Jueves, 24 de julio de 2025

que tendrá que ir a la cárcel

El TS confirma la condena de tres años y medio de cárcel a Valtònyc

Según la sentencia ahora ratificada, por la cual Arenas tendrá que ingresar en prisión, las canciones incluyen expresiones en apoyo y alabanza a las organizaciones terroristas Grapo, ETA, y a algunos de sus miembros, así como contra el titular de la Corona y sus familiares, y contra el presidente del Círculo Balear, Jorge Campos, contra quien se dirigieron las amenazas.

De esta manera, el Alto Tribunal rechaza los argumentos del acusado, que defendió haber actuado en ejercicio de sus derechos a la libertad de expresión y a la creación artística, y subrayó que "el lenguaje del rap es extremo, provocador, alegórico y simbólico".

Con esto, el Supremo rechaza sus argumentos al considerar que "basta con leer los hechos declarados probados" en la sentencia "para comprender la gravedad de las expresiones contenidas y su correcto encaje en los tipos penales de referencia".

Así, aseguran que la sentencia de instancia no "reelabora", "ni saca de contexto", las letras, "nada inocuas por sí mismas, sino que lo que hace es agruparlas en la fundamentación jurídica al objeto de subsumirlas en los tipos penales atribuidos al acusado".

El Supremo subraya que la Audiencia Nacional ha tenido en cuenta que "la pluralidad de mensajes contenidos en las canciones publicados en Internet y con acceso abierto por el acusado tienen un indudable carácter laudatorio de las organizaciones terroristas Grapo y ETA y de sus miembros, el cual va más allá de la expresión de coincidencia con objetivos políticos, solidaridad con los presos o camaradería".

"ALABANZA DE LOS MEDIOS VIOLENTOS"

De esta manera, acuerda que comportan una "alabanza, no ya de los objetivos políticos sino de los medios violentos empleados por la citadas organizaciones terroristas y por sus miembros y contienen una incitación a su reiteración". "Los referidos contenidos no quedan amparados por la libertad de expresión o difusión de opiniones invocada por el acusado y su defensa", argumentan.

De acuerdo con el Constitucional, la sanción penal de las conductas de enaltecimiento del terrorismo sancionadas en el artículo 578 supone una legítima injerencia en el ámbito de la libertad de expresión de sus autores "en la medida en que puedan ser consideradas como una manifestación del discurso del odio por propiciar o alentar, aunque sea de manera indirecta, una situación de riesgo para las personas o derechos de terceros o para el propio sistema de libertades".

En cuanto a las amenazas a Jorge Campos, en las canciones se señala: "Jorge Campos merece una bomba de destrucción nuclear"; "queremos la muerte para estos cerdos"; "llegaremos a la nuez de tu cuello, cabrón, encontrándonos en el palacio del Borbón, kalashnikov"; "le arrancaré la arteria y todo lo que haga falta"; "queremos la muerte para todos estos cerdos"

La Audiencia, en la sentencia ahora confirmada, señaló que "en dicho texto se incluyen reiteradas amenazas de muerte dirigidas nominativamente contra Campos, e innominadamente contra otros posibles miembros del Círculo o personas a las que se considera de la misma ideología".

Con esto, se desestima el recurso de casación interpuesto y se hace imposición al recurrente de las costas.

LETRAS

La sentencia recoge fragmentos de las canciones por las que ha sido condenado entre las que se pueden leer: "El Rey tiene una cita en la plaza del pueblo, una soga al cuello y que le caiga el peso de la ley"; "el Rey Borbón y sus movidas no sé si era cazando elefantes o iba de putas, son
cosas que no se pueden explicar" o "Terrorismo invicto como los Grapo".

Otra de las frases que se recogen son "un pistoletazo en la frente de tu jefe está justificado o siempre queda esperar a que le secuestre algún Grapo" o "cuando digo Gora ETA delante de un guardia civil, por eso te encierran y no por ser un hijo de puta como Urdangarin" o "matando a Carrero, ETA estuvo genial, a la mierda la palabra, viva el amonal".


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