Sabado, 20 de abril de 2024

Gesto hacia los sindicatos

El Gobierno propone impedir los despidos de 20 días sólo por pérdidas temporales

En concreto, el Ejecutivo plantea que las empresas sólo puedan acogerse al despido objetivo por causas económicas (de indemnización de 20 días por año) si demuestran que las pérdidas económicas previstas no van a ser sólo "meramente coyunturales".  

  En la reforma laboral se considera que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa "se desprende una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos, que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo".  

  El concepto de "pérdidas actuales o previstas" no estuvo exento de polémica, por cuanto podría convertirse en un coladero para que las empresas se acogieran a despidos con 20 días de indemnización. El Gobierno, por su lado, se defendía diciendo que, en todo caso, debía ser un juez el que determinara si la empresa cumplía o no esa condición.   

Finalmente, en el borrador el Gobierno desarrolla ese aspecto de la Ley para conseguir un mayor control sobre las empresas que se acogen a expedientes de regulación de empleo de extinción alegando pérdidas económicas.

   Según se justifica, el Real Decreto viene a proporcionar "mayor certeza y certidumbre" a los trabajadores, empresarios y autoridades, tanto administrativas como judiciales, que intervienen en las extinciones colectivas de empleo. "Debe contribuir a reforzar la tutela judicial efectiva mediante una regulación detallada de los aspectos procedimentales", añade.  

  MÁS EXIGENCIAS AL EMPRESARIO   

Además, el texto incluye que el empresario que alegue previsión de pérdidas para justificar los despidos deberá presentar un informe técnico sobre el carácter y evolución de esa previsión, basado en datos obtenidos a través de las cuentas anuales, de los datos del sector al que pertenece la empresa, de la evolución del mercados y de la posición de la empresa en el mismo.

   Asimismo, en el caso de despido colectivo por cualquier causa económica, el empresario deberá presentar una memoria explicativa de estas causas y acreditar los resultados de la empresa de los que se desprendan una situación económica negativa que pueda afectar a su viabilidad o su capacidad para mantener el volumen de empleo.   

Entre esa documentación, deberá aportar las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios económicos completos, cuentas de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivos y memoria del ejercicio.

   Por otro lado, el borrador establece que en las empresas de 50 ó más trabajadores, se deberá acompañar a la documentación solicitada un plan de acompañamiento social que contemple las medidas adoptadas o previstas por la empresa en orden a evitar o reducir sus efectos, medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados, así como las medidas para posibilitar la continuidad y viabilidad de proyecto empresarial.  

  Todas estas observaciones habrán de ser ahora analizadas por los sindicatos en pleno proceso de diálogo con el Gobierno, al que podría sumarse en las próximas horas la CEOE, y al que también se ha dado cabida a este desarrollo reglamentario de la reforma laboral.


Comentarios

No hay comentarios sobre esta noticia.

Comentar

Columnistas

¿Son los derechos humanos una idea tóxica?

Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.

Por Francisco J Contreras Leer columna

San Fernando: el rey y el gobernante

Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Goma 2 Eco asturiana ¡y ya vale!

Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

¿Por qué no una Europa gaullista?

El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización   Publicado previamente en LA GACETA

Por Francisco J Contreras Leer columna

Prescripción del 11M, humillante final de una nación

No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes. 

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

FELIZ NAVIDAD

Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores

Por Editorial Leer columna

LA PROPOSICION DE LEY DE AMNISTIA Y NUESTROS DIPUTADOS

A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?. 

Por José Luis LafuenteLeer columna

¿Somos todavía una nación?

Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Chile: lecciones de septiembre del año 1973

  La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.  

Por Francisco J Contreras Leer columna

CUANDO LOS TRIBUNALES SON INDEPENDIENTES Y RESPONSABLES  

En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.

Por José Luis LafuenteLeer columna

La ciencia y el cristianismo

La edad media no fue tan oscura como nos han contado, y menos aún para la ciencia

Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna

Encuesta
¿Logrará la ciudadanía frenar la ley de amnistía?

a) no, el gobierno lo tiene todo "bien atado"
b) sí, la fuerza del pueblo es imparable

Dignidad Digital, S.L. E-mail: redaccion@dignidaddigital.com
logo