Domingo, 24 de noviembre de 2024
Desestiman que sea jurado popular
El caso de Marta del Castillo será juzgado por un tribunal profesional
El Alto Tribunal Andaluz, con sede en Granada, desestima así íntegramente los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía y la acusación particular --la familia de la víctima--, que pedían un jurado popular, y confirma la resolución que dictó el magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla Javier González el pasado 13 de agosto de 2010, que ya valoró que fuera un tribunal profesional el que juzgara.
En el auto de la Sala, al que ha tenido acceso a Europa Press, los magistrados entienden que "el delito fin o el objetivo perseguido" por los acusados fueron las agresiones sexuales y no el asesinato --que es el delito que corresponde enjuiciar a un jurado popular--. Argumenta el TSJA que son las propias partes recurrentes, la Fiscalía y la acusación particular, las que determinan en sus escritos de calificación provisionales las que ya aluden al hecho de que "el impulso agresor inicial" perseguía "como objetivo principal" la violación. "Es más, el propio Ministerio Público imputa a los acusados dos delitos de violación", lo que denota esa "convicción".
La acusación particular, incide la Sala, "afirma rotundamente" que los acusados dieron muerte a la víctima "para impedir que pudieran ser descubiertos los hechos que acababan de llevar a cabo", esto es, las agresiones sexuales.
"Por muchas disquisiciones que quieran hacerse, las secuencias que se concretan en los escritos de calificación revelan una actividad de ocultación de los delitos de agresiones sexuales", señala el TSJA, que recoge para apoyar su justificación parte del escrito de acusación de la familia de Marta: "el menor y Miguel consumieron varias bebida alcohólicas...surgiendo en ambos la idea de mantener relaciones sexuales con Marta. Así, Miguel propuso a Marta que se acostara con él, negándose ésta tajantemente".
"Frustrado, Miguel comenzó a golpearla con los puños en el rostro, sumándose a la agresión el menor" y "sin solución de continuidad" se mata para "seguidamente...comenzar a limpiar sangre y demás vestigios que allí habían quedado". Sangre de la víctima, indica el Alto Tribunal, que provenía no de la muerte violenta (murió por asfixia), sino de las previas agresiones sexuales.
Asimismo, la Fiscalía sostiene un argumento similar en su escrito provisional, aunque no se pronuncia "expresamente" entre las previas agresiones sexuales y el posterior asesinato: "El acusado Miguel Carcaño y el menor, ayudándose mutuamente, la condujeron por la fuerza a la cama en al habitación de la casa habitualmente utilizada por el acusado, en donde la amordazaron para ahogar sus gritos, persistiendo en los golpes y procediendo a desnudarla parcialmente y como continuación de la agresión que habían iniciado con el propósito de obtener satisfacción sexual contra la voluntad de aquella (...). Con el propósito común de matarla para impedir que pudieran ser descubiertos los hechos que acababan de llevar a cabo, mientras el acusado la sujetaba, el menor le rodeó el cuello con un cable de un alargador, apretando hasta asfixiarla".
De esta forma, declarada la inadecuación del procedimiento ante el tribunal del jurado, y teniendo en cuenta que no concurre la circunstancia que permita el enjuiciamiento separado de los delitos de agresión sexual y de asesinato, la Sala decide que la competencia para el enjuiciamiento del caso corresponde a la Audiencia Provincial de Sevilla.
Por consiguiente, la causa deberá ser devuelta al magistrado instructor para que proceda a la transformación y "adecuación procedimental" a las normas del sumario ordinario, una decisión del TSJA contra la que no cabe recurso alguno.
La decisión del Alto Tribunal coincide con la celebración en el Juzgado de Menores número 3 de Sevilla de la vista que se sigue contra el menor apodado como El Cuco, acusado de violar y asesinar a la joven sevillana, que desapareció la noche del 24 al 25 de enero de 2009.
En la jornada de este miércoles estaban citados a declarar Carcaño, su hermano y Samuel Benítez, además de la cuarta acusada mayor de edad, María García. Los tres primeros se han acogido a su derecho a no declarar en esta segunda jornada del juicio contra el menor, que está previsto que concluya con la declaración de la inspectora jefe del Grupo de Menores (Grume) de la Policía Nacional.
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