Domingo, 28 de abril de 2024
ha decretado que sus iglesias son lugares en los que se puede contraer matrimonio legalmente.
El Neo Orden avanza: El Supremo británico reconoce a la Cienciología como una "religión"
El Tribunal Supremo británico ha reconocido este miércoles oficialmente a la Cienciología como una religión y ha decretado que sus iglesias son lugares en los que se puede contraer matrimonio legalmente.
El fallo del Alto Tribunal da la razón a Louisa Hodkin, una mujer a la que las autoridades prohibieron celebrar su boda en una capilla de la Iglesia de la Cienciología en Londres con el argumento que no era un lugar donde se pudiera contraer matrimonio. Las autoridades utilizaron una resolución de 1970 que decretaba que la Cienciología no estaba considerada como religión porque no implicaba el culto religioso.
El Supremo admitió a trámite de forma unánime el recurso presentado por Hodkin para, posteriormente, fallar que la resolución de 1970 era anacrónica en su definición de adoración religiosa como "reverencia o veneración por Dios o por un ser supremo".
"La religión no debe confinarse a aquellas religiones que reconocen una deidad suprema", ha asegurado el juez del Supremo Roger Grenfell Toulson. "Hacer eso es una forma de discriminación religiosa inaceptable en la sociedad actual", ha añadido, haciendo referencia a que este criterio podría excluir, entre otros, al budismo, la religión no teísta más grande del mundo.
El Supremo ha asegurado que no es trabajo del Registro General de Nacimientos, Matrimonios y Muertes aventurarse con "sutilezas teológicas o litúrgicas" y ha declarado que las iglesias de la Cienciología deben registrarse como lugares aptos donde se pueda llevar a cabo la celebración de matrimonios.
Columnistas
Detrás de tanta normativa milimétrica se agazapa una desconfianza descomunal en la gestión privada, que actúa como un implícito reproche moral. Publicado en El Debate
Por Enrique García MáiquezLeer columna
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna
No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes.
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores
Por Editorial Leer columna
A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?.
Por José Luis LafuenteLeer columna
Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.
Por Francisco J Contreras Leer columna
En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.
Por José Luis LafuenteLeer columna