Domingo, 06 de julio de 2025

Consideran que puede ser constitutivo de un delito de odio y señala que refleja "su ideología antimadrileña y de carácter hispanófoba"

Movimiento contra la Intolerancia denuncia ante Fiscalía a Ponsatí y Puigdemont por el tuit de 'De Madrid al cielo'

En declaraciones a Europa Press, el presidente de Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Beltrán, ha señalado que la denuncia, presentada ante el área especializada en delitos de odio y discriminación, también se dirige contra el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, quien se hizo eco del mensaje de la exconsellera al retuitearlo. El mensaje fue borrado tres horas después de su publicación tras una cascada de críticas por parte de ciudadanos y dirigentes de diferentes partidos políticos como PP, Ciudadanos o Unidas Podemos.

"Interpretamos que el mensaje está ubicado en un ámbito que prohíbe el artículo 510.2 del Código Penal porque lesiona la dignidad de los madrileños y se da por razón ideológica en un contexto de extraordinaria gravedad donde hay muchos muertos, muchísimos infectados y cuando la ciudadanía de Madrid esta conmocionada profundamente", ha explicado Beltrán.

A su juicio, Ponsatí "estigmatiza a los madrileños, se ríe de ellos y lesiona la dignidad de las personas", algo que queda comprendido como delito en el Código Penal. Añade que el 510.2 protege frente a quienes estén humillando, menospreciando o desacreditando "en este caso por razón de su ideología antimadrileña y de carácter hispanófoba".

DE SEIS MESES A DOS AÑOS DE CÁRCEL

En este sentido, desde Movimiento contra la Intolerancia indican que han presentado esta denuncia ante la Fiscalía "vía telemática" al objeto de que se inicien las diligencias oportunas con independencia del lugar en el que se hayan producido esas declaraciones, dado que por medio de las redes sociales se ha distribuido por diversos ámbitos y "han sido miles de personas quienes han recibido el tuit".

En este sentido, hacen un llamamiento a la sociedad para que se realice un reproche social y cívico "a este profundo gesto de insolidaridad con la ciudadanía de Madrid, que lo está pasando muy mal".

Fuentes de Fiscalía consultadas por Europa Press señalan que el cauce habitual para este tipo de denuncias es que una vez entra en registro pasa al fiscal de Sala contra los delitos de odio y discriminación, Alfonso Aya, quien debe estudiarlo para determinar la relevancia penal.

El artículo 510.2 contempla penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses a quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de grupos o personas. En el Código Penal se explicita que las penas previstas se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que, aquel se hiciera accesible a un elevado número de personas.


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