Lunes, 29 de abril de 2024

Los nuevos trabajadores pierden derechos laborales

El Gobierno deja en suspenso durante dos años el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores

 El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas laborales que tiene como iniciativas estrella la suspensión, durante dos años, del límite al encadenamiento de contratos temporales, la prórroga por seis meses de la ayuda de 400 euros para parados sin ingresos y la creación de un nuevo contrato de formación para jóvenes sin cualificación que permitirá combinar formación con un trabajo remunerado.   

 Aunque en principio la duración de este nuevo contrato iba a ser de dos años, prorrogables a otro, el Gobierno ha decidido establecer una duración mínima de un año y de dos como máximo, prorrogable por otro año más si el proceso formativo lo exige.  

  Finalmente y en contra de lo esperado, el Ejecutivo no ha abordado ningún cambio en materia fiscal, como así ha confirmado el propio ministro de Fomento y portavoz del Gobierno, José Blanco.  

  Además de las medidas antes mencionadas, la norma aprobada este viernes prorroga hasta 2013 el pago por parte del Fogasa de parte de las indemnizaciones por despido, aunque sólo en los casos de despidos procedentes, al tiempo que retrasará al primer semestre de 2013 el desarrollo de un proceso negociador para implantar el fondo de capitalización acordado por Gobierno y agentes sociales.   

 También establece que en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor habrán de tomarse las medidas necesarias para integrar el Servicio Público de Empleo Estatal y el Fogasa en un único organismo, y prorroga, hasta finales de 2013, del periodo para poder transformar contratos temporales en fijos siempre que su duración no exceda de seis meses.

    El portavoz de Gobierno y ministro de Fomento, José Blanco, ha asegurado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que este decreto es una "prioridad nacional", pues el objetivo es crear empleo, sobre todo para los jóvenes que abandonaron sus estudios para trabajar en el sector de la construcción. "Ofrece presente y futuro", ha dicho Blanco en relación al nuevo contrato de formación.

   La norma deja en suspenso durante dos años el artículo 15.5 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el que se establece que adquirirán la condición de fijos aquellos trabajadores que en un plazo de treinta meses hubieran estado contratados durante más de dos años, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas mediante dos o más contratos temporales.  

  El Gobierno ha justificado esta medida en que el límite actual al encadenamiento, "lejos de fomentar la contratación indefinida", puede estar produciendo "efectos indeseados" de no renovación de contratos temporales.   

 "Se suspende, no se elimina esta regla. Se ha considerado de forma crítica estos días, pero me gustaría subrayar que es una medida que está concebida para sostener el empleo (...) En este momento de destrucción de empleo está obstaculizando el mantenimiento del empleo, aunque sea temporal, en las empresas e incluso en el sector público", ha alegado el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, que ha comparecido junto a José Blanco.

NUEVO CONTRATO DE FORMACIÓN   

 En cuanto al nuevo contrato de formación y aprendizaje (queda derogado el anterior), se podrá realizar con jóvenes de entre 16 y 25 años que carezcan de cualificación profesional alguna, si bien, de manera transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2013, esta modalidad contractual también podrá efectuarse con jóvenes de hasta 30 años sin cualificación profesional.  

  Las empresas que, al finalizar su duración, transformen estos contratos en indefinidos podrán disfrutar de una reducción en la cuota empresarial de la Seguridad Social de 1.500 euros al año durante tres años. En el caso de las mujeres, la rebaja en la cotización será de 1.800 euros anuales. Para tener derecho a estas reducciones, la transformación deberá implicar un aumento en el nivel de empleo fijo de las empresas contratantes.  

  El trabajador podrá solicitar un certificado de profesionalidad en función de la cualificación o competencia profesional adquirida a través del contrato. El tiempo de trabajo efectivo que desempeñe el trabajador deberá ser compatible con el dedicado a las actividades formativas y no podrá superar el 75% de la jornada de la jornada laboral habitual. El 25% restante deberá dedicarse a actividades formativas.   

La retribución del trabajador contratado bajo esta modalidad se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Además, el trabajador contratado bajo esta modalidad tendrá derecho a prestación por desempleo y estará protegido por todas las contingencias comunes y prestaciones de la Seguridad Social. "La protección social será exactamente la misma que para cualquier otro contrato", ha destacado Valeriano Gómez.  

  Las empresas que efectúen contratos de esta naturaleza a personas desempleadas tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, a una reducción de las cotizaciones empresariales del 100% en el caso de que la empresa empleadora tenga una plantilla inferior a 250 personas o del 75% si igualan o superan esa cifra. Para tener derecho a estas bonificaciones, estos contratos deben traducirse en un aumento de personal en el seno de las empresas.  

  La norma aprobada este viernes prorroga además por otros seis meses, desde el 16 de agosto de 2011 al 15 de febrero de 2012, ambos incluidos, el llamado Plan Prepara, que combina formación y una ayuda de 400 euros mensuales para los parados que hayan agotado todas sus prestaciones. Hasta ahora, cerca de 128.000 parados han participado este programa.


Comentarios

No hay comentarios sobre esta noticia.

Comentar

Columnistas

Ningun margen

Detrás de tanta normativa milimétrica se agazapa una desconfianza descomunal en la gestión privada, que actúa como un implícito reproche moral. Publicado en El Debate

Por Enrique García MáiquezLeer columna

¿Son los derechos humanos una idea tóxica?

Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.

Por Francisco J Contreras Leer columna

San Fernando: el rey y el gobernante

Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Goma 2 Eco asturiana ¡y ya vale!

Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

¿Por qué no una Europa gaullista?

El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización   Publicado previamente en LA GACETA

Por Francisco J Contreras Leer columna

Prescripción del 11M, humillante final de una nación

No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes. 

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

FELIZ NAVIDAD

Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores

Por Editorial Leer columna

LA PROPOSICION DE LEY DE AMNISTIA Y NUESTROS DIPUTADOS

A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?. 

Por José Luis LafuenteLeer columna

¿Somos todavía una nación?

Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Chile: lecciones de septiembre del año 1973

  La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.  

Por Francisco J Contreras Leer columna

CUANDO LOS TRIBUNALES SON INDEPENDIENTES Y RESPONSABLES  

En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.

Por José Luis LafuenteLeer columna

Encuesta
¿Logrará la ciudadanía frenar la ley de amnistía?

a) no, el gobierno lo tiene todo "bien atado"
b) sí, la fuerza del pueblo es imparable

Dignidad Digital, S.L. E-mail: redaccion@dignidaddigital.com
logo