Sabado, 30 de noviembre de 2024

Crearán una comisión para supervisar el arbitraje

Gobierno y PSOE llegan a un acuerdo sobre las preferentes

   Este acuerdo persigue realizar un seguimiento de los resultados de los arbitrajes que se apliquen en las nacionalizadas (Bankia, Novagalicia Banco, Catalunya Banc y Banco de Valencia). Este mecanismo pactado se extendería igualmente a nuevas entidades que en un futuro requieran de ayudas públicas.

   El seguimiento se centrará en la realización de un informe mensual estadístico detallado de la evolución de los arbitrajes y de las características de los afectados por los mismos.    

  Según el texto del acuerdo, los objetivos de la comisión serán seguir los procesos de arbitraje mediante la fijación y supervisión de los criterios de carácter objetivo y de perfil del inversor utilizados en el filtro de solicitudes.

INFORME DE SITUACIÓN AL MES DE SU FORMACIÓN.

    La comisión, también formada por la Secretaría General de Sanidad y Consumo-Instituto Nacional de Consumo, la del Tesoro y Política Financiera, elaborará un informe de estado de situación al mes de constituirse, que se deberá elevar al Parlamento.  

  También se perseguirá elevar propuestas al Gobierno tendentes a mejorar la transparencia de la comercialización de los productos financieros y protección de los pequeños ahorradores.

    La comisión tendrá competencias en la comercialización de instrumentos híbridos de capital, en cuestiones financieras, en los procedimientos de arbitraje, y en control de los recursos públicos. La composición de la comisión se completaría con las consejerías autonómicas con competencias en consumo que han participado en los arbitrajes y el Consejo de Consumidores y Usuarios.

 ARBITRAJES EN CATALUNYA BANC Y NOVAGALICIA.

     Ante el problema de la mala comercialización minorista de instrumentos híbridos en las entidades Catalunya Banc y NovaGalicia Banco, a lo largo del segundo semestre de 2012 se pusieron en marcha sendos procedimientos de arbitraje público para ofrecer una solución a los afectados.   

 Estos procesos fueron dirigidos por las respectivas consejerías autonómicas con competencias en consumo y fueron impulsados por las entidades, que contaron con el asesoramiento de expertos independientes para el filtrado de las solicitudes, basado en criterios objetivos.

   Los criterios utilizados se refirieron a la falta de documentación relevante o irregularidades en la misma, así como a criterios de perfil del inversor.  

  El Gobierno introdujo restricciones a la comercialización de estos productos con el fin de prevenir la repetición de situaciones similares en el futuro. Fijó un tramo mínimo del 50% para inversores profesionales y una inversión mínima de 100.000 euros en el caso de las sociedades no cotizadas y de 25.000 euros en el de las cotizadas.


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