Jueves, 26 de junio de 2025
A los que se aplicó la "doctrina Parot"
La Audiencia Nacional excarcela a otros 13 etarras, una "grapo" y un condenado en Bolivia
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado la excarcelación de otros 13 etarras, una integrante del GRAPO y un condenado por varios asesinatos en Bolivia a los que se aplicó la "doctrina Parot", cuestionada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), para alargar su estancia en prisión.
Tras examinar durante algo más de una hora y media un total de 15 recursos, dos más de los inicialmente previstos, los 16 magistrados de la Sala (faltaba José Ricardo de Prada) han acordado por unanimidad la puesta en libertad de estos reclusos y la extinción de sus responsabilidades penales, tal y como solicitó la Fiscalía en consonancia con el criterio adoptado el pasado martes por el Tribunal Supremo.
Entre los terroristas excarcelados se encuentran José Antonio López Ruiz, "Kubati", que fue condenado entre otros asesinatos por el de la disidente etarra María Dolores González, "Yoyes"; Gonzalo Rodríguez Cordero, condenado por participar en 19 asesinatos; y la miembro del "comando Madrid" Inmaculada Noble, que participó en 1986 en el asesinato del comandante Ricardo Saénz de Ynestrillas.
De esta forma, son ya 26 los asesinos (24 de ellos etarras) que han sido excarcelados por la Audiencia Nacional desde que el pasado 21 de octubre el Tribunal de Estrasburgo condenara a España por aplicar de forma retroactiva la "doctrina Parot" a la etarra del "comando Madrid" Inés del Río.
LISTADO DE EXCARCELADOS
Además de "Kubati", Rodríguez Cordero y Noble, la Audiencia Nacional ha acordado este jueves la excarcelación de los etarras Francisco Javier Lujambio Galdeano, Jesús Díaz de Heredia Ruiz de Arbulo, Pedro Juan Odraizola Aguirre, Juan María Gabirondo Agote, Pedro María Rezabal Zurutuza, Miguel Turrientes Ramírez, José Félix Zabarte Jainaga, María Josefa Urkudun Etxenagustia, Antonio Alza Hernández (preso de la denominada "vía Nanclares") y Raúl Ibáñez Díez.
También saldrán de prisión la integrante de los GRAPO Olga Oliveira, que ha desarrollado varias huelgas de hambre en los últimos años en protesta por la política penitenciaria del Gobierno, y el almeriense Pompeyo Miranda, que fue condenado en Bolivia por varios asesinatos.
DECIDIRÁN LAS SECCIONES
El Pleno también ha acordado que a partir de ahora las peticiones de excarcelaciones que todavía están pendientes sean resueltas por las cuatro Secciones que componen la Sala de lo Penal, de acuerdo a estos mismos criterios.
En los casos de etarras que pidieron amparo al Tribunal Constitucional y solicitaron la excarcelación en la Audiencia Nacional, el Pleno ha decidido preguntar a la Fiscalía si procede acordar su salida de prisión y poner esta decisión en conocimiento del tribunal de garantías.
La Sala de lo Penal no ha valorado la situación del también miembro de los GRAPO Laureano Ortega, condenado por el asesinato del empresario Claudio San Martín en 1988, aunque su caso se estudiará por acumulación de condenas y no por la aplicación de la "doctrina Parot".
ONCE ETARRAS YA ESTABAN LIBRES
Tras la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que el pasado 21 de octubre dio la razón a la miembro del "comando Madrid" Inés del Río, que fue puesta en libertad al día siguiente, la Audiencia Nacional acordó la excarcelación de otros diez etarras, entre los cuales se encontraba Domingo Troitiño, autor del atentado que costó la vida en 1987 a 21 personas en el centro comercial Hipercor de Barcelona.
Además de Del Río y Trotiño, la Audiencia Nacional ha puesto en libertad a los también etarras Juan Manuel Píriz López, Jon Koldo Aguinagalde Urrestarazu, Luis María Azkargorta Belategi, Isidro María Garalde Bedialauneta, Jokin Mirena Sancho, José Ignacio Urdiain Ciriza, Joseba Koldobika Artola, Elías Fernández Castañares y Juan Francisco Gómez López.
En estos casos, la mayoría del Pleno, formada por nueve magistrados, argumentó que no se podía "demorar una privación de libertad irregular" con el pretexto de esperar la decisión que debía adoptar el Tribunal Supremo cuatro días después. Los ocho jueces de la minoría creen que la sentencia de Estrasburgo es de obligado cumplimiento aunque su ejecución no debería corresponder a la Audiencia Nacional.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo decidió este martes, por doce votos frente a cuatro, que debe ser cada tribunal sentenciador el que dirima el alcance de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo respecto de los presos a los que se aplicó la "doctrina Parot", cuya aplicación da por anulada para todas las sentencias condenatorias en ejecución dictadas antes del 28 de febrero de 2006
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