Sabado, 18 de mayo de 2024

Borador del Código Procesal del nuevo orden

La Policía Judicial dependerá orgánicamente de la Fiscalía

  La propuesta del Código Procesal Penal incluye un aspecto revolucionario en el modelo de las unidades de Policía Judicial, por el cual pasarán a depender orgánicamente del Ministerio Público y será la Fiscalía General del Estado el órgano encargado de dictar las circulares e instrucciones sobre la prestación del servicio.

   Así figura en el texto articulado del nuevo Código Procesal Penal, al que ha tenido acceso Europa Press, redactado por la comisión de expertos designada por el Ministerio de Justicia para la elaboración de la norma llamada a sustituir a la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal, que data de 1882.

   En la actualidad, las unidades policiales que se ocupan de la persecución de los delitos y las faltas se encuadran en la Dirección General de la Policía, en concreto en la Comisaría General de Policía Judicial. Así pues, dependen orgánicamente del Ministerio del Interior y funcionalmente de los jueces y fiscales que conocen el asunto de la investigación.  

  El nuevo modelo procesal penal gira en torno al fiscal investigador y diseña una Policía Judicial a las órdenes del Ministerio Público. Ambos estarán "obligados a esclarecer el hecho punible y consignar y apreciar las circunstancias así adversas como favorables para el encausado".   

El texto dedica el título III referido a La Policía Judicial en el que se determina que la Policía Judicial quedará "integrada orgánicamente en el Ministerio Fiscal". "La Ley de Organización y Funcionamiento de la Policía Judicial establecerá su estructura, el estatuto de su personal y su forma de actuación", añade.

   En materia de colaboración entre Fuerzas de Seguridad, el borrador establece que los agentes con competencias de seguridad pública o prevención del delito realizarán todas las investigaciones y actuaciones que el Ministerio Fiscal o los tribunales les ordenen, "bajo su estricta dependencia funcional y sin intromisión de ninguna otra autoridad aunque se trate de un superior jerárquico".

ACTUACIÓN POLICIAL   

El borrador, que será sometido a estudio por el Ministerio de Justicia para la redacción del correspondiente anteproyecto, reúne en un solo texto las actuaciones que guían el trabajo de las unidades policiales en el esclarecimiento de los ilícitos y el descubrimiento de los delincuentes.   

Así pues, regula las inspecciones e intervenciones corporales, las escuchas telefónicas, la grabación de conversaciones mediante la utilización de dispositivos electrónicos o el registro de la información en dispositivos electrónicos.

   Mantiene intactas ciertas disposiciones, aunque actualiza otras con la incorporación de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Por ejemplo, incorpora la posibilidad de que el abogado pueda solicitar el habeas corpus de su cliente cuando considere que es víctima de una detención ilegal, un aspecto ya reconocido por el Alto Tribunal pero no incluido expresamente en la legislación.


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