Martes, 26 de noviembre de 2024
¡Hay que tener "la cara dura"!
La exdirectora general de la CAM pide al menos 10 millones por su despido
La exdirectora general de la CAM María Dolores Amorós ha pedido 10 millones de euros en concepto de lucro cesante y el doble de indemnización que le correspondería por el despido acordado por los administradores del FROB a finales de septiembre de 2011.
El juzgado número 4 de lo social de Alicante ha celebrado este viernes el juicio por el despido de la exdirectiva. A su llegada, María Dolores Amorós, acompañada por sus abogados, ha sido recibida por numerosos periodistas y cámaras de televisión, y por varios afectados de los llamados "productos tóxicos".
Momentos antes de entrar en el edificio de Pardo Gimeno, una mujer ha comenzado a gritarle: "choriza, corrupta, ladrona, devuélvenos nuestro dinero". Igualmente, a su salida un hombre, de la Plataforma CAM, le ha gritado "sinvergüeza, que nos has arruinado a todos, que muchas familias están arruinadas por tu culpa, te vamos a perseguir". La exdirectora, que ha abandonado el juzgado a pie, ha acabado por refugiarse en un portal sin hacer declaraciones, después de que multitud de periodistas la siguiera por la calle.
Amorós, que asumió la dirección general de CAM en diciembre de 2010 y se mantuvo en el cargo hasta el 10 de agosto de 2011, pide 10 millones en concepto de lucro cesante, es decir, la cantidad que hubiera cobrado en los 17 años que le quedaban como empleada de la caja antes de su jubilación.
Además de esta cantidad, reclama el doble de la cuantía que le correspondería en concepto de indemnización por despido improcedente.
Esta indemnización alcanzaría una cantidad por determinar, aunque hay que tener en cuenta que Amorós llevaba trabajando unos 20 años como empleada de la CAM. Igualmente, la exdirectiva también considera que el despido le ha causado daños morales en su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
POLÍTICAS CONTABLES DISTINTAS
La letrada de la exdirectiva ha indicado que actuó "sin ocultar ni uno solo de los datos", al tiempo que ha justificado las diferencias sobre las pérdidas y ganancias de la caja en que los nuevos administradores aplicaron "unas políticas contables distintas a las que había querido aplicar la CAM" con anterioridad.
En este sentido, ha asegurado que durante la vista "ha quedado acreditado que Amorós dio orden de que se cumplieran las directrices del Banco de España", aunque también ha alegado que la orden 4/2004 -dedicada a la calificación del riesgo en las operaciones y su subsiguiente provisión- está "abierta a interpretaciones en los aspectos cualitativos" y que fue "siempre" el departamento de riesgos de la caja quien evaluó las operaciones.
La abogada de Amorós ha considerado que no ha quedado acreditada "mala fe" en la actuación de la exdirectora general, ha resaltado que ésta sólo llevaba ocho meses en el cargo cuando fue suspendida de empleo y que "ni uno solo de los otros directivos ha sido despedidos" por el FROB, que concluyó en su informe que Amorós "actuó en beneficio propio al calcular su propia pensión vitalicia", y cuestionaron su gestión por "falsear las cuentas para ocultar la debilidad financiera de la entidad" y por llevar a cabo una "deficiente gestión".
"MALA GESTIÓN"
Esta versión de "mala gestión" ha sido mantenida este viernes por la representación legal de la CAM, que ha pedido la desestimación íntegra de la demanda, así como que se rechacen sus pretensiones económicas "por daño moral, por daño emergente y por lucro cesante".
Según ha dicho, la entidad la despidió al quedar acreditada "la falta de confianza" de la entidad en Amorós, a quien la considera responsable de haberse sustraído al mandato del consejo de administración, en relación con la fijación de las cantidades que debían percibir como jubilación", así como de "ofrecer información sobre los resultados que en modo alguno respondían a la realidad de la caja".
Además, según la entidad, se considera que la exdirectora general, tal y como ya constaba en la carta de despido, realizó "una manipulación y falseamiento de resultados, así como a ocultación de datos, incumplimiento normas contables y de los requerimientos de Banco de España, en lo relativo al saneamiento de activo", entre otros.
En concreto, la letrada de la CAM se ha centrado en algunas actuaciones de Amorós, como su comparecencia ante la junta de administradores del FROB, ya intervenida la entidad, en agosto de 2001. En esa junta, Amorós aportó unos resultados de alrededor de 60 millones de euros de CAM y de unos 30 de resultado consolidado atribuido al grupo.
No obstante, según ha añadido, el FROB hizo un procedimiento de revisión, ya que "rechazó estos estados financieros", pese a que Amorós dijo que ésta era fiel reflejo de la situación de la entidad". Esta revisión dio como resultado unas pérdidas de más de mil millones de euros.
RECOMENDACIONES BANCO DE ESPAÑA
A este respecto, uno de los administradores del FROB, José Antonio Iturriaga, a preguntas de la abogada de la CAM, ha señalado que solicitaron que se "rehiciera como debía de haberse hecho" el estado de las cuentas, siguiendo "las recomendaciones del Banco de España", especialmente en la orden 4/2004 que es "de obligado cumplimiento por parte de todas las entidades que están bajo la supervisión del Banco de España".
Según Iturriaga, comprobaron que había "un montón de créditos que no cumplían con las normas" y también que se había realizado mediante "una contabilidad dudosa". Así, ha dicho que se detectó que créditos que en 2009 "habían sido calificados de incobrados o dudosos, pasan en 2010 a ser créditos normales".
Esta praxis, según ha dicho, demuestra en su opinión "una intencionalidad", ya que al calificarlos como categoría normal no se hacía la consiguiente provisión de fondos, mejorando los resultados aparentemente y consiguiendo, de este modo, obtener beneficios al tener su retribución ligada a beneficios.
Según su criterio, la pensión vitalicia acordada, de 369.497 euros, es otro de los motivos que le inducen a pensar que había intencionalidad en sus actos.
Por su parte, Fiscalía ha considerado que "no se ha producido ninguna vulneración de los derechos fundamentales", tal y como aducía el recurso de Amorós contra el despido, y ha rechazado, que hubiera "inconcreción" en la carta de despido como igualmente alegaba. En su opinión, "la carta es suficientemente explicativa, como demuestra que ha dado margen a una discusión amplia en el juicio".
Igualmente, indica que no se ha presentado "ninguna prueba de que se haya vulnerado su intimidad", ya que los asuntos divulgados corresponden a su "parte profesional", más aún en el caso del "despido de la directora general de la CAM, una de las cajas más importantes del país" por lo que estos motivos eran de "absoluta trascendencia social" y el hecho de que hayan sido conocidos por su opinión pública "en modo alguno puede provocar nulidad del despido".
Columnistas
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