Sabado, 27 de abril de 2024

El TUE declara inadmisible el recurso de Junqueras contra la negativa de la Eurocámara de confirmar su inmunidad

La Eurocámara pide que la euroorden sea automática para más delitos, como los ataques al orden constitucional

El pleno del Parlamento Europeo ha adoptado este miércoles una resolución que pide la reforma del marco de la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) para ampliar la lista de delitos por los que se debe proceder a la extradición automática de un sospechoso si así lo reclama la Justicia de otro socio de la UE, por ejemplo para incluir acciones violentas contra la integridad constitucional en un Estado miembro.

La resolución no vinculante del eurodiputado del PP Javier Zarzalejos ha sido aprobada con 444 votos a favor, 139 en contra y 106 abstenciones. Entre los votos en contra se cuentan los de los eurodiputados de Unidas Podemos, que lo consideran una "modificación peligrosa que resta garantías a los procesos de extradición", y de los partidos independentistas, ERC, JxCAT, Bildu, y del PNV.

"El objetivo último es mejorar este instrumento clave de cooperación judicial entre los países de la UE para evitar que los responsables de delitos graves puedan evitar la acción de la justicia trasladándose a otro estado miembro de la Unión y quedar impunes tras haber cometido delitos graves", ha destacado Zarzalejos.

En el caso de Unidas Podemos, el voto en contra se debe a que considera que la posición de la Eurocámara responde a la "instrumentalización por parte de la derecha española, que pretende cambiar la orden de detención europea basándose en un caso particular", según ha explicado la delegación en un comunicado.

Desde JxCAT, formación del expresidente de Cataluña y eurodiputado Carles Puigdemont, sobre quien pesa una euroorden pendiente aún de resolución en Bélgica, se ha interpretado este informe como prueba de la "impotencia" de PP, Ciudadanos, PSOE y Vox por la negativa de tribunales en Alemania y Bélgica a ejecutar euroórdenes contra los líderes independentistas catalanes.

En un debate sobre esta reforma el pasado lunes, el comisario de Justicia, Didier Reynders, abrió la puerta a emprender revisión después de un análisis detallado que se ha comprometido a realizar sobre el funcionamiento de este instrumento y evaluar si hay margen de mejora.

En la misma ocasión, la vicepresidenta de la comisión de Libertades Civiles e Interior y eurodiputada de Ciudadanos, Maite Pagazaurtundúa, valoró que "la orden de detención europea necesitaba ser revisada para evitar la impunidad en el espacio Schengen, para proteger mejor a las víctimas en la UE y para mejorar las garantías de los sospechosos".

Entre las líneas de reforma apuntadas por los eurodiputados destaca la necesidad de ampliar la lista actual de 32 delitos previstos en la euroorden para la entrega automática del reclamado y reducir así los casos en los que las autoridades deben comprobar la doble incriminación --es decir, que el delito está tipificado en los dos países implicados-- antes de autorizar la ejecución de la euroorden.

Así, los eurodiputados enumeran delitos para su incorporación en la lista tales como el ataque a la integridad constitucional de un Estado que implique el uso de la violencia, delitos ambientales, ciertas formas de evasión fiscal, delitos de odio, violencia de género o ciberdelitos como la usurpación de identidad, entre otros.

Así piden establecer que, de acuerdo con el principio de reconocimiento mutuo, las euroórdenes emitidas por un Estado miembro deben ser reconocidas y ejecutadas directamente por otro estado miembro, salvo en determinados casos muy específicos.

También apuntan que cuando un Estado miembro rechace ejecutar una petición de euroorden basándose en un supuesto riesgo para el respeto a los Derechos fundamentales, deberá justificar con argumentos objetivos y factuales ese rechazo, para evitar incertidumbre legal y la potencial impunidad del acusado del delito.

Además abogan por reducir para determinados delitos -como el tráfico de seres humanos, la explotación sexual de niños o la pornografía infantil-- el umbral de la pena de tres años a partir de la cual puede aplicarse la euroorden.

El TUE declara inadmisible el recurso de Junqueras contra la negativa de la Eurocámara de confirmar su inmunidad

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha declarado este miércoles inadmisible el recurso que había presentado el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras contra la negativa del presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, de tomar medidas urgentes para confirmar su inmunidad.

En julio de 2019, la eurodiputada de ERC Diana Riba solicitó al presidente de la Eurocámara en nombre del líder independentista que adoptase medidas urgentes para confirmar la inmunidad de Junqueras como eurodiputado. Días antes, la Junta Electoral Central había declarado vacante su escaño en el Parlamento Europeo porque, al estar en prisión provisional por la causa del 'procés', no se le había concedido permiso para jurar o acatar la Constitución.

El italiano Sassoli denegó esta solicitud en un escrito que envió a la eurodiputada Riba en agosto de 2019. La Eurocámara inadmitió después un recurso planteado por Junqueras contra esta decisión bajo el argumento de que no se dirigía contra un acto que pueda ser objeto de un recurso de anulación con arreglo a las normas europeas.

La legislación comunitaria permite que los tribunales europeos decidan sobre la inadmisión si la parte demandada lo solicita y sin entrar en el fondo del asunto. En este caso, y tras solicitar la Eurocámara que se decidiera sobre la inadmisión, el Tribunal General ha declarado en un auto inadmisible el recurso de Junqueras. No obstante, se trata de una decisión sobre la que cabe recurso.

Así, el Tribunal General señala en primer lugar que la solicitud de la eurodiputada de ERC no podía ser considerada una solicitud de amparo de la inmunidad de un diputado europeo, sino una petición dirigida a Sassoli "con el fin de que este adoptase con carácter urgente una iniciativa para confirmar la inmunidad de que habría gozado Junqueras en su condición de eurodiputado".

Posteriormente, el tribunal de Luxemburgo añade que el presidente de la Eurocámara "no está obligado en modo alguno a adoptar la iniciativa de confirmar la inmunidad de un diputado europeo", así como que "dispone de una facultad discrecional a este respecto, incluso cuando el diputado esté detenido o vea restringida su libertad de movimiento".

En consecuencia, el TUE concluye que la denegación de la solicitud de la eurodiputada de ERC "no es un acto impugnable". A esto añade en cualquier caso que "no podía dar lugar a que el presidente del Parlamento Europeo adoptara una medida generadora de efectos jurídicos obligatorios frente a las autoridades españolas".


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