Miercoles, 24 de abril de 2024

Inhabilitado para ejercer de banquero

Sáenz podrá seguir en el Santander hasta que se pronuncie el Constitucional

  Según fuentes jurídicas cercanas al caso consultadas por Europa Press, este proceso de resolución del previsible recurso de amparo ante el Constitucional podría durar cerca de dos años y paralizaría la ejecución de la sentencia condenatoria, por lo que el directivo podría seguir al frente de la entidad.

   A pesar de transcender el fallo dictado por el Tribunal Supremo, la sentencia todavía no ha sido redactada y trasladada a las partes, por lo que éstas deberán esperar a conocer el documento para emprender cualquier iniciativa legal.

   Las mismas fuentes explicaron que una vez se haga pública la sentencia, para paralizar la ejecución el directivo de la entidad cántabra deberá consignar ante la Audiencia Provincial de Barcelona la indemnización a la que ha sido condenado y pedir a este tribunal la suspensión de la ejecución del fallo.   

A su vez, para conseguir esta suspensión, los representantes legales de Sáenz deberán presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, cuya admisión a trámite paralizaría la ejecución de la sentencia. Para ello, deberán estudiar los argumentos legales para fundamentar una vulneración de derechos fundamentales.

   La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado Sáenz a ocho meses de prisión, multa e inhabilitación para ejercer cualquier puesto dentro del sector financiero por delitos de acusación falsa y estafa procesal cometidos en 1994 cuando era presidente de Banesto, según adelantó hoy El Mundo.  

  Según fuentes jurídicas, las condenas de prisión son menores y no obligan al condenado a su cumplimiento al carecer de antecedentes penales, como en este caso, y el Constitucional suele admitir a trámite los recursos de amparo.

   Además, destacaron que la sentencia del Supremo se ha resuelto con tres votos de los jueces a favor de la condena frente a dos votos particulares en contra. En este sentido, la argumentación de los jueces en contra de la condena servirá para apoyar el recurso de amparo ante el Constitucional, además del dictamen de la propia Audiencia Provincial que sobreseyó la querella por denuncia falsa el 28 de octubre de 2004.

EL PRECEDENTE DEL CASO URBANOR.  

  Por último, las mismas fuentes recordaron que existen precedentes similares como fue la anulación por parte del Constitucional de la condena de tres años y cuatro meses de cárcel impuesta por el Supremo  a Alberto Cortina y Alberto Alcocer por el caso Urbanor. Los dos empresarios consignaron la indemnización ante el juzgado, recurrieron en amparo y nunca llegaron a entrar en prisión.

   Por su parte, el Banco Santander ha afirmado que no tiene conocimiento sobre la resolución del Supremo respecto a Sáenz que pero agotarán todas las vías legales. "No tenemos ningún comentario que hacer, puesto que no tenemos conocimiento sobre ninguna resolución sobre este asunto", indicaron fuentes del banco que preside Emilio Botín.

   El pasado 22 de diciembre cinco magistrados del Supremo resolvieron los recursos de casación presentados por Sáenz y los otros dos condenados contra la sentencia dictada en diciembre de 2009 por la Audiencia Provincial de Barcelona. El resultado de las deliberaciones se conoció hoy, sin embargo la sentencia no está aún redactada.

    En el fallo, el Supremo endurece la sentencia dictada en diciembre de 2009 por la Audiencia de Barcelona. Esta sentencia concluyó que Sáenz, Rafael Jiménez de Parga --que era letrado externo de Banesto-- y Miguel Ángel Calama Texeira --que era director regional de Banesto en Cataluña-- interpusieron una denuncia falsa contra directivos del grupo Olabarría por el impago de una deuda al banco de 600 millones de las antiguas pesetas (3,6 millones de euros), hechos que se remontan a hace quince años


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