Viernes, 29 de noviembre de 2024
De este modo, se confirmó la decisión del TSJCV que estimó en parte el recurso interpuesto por dos diputados del Grupo Popular
El Tribunal Supremo ratifica la prohibición de usar el catalán en las comunicaciones de Valencia con Cataluña y Baleares
El pasado mes de junio, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ratificaba la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) que dejaba sin efecto una parte sustancial de la normativa autonómica al desestimar los recursos de casación interpuestos por la Generalitat y la organización sindical.
De este modo, se confirmó la decisión del TSJCV que estimó en parte el recurso interpuesto por dos diputados del Grupo Popular y anuló 11 artículos y una disposición final que daban un uso destacado al valenciano sobre el castellano en aspectos como las notificaciones en los trámites administrativos, la rotulación de edificios y dependencias públicas, la comunicación entre los empleados públicos y la de éstos con los ciudadanos, las publicaciones y publicidad institucional, los contratos con proveedores, así como en la rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias y servicios de interés público que depende de entidades locales.
En el mes de julio, tanto la representación de la Generalitat Valenciana como de STEPV decidieron interponer sendos incidentes de nulidad contra la desestimación de sus recursos de casación al considerar que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución.
Por su parte, el Supremo, en un auto fechado el 14 de octubre y consultado por Europa Press, da respuesta a las argumentaciones de los recurrentes. Acerca de la objeción de que la sala se había limitado "indebidamente" al análisis de la cuestión de interés casaciones sin entrar en otras alegaciones, los magistrados recuerdan que en su momento las partes se mostraron conformes con dicha delimitación, puesto que "ningún medio de impugnación" se hizo.
"No hay, en consecuencia, vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso a los recursos, ni incongruencia, puesto que se ha examinado todo lo que concernía al enjuiciamiento de la cuestión de interés casacional", mantiene el auto.
En este mismo sentido, recalca que "lo que no cabe es que la parte, sirviéndose de la admisión de la cuestión de interés casacional, plantea otras que excedan de la misma y no guarden una relación estrecha con las mismas, es decir, que sin su resolución no pudiera quedar debidamente esclarecida la cuestión de interés casacional".
"Pero ello no ocurre aquí, --prosigue-- porque los distintos preceptos del decreto autonómico sobre cuya nulidad se pronunció la sentencia objeto del recurso de casación plantean cuestiones diversas de la que se identificó como de interés casacional. Por tanto, no existía razón alguna para extender el examen de la sentencia a esas otras cuestiones, que no fueron admitidas en la fase correspondiente".
Asimismo, el TS sostiene que las normas jurídicas objeto de examen e interpretación son todas las necesarias para resolver la cuestión, a tenor de la doctrina del Tribunal Constitucional relevante para su aplicación, por lo que "no cabe apreciar ninguna vulneración del derecho fundamental del artículo 24 de la Constitución".
Por todo lo expuesto, el Supremo "ninguna razón advierte para declarar la nulidad de actuaciones".
Al desestimar el incidente de nulidad, procede imponer las costas del mismo a las partes que lo promueven. El tribunal limita la cuantía de la condena en costas a 1.000 euros a cada una de las partes promotoras de los respectivos incidentes de nulidad y, al no apreciar temeridad en su actuación, no impone multa.
Columnistas
La subida global de temperaturas y la conveniencia de ir sustituyendo las fuentes de energía tradicionales (gas, petróleo y carbón) por otras más sostenibles es un tema de permanente actualidad tanto en los medios de comunicación como en la política. Frente a la versión aplastantemente mayoritaria del problema y sus soluciones, el ciudadano atento y bien informando acaba descubriendo algunos problemas a los que no se les presta demasiada atención. En este artículo se presentarán algunos de ellos
Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna
La propuesta que más influyó para atraer el voto de muchos europeos hacia las nuevas derechas es el rechazo a las políticas que facilitan la inmigración incontrolada, pues están convencidos de que aumenta la delincuencia y favorece la islamización de Europa
Por Angel Jiménez LacaveLeer columna
La alternativa a la "justicia social" no es un escenario de pobres muriéndose en las aceras por falta de recursos para pagarse un hospital. La alternativa sería una sociedad en la que, con una presión fiscal que fuese muy inferior a la actual, la gran mayoría de la gente se las arreglase muy bien por sí misma, sin depender de papá Estado. Publicado en el centro Covarrubias
Por Francisco J Contreras Leer columna
Este hombre de 82 años ha hecho más daño al sanchismo en dos meses que Feijóo y sus diputados en esta legislatura
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
En su libro “Agenda 2033, nueva y eterna”, Eduardo Granados presenta una propuesta para que pongamos nuestra mirada en 2033, fecha en la que se cumplen dos mil años de la Redención. En 2033 confluyen las celebraciones del bimilenario de la institución de la Eucaristía, de la muerte y resurrección de Cristo y del nacimiento de la Iglesia. En esta entrevista el autor nos da las claves de esta original propuesta.
Por Teodoreto de Samos Leer columna
Detrás de tanta normativa milimétrica se agazapa una desconfianza descomunal en la gestión privada, que actúa como un implícito reproche moral. Publicado en El Debate
Por Enrique García MáiquezLeer columna
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna