Viernes, 29 de marzo de 2024

En este sentido, la sentencia europea señala que una persona no puede ser obligada, bajo apercibimiento de una sanción, a exhibir un pasaporte o un documento nacional de identidad con ocasión de su entrada procedente de otro Estado miembro cuando el restablecimiento de los controles en las fronteras es contrario al Código de fronteras Schengen.

 El Tribunal de la UE avisa de que el cierre de la frontera interior por amenaza grave está limitado a seis meses

La sentencia del Tribunal con sede en Luxemburgo recuerda que las reglas comunes permiten que un Estado miembro pueda reintroducir controles sistemáticos en su frontera interior en caso de peligro para el orden público o de seguridad interior, pero limitado a seis meses porque es un plazo suficiente para que las autoridades tomen medidas de seguridad alternativas y se restituya el derecho fundamental a la libre circulación.

Un Estado miembro solo podría justificar aplicar de nuevo los controles, incluso inmediatamente después de los seis meses, en base a una amenaza "diferente" a la identificada en el primer caso y que sea apreciada a la luz de los acontecimientos, por lo que no es una opción de prórroga.

También el Consejo puede recomendar a un gobierno mantener los controles hasta un máximo de dos años si existe un riesgo para el funcionamiento general del espacio sin fronteras Schengen, pero dependen de la recomendación de los Veintisiete y no de la decisión del país interesado.

El caso responde a la situación en Austria, en donde las autoridades nacionales imponen controles sistemáticos en la frontera con Hungría y Eslovenia desde mediados de septiembre de 2015. Hasta noviembre de 2017, Austria pudo mantener los controles en base a sucesivas recomendaciones del Consejo, el supuesto previsto en las reglas Schengen con el que el país puede mantener el cierre fronterizo hasta dos años con el aval de los Veintisiete.

Sin embargo, a partir de esa fecha Austria mantuvo los controles "por iniciativa propia" durante varios periodos consecutivos de seis meses en base a la misma amenaza grave, a pesar de que tal media "incluidas cualesquiera posibles prórrogas, no puede sobrepasar una duración total máxima de seis meses".

En ese contexto, un ciudadano de iniciales NW fue sometido a un control en el paso de Spielfeld para entrar en Austria desde Eslovenia y se le impuso una multa de 36 euros por negarse a presentar su pasaporte. La persona llevó el caso al Tribunal Regional de lo Contencioso Administrativo de Estiria, que es quien dirige la cuestión prejudicial a la Justicia europea para aclarar si tales controles fueron ilegales.

En el fallo emitido este martes, el Tribunal europeo considera que desde noviembre de 2019 Austria "no ha demostrado la existencia de una nueva amenaza" que permitiera adoptar un nuevo cierre basado en supuestos distintos, por lo que a partir de ese momento las medidas de control sistemático impuestas a los ciudadanos que crucen el pase fronterizo "serían incompatibles" con el Código Schengen, aunque deja en manos de la corte regional analizar si el caso concreto encaja en esta descripción.

En este sentido, la sentencia europea señala que una persona no puede ser obligada, bajo apercibimiento de una sanción, a exhibir un pasaporte o un documento nacional de identidad con ocasión de su entrada procedente de otro Estado miembro cuando el restablecimiento de los controles en las fronteras es contrario al Código de fronteras Schengen.

Austria no es el único Estado miembro que mantiene de manera continuada los controles de frontera desde 2015, cuando varios países cerraron sus fronteras alegando motivos de orden público y seguridad nacional bien tras atentados terroristas en varias ciudades europeas bien en el contexto de la llegada de miles de migrantes en situación irregular.

Al menos cinco países de la UE --Francia, Alemania, Austria, Dinamarca y Suecia-- mantienen controles sistemáticos desde 2015 alegando diferentes motivos, a pesar de los reiterados llamamientos de la Comisión Europea para que restablezcan el normal funcionamiento de Schengen y permitan la libre circulación.


Comentarios

No hay comentarios sobre esta noticia.

Comentar

Columnistas

Goma 2 Eco asturiana ¡y ya vale!

Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

¿Por qué no una Europa gaullista?

El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización   Publicado previamente en LA GACETA

Por Francisco J Contreras Leer columna

Prescripción del 11M, humillante final de una nación

No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes. 

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

FELIZ NAVIDAD

Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores

Por Editorial Leer columna

LA PROPOSICION DE LEY DE AMNISTIA Y NUESTROS DIPUTADOS

A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?. 

Por José Luis LafuenteLeer columna

¿Somos todavía una nación?

Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Chile: lecciones de septiembre del año 1973

  La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.  

Por Francisco J Contreras Leer columna

CUANDO LOS TRIBUNALES SON INDEPENDIENTES Y RESPONSABLES  

En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.

Por José Luis LafuenteLeer columna

La ciencia y el cristianismo

La edad media no fue tan oscura como nos han contado, y menos aún para la ciencia

Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna

Lo que significa la nueva sentencia sobre el aborto

Ellos tienen el mito del «progreso». Nosotros tenemos la verdad de la realidad.   Publicado en la Gaceta

Por Francisco J Contreras Leer columna

EL TC  AVALA REFORMAS "DE TAPADILLO" DE LA CONSTITUCION EN MATERIA DE EDUCACIÓN

En nota informativa del 12 de mayo de 2023, el Tribunal Constitucional"en adelante TC"señala que el Pleno ha rechazado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el PP frente a la LOMLOE"Ley Orgánica de Modificación de la Ley de Educación--, remitiendo a posterior publicación de la sentencia. La propia nota indica que algunas impugnaciones coincidían con el recurso presentado por VOX (Recurso 1760/2021) y que fue rechazado el pasado 19 de abril, con cinco votos particulares.  

Por José Luis LafuenteLeer columna

Encuesta
¿Logrará la ciudadanía frenar la ley de amnistía?

a) no, el gobierno lo tiene todo "bien atado"
b) sí, la fuerza del pueblo es imparable

Dignidad Digital, S.L. E-mail: redaccion@dignidaddigital.com
logo