Jueves, 07 de diciembre de 2023
La sentencia de la AN está bien fundamentada
La Fiscalía no recurrirá la absolución de los acusados de Udalbiltza Kursaal
Las citadas fuentes explicaron que existen "conductas de tipo ideólogico que escapan a la persecución penal" y que impiden, en este caso, cursar recursa contra la decisión del tribunal presidido por el juez Javier Gómez Bermúdez. La absolución de los 20 acusados de la Asamblea, que se enfrentaban a una petición fiscal de penas de 10 años de prisión por delitos de integración en organización terrorista, se basó en la consideración de que Udalbiltza es "un proyecto nacionalista pero no terrorista".
"La nacionalidad no es una imposición de ETA y menos una idea original de la banda terrorista sino una aspiración legítima de todo nacionalista", explicaba la sentencia que aseguraba, de forma tajante, que "ETA no controla a Udalbiltza y por tanto la hipótesis según la cual es un proyecto de la banda no es válida".
Los magistrados matizaban que a pesar de que "no cabe duda" de que la organización terrorista estaba "interesada en el nacimiento y desarrollo" de la Asamblea de electos y "en su control para capitalizar sus logros como parte de su proyecto de construcción nacional" no existen pruebas que lo corroboren.
Así, exponían que no existen indicios de que ETA ejerciera control alguno sobre ella más allá de "la coincidencia o adhesión ideológica de los procesados con algunos de los objetivos políticos que los terroristas proclaman como justificación de su conducta criminal" lo que por sí no constituye delito alguno.
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