Jueves, 25 de abril de 2024

No emitirá ningún informe sobre cómo aplicar al caso la LeCrim porque es constitucionalmente "inviable"

El TS devuelve la pelota a Batet e insiste en que ya le apuntó cómo proceder con los diputados presos

En un oficio de apenas dos párrafos, que será remitido a Batet a través del presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, los siete magistrados que juzgan este asunto se limitan a reiterar, aunque sin mencionarlos, a los argumentos que ya fueron razonados en su auto del pasado día 14 apuntando a la aplicación del artículo 21 del Reglamento de la Cámara.

Dicho artículo establece que un diputado quedará suspendido "cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta", así como "cuando una sentencia firme condenatoria lo comporte o cuando su cumplimiento implique la imposibilidad de ejercer la función parlamentaria".

SALVAGUARDAR EL JUICIO

En su breve respuesta, el Supremo añade que la causa penal que se sustancia contra los ahora diputados Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sánchez "va a seguir su curso" y es misión del tribunal "salvaguardar los fines del proceso"

En cuanto al informe solicitado por Batet sobre la posible aplicación al caso de los cuatro diputados independentistas del artículo de la LeCrim que supondría su suspensión automática, la respuesta del alto tribunal indica que "la configuración constitucional del Tribunal Supremo hace inviable la elaboración del informe requerido", lo que puede traducirse como un rechazo a que se utilice al Supremo como una especie de asesoría jurídica sobre este asunto.

En declaraciones en el Congreso, Batet explicó que su pretensión pidiendo informe al Supremo es que éste aclarase "qué pueden hacer o no hacer" en el Parlamento los cuatro diputados en situación de prisión preventiva, dado que el auto que permitió su asistencia a la sesión constitutiva del martes sólo se refería a ese día.

A su juicio, lo adecuado es que el Supremo fije criterio para toda la legislatura sobre las consecuencias de la ley procesal, máxime cuando "la función jurisdiccional pertenece en exclusiva al Poder Judicial, que es el competente para enjuiciar y determinar las consecuencias". "Creo que la función jurisdiccional corresponde al Poder Judicial, que es quien ha determinado siempre en qué situación quedan las personas en prisión preventiva", ha insistido.


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