Jueves, 18 de abril de 2024

se suprime la obligación de que las cotizadas deban publicar sus resultados trimestrales

El Gobierno pide dictamen al Consejo de Estado sobre el anteproyecto que fomenta implicación de accionistas

Este anteproyecto fue aprobado por el Gobierno el pasado 3 de marzo El al objeto de fomentar la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas y con el objetivo de contar con empresas mejor gobernadas y más transparentes, reforzar la competitividad del mercado español y mantener las exigencias de protección e inversores.

Los objetivos del anteproyecto, que completa la transposición de una directiva europea, son premiar el compromiso a largo plazo de los accionistas, incentivar las salidas a Bolsa de empresas europeas en España y adaptar la obligación de elaborar folletos a la normativa europea.

Según fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos, una de las medidas que se introduce es la posibilidad de que las cotizadas premien a sus accionistas a largo plazo con acciones de lealtad, de manera que los que mantengan su posición durante más de dos años obtendrían un voto más por acción. Esto no es obligatorio, sino que se trata de una opción que cada empresa debe decidir si aplicar con un respaldo de casi el 70% de su accionariado.

Para mejorar el gobierno corporativo de las cotizadas y promover la inversión a largo plazo, las cotizadas deberán facilitar la implicación de los accionistas en la política de remuneraciones de los miembros del consejo de administración.

Además, se facilitará la transmisión de información transfronteriza y se obligará a las gestoras de fondos e instituciones de inversión colectiva (IIC) a publicar su política de implicación en las sociedades en las que invierten, para que se conozca tanto la identidad de los accionistas como su motivación.

Para evitar conflictos de interés, se incrementa la transparencia de operaciones vinculadas, de manera que tienen que ser aprobadas por el consejo y validadas por los accionistas y todos los implicados deben conocer que se trata de una operación vinculada.

Por otro lado, se adapta la obligación de elaborar folletos a la normativa europea, elevando de cinco a ocho millones de euros el umbral a partir del cual una emisión requiere un folleto, al tiempo que "se mantiene la máxima exigencia de protección de los inversores", aseguran fuentes ministeriales.

Asimismo, se suprime la obligación de que las cotizadas deban publicar sus resultados trimestrales (se mantiene la obligación de que se publiquen cada seis meses), que actualmente implica "un coste diferencial frente a otras plazas", aunque las cotizadas podrán seguir remitiéndolos si lo desean y, en cualquier caso, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá exigir dicha información trimestral si lo considera adecuado.


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