Lunes, 06 de mayo de 2024

A la espera de la aplicación del Código Penal

ENSEÑANZAS DE UN VIEJO MILITAR A UN MINISTRÍN DE LA GENERALIDAD, PEZ EN SU MATERIA

Un analfabeto en español seguro, en catalán casi seguro que también, hizo estas declaraciones  en el primer congreso del Sindicato de Mandos de los Mozos de Escuadra.

Es de suponer y disculpable, en estas cosa suele haber caro vino y caro marisco, ya sabemos como son nuestros sobrios políticos actuales, que había bebido más de lo debido en el guateque previo, lo que no dice la prensa es si hubo o no carcajadas. En menudos líos mete a los pobres mozos.

 Esperemos que cuando, si se repite la foto de arriba, el cafre señor Puig, vestido de capitán general de Mozos y Mozas, encabece el glorioso bis del 34.

Felipe Puig, consejero de Interior de la Generalidad, en su supina ignorancia de las leyes que juró y es su primera obligación cumplir y hacer cumplir, dijo:

 "los Mozos de Escuadra estarán al servicio de la Generalidad”, en caso de encontrarse en la disyuntiva de tener que obedecer órdenes contradictorias de la Generalidad y el Gobierno español. “Habrá momentos en que haya gente que quiera contraponer una legalidad jurídica a una legalidad democrática. En esos momentos, los Mozos de Escuadra estarán al servicio del país y sus instituciones”.

Los mozos están al servicio de España y de la Generalidad, por ese orden, como el resto de las policías autonómicas, eso dice la Constitución, el Estatuto catalán en español y también el Estatuto catalán en catalán (hasta el siglo XIII lemosín u occitano, no existía Cataluña como país sino como región geográfica).

 Sigue el cafre: los agentes deben “aportar seguridad” a los catalanes. “En momentos inciertos, el ciudadano busca puntos de referencia y seguridad, y la policía lo es”. Totalmente de acuerdo, pero también y en el mismo grado que al resto de los españoles, así mandan las leyes vigentes, ignorante ministrín.

Como veo que don Felipe está pez en su materia, le suele pasar a muchos ministros y ministrines en nuestra querida y doliente Patria. No le recuerdo, porque no lo ha sabido nunca, LE ENTERO:

 Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

 Artículo 15. Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito. Lo suyo por ahora

. Artículo 17. La conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo. Lo suyo por ahora.

Artículo 18.  La provocación existe cuando directamente se incita por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, que facilite la publicidad, o ante una concurrencia de personas, a la perpetración de un delito. Lo suyo por ahora. Es apología, a los efectos de este Código, la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor. La apología sólo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito.

Artículo 22. Son circunstancias agravantes: Prevalerse del carácter público que tenga el culpable. Lo suyo por ahora.

 Artículo 28. Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento. Lo suyo por ahora. También serán considerados autores: os que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo. Lo suyo por ahora.

Artículo 31 bis. En los supuestos previstos en este Código, las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su provecho, por sus representantes legales y administradores de hecho o de derecho. Lo suyo por ahora.

 Artículo 472. Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes: Derogar, suspender o modificar total o parcialmente LA CONSTITUCIÓN. Lo suyo por ahora.

Declarar la independencia de una parte del territorio nacional. Lo suyo por ahora. Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno. Lo suyo por ahora.

 Artículo 473. Los que, induciendo a los rebeldes, hayan promovido o sostengan la rebelión, y los jefes principales de ésta, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinticinco años e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo; los que ejerzan un mando subalterno (Lo suyo por ahora), con la de prisión de diez a quince años e inhabilitación absoluta de diez a quince años, y los meros participantes, con la de prisión de cinco a diez años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años.

 Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos.

 Artículo 478. En el caso de hallarse constituido en autoridad el que cometa cualquiera de los delitos previstos en este Capítulo, la pena de inhabilitación que estuviese prevista en cada caso se sustituirá por la inhabilitación absoluta por tiempo de quince a veinte años, salvo que tal circunstancia se halle específicamente contemplada en el tipo penal de que se trate. Lo suyo por ahora.

Artículo 543. Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses.

Artículo 544. Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales. Lo suyo por ahora.

 Artículo 545. 1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo. 

Con todo mi cariño señor ministrín.

Si me denuncia a Bruselas, creo que es costumbre por esos pagos, por favor mándeme copia debidamente refrendada, para enmarcarla y colocarla en lugar de honor en mi despacho.

 Le pedí lo mismo al Presisdent del Parlament Català, cuando me hizo el honor de tratar de mí en su sede, pero no me lo ha remitido, supongo que será un olvido. Pues sino sería una persona maleducada y no lo creo siendo el máximo representante del reconocido sen catalán.

 En espera de sus noticias.

 Atentamente.

Francisco Alamán Castro.


Comentarios

Por Las cosas como son 2012-10-29 21:21:00

Y lluis rebuzna, será del sitio ese que tiene tan mal olor, ese de los productos de cerdo. Arriba España, majadero y VIVA el Reino de Aragón. Atención la muchachada el Mas, el Tardá y el Durán para mi, el resto os lo dejo a vosotros.


Por Nuria Martínez-Viademont 2012-10-29 19:59:00

Lluis, gracias por corroborar eso de la censura en Cataluña, pero ya lo sabíamos. Pero no se desanime, yave, en la cuna y solar de España no la tiene pues puede manifestarse libremente en este medio (cosa que no sería posible a la inversa). No da miedo el referendum, es que es ilegal, señor mío y Vds. no están por encima de la ley. Pero le digo más, si no tienen miedo al resultado, ¿por qué no lo hacemos con el voto de todos? ¿A que eso de no jugar con ventaja, no mola?. Verán estas navidades cuando la sidra "El gaitero" inunde las casas españolas a raudales, ¿seguirá pensando lo mismo en el paro? Porque sin nosotros, es lo que tendrán. Tenga cuidado con lo que desea, lo mismo tiene que sufrirlo de por vida. No necesitamos calificarnos, ni reafirmarnos continuamente, sabemos quienes somos, dónde estamos y hacia donde y cómo caminamos. Buenas tardes, paisanín.


Por Lancia de Latarce 2012-10-29 01:48:00

En un Estado Democrático y de Derecho todos los ciudadanos del Estado tienen derecho a opinar sobre un tema tan capital como es el hecho de que se cercene su territorio. Si se pregunta a qué personaje histórico podríamos seguir, pues precisamente a uno de los grandes campeones de la democracia mundial: Abraham Lincoln


Por lluis 2012-10-28 23:13:00

HA CLARO , LA CENSURA.......


Por lluis 2012-10-28 23:12:00

Ya veo que bebeis de vuestra ignorancia retroalimentada. QUE MIEDO DA UN REFERENDUM ? FRANQUISTAS ? NAZIS ? FASCISTAS? poneos vosotros mismos el calificativo que querais, Y DESPUES NOS BOMBARDEAIS. VISCA CATALUNYA LLIURE !


Por Nuria Martínez-Viademont 2012-10-28 12:01:00

El ministrin puede denunciarnos a todos. Yo no soy militar pero pienso exactamente igual. Bruselas además, no pinta nada en esta feria. Se está repitiendo lo del 36 porque ya sabemos que a mar revuelto, ganancia de pescadores. El objetivo de toda esta gentuza no es otro que robar y esclavizar sin resistencia. En esta lucha, señor Alamán, no va a estar solo, ¡¡buenos somos los asturianos de verdad!!


Por José María 2012-10-25 20:09:00

Como siempre Paco, honor y Dignidad. Esa barbaridad jurídica que es el artículo 31. bis, en su apartado 5, excluye al Estado, a las Administraciones Públicas, a los partidos políticos, a los sindicatos. Ya ves Paco, la ley del embudo, son muy pillines ellos


Por cabo fuerriel 2012-10-25 18:50:00

En efecto, es la primera vez que yo recuerde que quienes maquinan de modo traidor y subversivo contra el Estado, se ven apoyados y protegidos desde el régimen que lo posee. E desafío es impune y alguno se atreve a decir que Rajao defiende a España, sólo por que el Zapa era todavía menos fiable. ¡Generalidad, disolución y avocación ya!.


Por Jaime Cifu 2012-10-25 11:38:00

Valor español el suyo coronel, y temeridad castiza también cabe decir. Pelear contra los traidores a España cuando son apoyados por el régimen... eso es echarle un par.


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