Sabado, 30 de noviembre de 2024

ENTRAN EN VIGOR EL DOMINGO

El BOE publica este sábado 50 medidas de apoyo a jóvenes parados y emprendedores

 El decreto-ley, que entrará en vigor mañana domingo, contempla medidas en varios ámbitos: la estrategia de emprendimiento joven, apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora, medidas de apoyo a la financiación de pymes y autónomos, medidas de lucha contra la morosidad y la ampliación del pago a proveedores, así como medidas de liberalización en el sector ferroviario y en el de hidrocarburos.

   Entre las medidas aprobadas se encuentra el establecimiento de una tarifa plana de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social, para nuevos autónomos menores de 30 años que inicien una actividad por cuenta propia, durante los primeros seis meses. 

  El Ministerio de Empleo calcula que esta tarifa plana para emprendedores beneficiará potencialmente a unos 80.000 autónomos al año y permitirá que en conjunto hasta 30.000 jóvenes se den de alta adicionalmente en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo (RETA) en los próximos cuatro años.

   Esta medida contempla que durante los seis meses inmediatamente siguientes a la fecha de alta en el RETA se aplicará una reducción del 80% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento en este Régimen. De esta forma, el nuevo autónomo menor de 30 años podrá cotizar durante el primer semestre una cuota aproximada de 50 euros.

   Posteriormente, durante los siguientes seis meses, se aplicará una nueva reducción sobre la base mínima de un 50%, y transcurrido el primer año, los hombres de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35 años, se beneficiarán del mantenimiento de una reducción y una bonificación en sus cotizaciones de un 30% durante los siguientes 18 meses. 

  Las 11 medidas de choque que se han incluido inicialmente en el Real Decreto Ley que se publican hoy supondrán un coste de 1.200 millones de euros, de los 3.500 millones estimados para el conjunto de la Estrategia. Además, han indicado que el 32% de este montante total será costeado por el Fondo Social Europeo. 

  Otra de las medidas presentadas ayer en el Consejo de Ministros y publicada hoy en el BOE es la posibilidad de que los beneficiarios de prestaciones por desempleo puedan capitalizar el 100% de esta cuantía para realizar aportaciones al capital social de todo tipo de sociedades, se circunscribirá a las de nueva creación para evitar la compra de puestos de trabajo. 

  Además, en el caso de la reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante un máximo de 12 meses -75% en empresas de más de 250 personas y del 100% para el resto-, está se supeditará al mantenimiento del empleo neto. 

  Empleo también ha precisado que este incentivo podrá ser prorrogado por otros 12 meses adicionales siempre que se acredite por el trabajador la realización de la formación referida, en ese segundo año o en los seis meses anteriores a la renovación.

   También en materia de contratación, el contrato en prácticas se podrá suscribir después de haber finalizado un contrato de formación y aprendizaje previamente en la misma empresa. 

  Otras de las medidas que se incluyen en el Real Decreto Ley se refieren al impulso con las comunidades autónomas de la colaboración público-privada para la intermediación en el ámbito de los servicios públicos de empleo.

   Además, las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.

   También se crea un Portal Único de Empleo que facilitará la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de utilidad para orientar a los jóvenes y poner a su alcance herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de una actividad empresarial.

   Además, por otra parte, se habilita a las Empresas de Trabajo Temporal para celebrar contratos para la formación y aprendizaje.Medidas de fomento de la financiación empresarial   También se facilita a los seguros privados y fondos de pensiones que inviertan en valores negociados en el Mercado Alternativo Bursátil y en entidades de capital riesgo.

   De la misma forma se facilita el desarrollo de los mercados de renta fija para mejorar el acceso a la financiación no bancaria de las empresas españolas. Se suaviza la limitación impuesta en el artículo 405 de la Ley de Sociedades de Capital, por la que el importe total de las emisiones de las sociedades no puede ser superior al capital social desembolsado, más las reservas.

PLAN DE PAGO A PROVEEDORES

   Por otra parte, se amplía el Plan de Pago a Proveedores con más de 2.600 millones de euros, dando una segunda oportunidad a proveedores de Entidades Locales y Comunidades Autónomas ya incluidas en el Plan, así como ampliando el ámbito de aplicación a nuevas Administraciones.  

  En concreto, se permite la adhesión a Entidades Locales del País Vasco y Navarra incluidas en el modelo de participación en tributos del Estado y a las mancomunidades de municipios. En cualquier caso, se mantiene la limitación temporal a facturas anteriores al 1 de enero de 2012. 

  Además, se amplía el tipo de facturas que se podrán acoger al Plan, lo cual también se aplica a los municipios y Comunidades Autónomas incluidos en la primera fase.

   En concreto, los nuevos contratos incluidos en esta ampliación son los correspondientes a concesiones administrativas, encomiendas de gestión, convenios, contratos de arrendamiento de inmuebles, contratos relacionados con los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, determinados contratos de concesión de obras públicas, determinados contratos de gestión de servicios públicos y contratos de colaboración público-privada.


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