcialmente su rostro, esperó al momento apropiado para acabar con la vida del sargento, quien acudía diariamente a este establecimiento.  

  Sobre las 9.53 horas de la mañana, cuando en el local sólo se encontraban dos clientes y la camarera, Aguirresarobe se aproximó a su víctima y disparó cuatro veces sobre ella, lo que causó su fallecimiento horas más tarde, tras ser trasladado el jefe de Policía al Hospital Nuestra Señora de Aranzazu.  

  El atentado fue reivindicado por ETA mediante un comunicado recogido en los diarios Gara, Deia y el Diario Vasco el 19 de marzo de 2003, lo que evidencia, según los magistrados, que "necesariamente" la banda transfirió al acusado información previa sobre la identidad y rutinas de la víctima.  

  La Sala ha tenido en cuenta para incriminar al Aguirresarobe la declaración de los tres testigos presentes en el escenario del crimen que identificaron a una joven con "un gorrillo o braga oscura" y gafas graduadas que pidió en euskera la consumición.

   Los jueces entienden que el hecho de que el asesino esperara, "periódico en mano y con una taza de café con leche", dio lugar a que Pagaza no adoptara ninguna medida de vigilancia y no pudiera hacer uso de su arma reglamentaria al ser atacado. Así, consideran que actuó de forma alevosa a tenor del clima de confianza generado, la ausencia de confrontación previa y la posición ventajosa del ofensor alzado frente a una víctima sentada.

 MUESTRA DE ADN EN UNA TAZA DE CAFÉ

   Por otra parte, el tribunal ha considerado como prueba "suficiente aunque no ideal" de su culpabilidad la comparación positiva de su ADN -tomado de distintas muestras como una botella de agua que utilizó en su declaración ante el juez Fernando Grande-Marlaska- con los restos dejados en la taza de café que fue hallada en el bar Daytona de Andoain.    Subraya así que se respetaron todas las medidas necesarias para preservar y custodiar estas evidencias. Los magistrados se pronuncian sobre las discrepancias manifestadas durante el juicio por peritos propuestos por la defensa que sostuvieron que la insuficiencia de la muestra localizada en la taza hacía el resultado "poco fiable".

   Los jueces destacan que los restos biológicos pertenecían a un varón y acercan los resultados a Aguirresarobe recordando que el indicio de haber pedido la consumición en euskera habla de "una persona radicada en la comunidad autónoma donde se localiza Andoain".  

  Añaden que las comprobaciones genéticas se ven acompañadas de otros indicios "significativos" como que el culpable trabajara en Andoain, conociera sus caminos de huida y viviera a diez kilómetros de este municipio, concretamente en Hernani.

 INDEMNIZACIÓN DE 800.000 EUROS  

  La Sección Tercera rechaza agravar la pena por haber cometido el hecho movido por discriminación ideológica ya que el objetivo perseguido por ETA "no es per se eliminar el adversario ideológico, sino que su silenciamiento es un medio" para subertir el orden constitucional.

   La resolución fija además una indemnización de 400.000 euros para Estíbaliz Garmendia, viuda del agente asesinado, y de 200.000 euros para cada uno de los dos hijos de Pagazaurtundua. Además, prohíbe al inculpado aproximarse a ellos a menos de 50 kilómetros y residir en San Sebastián, donde viven los perjudicados, durante diez años.

    Durante el juicio, celebrado a mediados de noviembre, Gurutz Aguirresarobe se declaró inocente y reconoció el sufrimiento soportado por la familia del agente fallecido aunque también recordó que sus parientes han sufrido "una injusticia" desde que fue detenido en 2010. "Yo soy al cien por cien, sin estadísticas, inocente y si me cae algún marrón o si me condenan, un inocente va a seguir en prisión y un culpable va a estar fuera de la cárcel", declaró.

 


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