Lunes, 25 de noviembre de 2024

La decisión unánime del Supremo reafirma el derecho de defensa frente al criterio contrario de la Fiscalía

El Tribunal Supremo condena a Garzón a 11 años de inhabilitación por las escuchas de la Gürtel

 El Tribunal Supremo ha condenado al juez Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación en el ejercicio de su cargo por autorizar la intervención de las comunicaciones que mantuvieron en prisión los cabecillas de la trama Gürtel con sus abogados.  

  El fallo ha sido comunicado personalmente al aún titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, que se desplazó esta mañana a la sede del Tribunal Supremo. Tras conocer la sentencia, un poco antes de las dos de esta tarde, Garzón ha abandonado con semblante serio el alto tribunal sin realizar declaraciones.

   El tribunal, presidido por el magistrado Joaquín Giménez, ha dado a conocer este jueves la sentencia, que tiene como ponente al juez Miguel Colmenero. Completaban la Sala los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Francisco Monterde, Juan Manuel Berdugo, Manuel Marchena --instructor del caso de los cobros de Nueva York-- y Luciano Varela --instructor de la causa contra Garzón por investigar los crímenes del franquismo--.   

 Se trata de la primera causa por la que el juez de la Audiencia Nacional se sentó en el banquillo de los acusados por cometer un supuesto delito de prevaricación y otro de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales. Ayer mismo quedó visto para sentencia el segundo juicio celebrado contra él en el Tribunal Supremo, por un presunto delito de prevaricación cometido al investigar los crímenes franquistas careciendo de competencia para ello.  

  Durante el juicio, celebrado desde el 17 al 19 de enero, el juez declaró su inocencia, aseguró que en todo momento garantizó el derecho de defensa de los investigados y dijo asumir "todas y cada una de las decisiones, que fueron tomadas reflexivamente y en cumplimiento de la más estricta legalidad".  

  El abogado de la acusación Ignacio Peláez, defensor del empresario imputado en el caso Gürtel José Luis Ulibarri y autor de la querella inicial que dio lugar a este procedimiento, pedía una pena de 10 años de inhabilitación. Mientras tanto, los letrados Antonio Choclán y Pablo Rodríguez Mourullo, abogados de Francisco Correa y Pablo Crespo, solicitaban que dicha inhabilitación se prolongara entre 17 y 15 años.   

Los fiscales Pilar Fernández Valcarce y Antolín Herrero no presentaron acusación y solicitaron la absolución del magistrado al defender que la intervención pretendía evitar que los miembros de la red corrupta blanquearan capitales y alegar que en casos ajenos al terrorismo como el de la joven Marta del Castillo o el del ex abogado y narcotraficante ya fallecido Pablo Vioque también se ordenó el pinchazo de las entrevistas entre presos y abogados.

   El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, suspendido cautelarmente en sus funciones desde mayo de 2010, tiene abiertos otros procedimientos en su contra. De un lado, la causa abierta por una presunta prevaricación cometida al investigar los crímenes del franquismo sin competencias y, de otro, el proceso por unos cobros que habría podido recibir del Banco del Santander y otras entidades por organizar unos cursos en la Universidad de Nueva York.


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