Martes, 26 de noviembre de 2024
Caso Bildu
La resolución del TC recaerá en una Sala dividida entre tres magistrados conservadores y tres progresistas
La previsible presentación por la coalición Bildu (EA/Alternatiba) de un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la decisión de la Sala del 61 del Supremo de anular las 254 listas que presentaron a los comicios del 22 mayo recaerá en la Sala Segunda del tribunal de garantías, que presenta una fuerte división ideológica entre sus magistrados, tres de los cuales pertenecen al "ala progresista" de la institución, mientras los otros tres pueden ser etiquetados como "conservadores".
La Sala Segunda está presidida por el magistrado "progresista" Eugeni Gay, y la completan los designados a propuesta del PSOE Elisa Pérez Vera y Luis Ignacio Ortega, además de los nombrados bajo el auspicio del PP Francisco Hernando (ex presidente del Tribunal Supremo), Ramón Rodríguez Arribas y Francisco Pérez de los Cobos. Este último, junto con Ortega y Hernando, se estrenan en cuestiones relacionadas con la izquierda abertzale ilegalizada tras la última renovación consumada en el alto tribunal el pasado mes de enero.
Fuentes de este órgano han señalado a Europa Press que Bildu y las agrupaciones de electores, de las que once fueron vetadas por el Tribunal Supremo, tienen 48 horas para presentar sus recursos una vez notificada formalmente la anulación, por lo que la deliberación del Constitucional se producirá previsiblemente entre los próximos miércoles y jueves.
UN DÍA MENOS PARA DELIBERAR
La decisión final debe conocerse antes de las 00.00 del viernes, que es cuando arranca la campaña electoral para las elecciones municipales y forales, aunque hay que tener en cuenta que el Supremo retrasó en 24 horas su decisión respecto del calendario señalado por la propia Ley Orgánica Electoral General (LOREG), lo que resta un día al tribunal de garantías para tomar su decisión. Todavía no se ha adoptado ninguna decisión al respecto, en espera de que los recursos sean efectivamente presentados.
La sentencia de la Sala del 61 del Tribunal Supremo que impide la presencia de Bildu en los comicios electorales del próximo 22 de mayo considera "probado" que la coalición de Euskolun Alkartasuna y Alternatiba "se ha erigido como un cauce simulado y fraudulento para soslayar la ilegalización judicial del brazo político de ETA y así permitir el acceso de Batasuna/ETA a las instituciones representativas".
La sentencia ha sido respaldada por 9 de los 16 magistrados del tribunal y subraya que se trata de evitar que quienes conforman en "sedicente condición de independientes (pero realmente meros testaferros de ETA)" puedan acceder a información como los censos y luego, en condición de electos, tomar posesión de sus cargos y "establecer una línea de gobierno favorecedora de los fines terroristas de ETA".
La resolución, que se dio a conocer a las cuatro de la madrugada de este lunes, defiende que anular las 254 listas de candidatos que ha presentado Bildu es la única forma "constitucionalmente legítima y ponderada" de preservar las resoluciones que la Sala del 61 ha ido dictando en relación con otras formaciones de la izquierda abertzale ilegalizada, con el fin de "garantizar bienes jurídicos como la seguridad pública y la libertad de los ciudadanos".
Por contra Los seis magistrados del Tribunal Supremo discrepantes de la mayoría y que han apoyado durante las deliberaciones del Tribunal Supremo sobre Bildu su concurrencia completa a las elecciones consideran que la "paternidad" de la formación no corresponde a la banda terrorista ETA si no a Eusko Alkartasuna (EA), según se desprende del voto particular firmado por todos ellos.
Los seis discrepantes destacan en su voto particular que EA "ha repetido una y otra vez" desde el año 2003 a la izquierda abertzale de forma pública su oferta de alianza y añaden que ésta incluía "apartarse de ETA". Así, destacan que EA lleva efectuando desde hace cinco años reiteradas condenas a la violencia terrorista.
"En definitiva, no es ETA quien ha impuesto su diseño, a través de una disuelta Batasuna, al conjunto de la izquierda abertzale sino, muy al contrario, es ésta la que a través de un proceso de maduración política y de discusión interna ha llegado a dar un giro copernicano desde su tradicional actitud subordinada a ETA", dice el voto particular.
La decisión mayoritaria de impedir a Bildu presentarse a las elecciones cuenta con otro voto particular firmado por el magistrado José Manuel Sieira, que defiende una presencia parcial de la coalición en los comicios.
Sieira destaca que es necesario acudir --"por muy dificultoso que pueda resultar", agrega-- al análisis de las relaciones entre los integrantes de las distintas candidaturas con partidos ilegalizados
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