Lunes, 25 de noviembre de 2024
El acuerdo podría firmarse el 2 de febrero en La Moncloa
La ampliación del cómputo de las pensiones a 25 años se realizará en dos tramos de cinco años
De esta forma, la ampliación definitiva a los 25 años de cotización para el cálculo de la pensión podría estar completado como muy tarde en 2023.
Por otro lado, a efectos de cómputo las lagunas de cotización se cubrirán a partir de dos posibles fórmulas. En la primera se cubrirán los dos primeros años con la base mínima de cotización, mientras que el resto se hará con el 50% de la misma.
Junto a ello, la Seguridad Social arbitrará fórmulas que reconozcan los periodos cotizados en los dos años anteriores al de cómputo para el relleno de lagunas de cotización, en los términos y condiciones que se determinen reglamentariamente.
Éstas son algunas de las cuestiones que a estas horas están acabando de perfilar el Ejecutivo y los agentes sociales antes de dar por cerrado el acuerdo en materia de pensiones, que podría escenificarse de manera formal el próximo 2 de febrero en La Moncloa con la presencia del presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, los secretarios generales de CC.OO. y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Cándido Méndez, y el presidente de la CEOE, Juan Rosell.
UN INCENTIVO DEL 3,5% POR CADA AÑO DE MÁS TRABAJADO
Con todo, el acuerdo pivotará en torno a la elevación de la edad de jubilación a los 67 años, aunque aquellos que cumplan carreras de cotización de 38,5 años podrán jubilarse a los 65 años y cobrar el cien por cien de la pensión.
El periodo de cotización para tener derecho a toda la prestación para aquellos que se jubilen a los 67 años será de 37 años. Así, el periodo mínimo para tener derecho al 50% de la pensión seguirá siendo de 15 años y hasta los 37 años la escala será perfectamente regular y se computará mensualmente.
En el apartado de incentivos al retraso de la edad de jubilación, Gobierno y agentes sociales están estudiando mejorar los actuales, que se sitúan entre el 2% y el 3% de la base de cotización por año de retraso.
En concreto, el Gobierno ha propuesto elevar esta cifra al 3,5% para las carreras completas, es decir, aquellas con más de 37 ó 38,5 años, según los casos. Sin embargo, el asunto no está cerrado porque las partes no han llegado a concretar las cifras.
En cuanto a los trabajos tóxicos, penosos, insalubres o peligrosos, el principio de acuerdo contemplaría coeficientes reductores de la edad de jubilación cuando no sea posible cambiar las condiciones del puesto de trabajo, mediante la sobrecotización de las empresas. Estas profesiones se incluirían en el anteproyecto de ley que el Gobierno espera aprobar mañana en el Consejo de Ministros.
Además, las partes han acordado suprimir la jubilación especial a los 64 años, una modalidad de jubilación que, como medida de fomento del empleo, rebajaba la edad mínima de jubilación sin la aplicación de coeficientes reductores para que los trabajadores por cuenta ajena pudieran acceder a la pensión con los mismos derechos económicos que si tuvieran 65 años cumplidos.
En cuanto a la jubilación parcial, se mantendrá la situación actual de este tipo de retiro a los 61 años y la cotización será íntegra tanto para el relevista como para el relevado, en un periodo de cinco años desde la entrada en vigor de la reforma.
BENEFICIOS PARA JÓVENES Y MADRES
Además, el acuerdo reconoce a mujeres y hombres, en igualdad de circunstancias, nueve meses de cotización por hijo, con un máximo de dos años, en el caso de que hayan interrumpido su vida laboral para el cuidado de hijos nacidos o adoptados.
Gobierno y sindicatos se han puesto también de acuerdo en reconocer a los jóvenes como periodos cotizados la participación en programas formativos o de investigación, con efectos retroactivos desde 2009, con un máximo de dos años, mediante suscripción de los correspondientes convenios especiales.
REVISIÓN QUINQUENAL DEL SISTEMA
Por otro lado, el acuerdo contempla que para garantizar la proporcionalidad entre las contribuciones y las prestaciones esperadas se realice desde 2027, horizonte de entrada en vigor de la reforma, una revisión cada cinco años de los parámetros fundamentales.
Estas revisiones responderán a las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años en el año en que se efectúe la revisión y la de 67 años en 2027.
Columnistas
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