Domingo, 24 de noviembre de 2024
La ministra de Igualdad en funciones solo ha abonado la indemnización de 18.000 euros por vulnerar su derecho al honor
El Supremo ordena a Irene Montero pagar 5.400 euros por intereses y costas al exmarido de María Sevilla
Los magistrados han dictado este miércoles un auto de ejecución de sentencia después de que Montero pagara los 18.000 euros de indemnización que fijó el tribunal por presentar a Marcos como un "maltratador".
La titular de Igualdad abonó dicho importe después de que se diera a conocer que la defensa de Marcos había presentado ante el alto tribunal una demanda de ejecución de sentencia para reclamar a Montero que cumpliese con la condena por la que se le obligó a indemnizarle por presentarle como un "maltratador".
Ahora, el Supremo exige a la ministra que haga frente al pago de los intereses y las costas procesales. Además, le ha dado un plazo de 20 días para que publique en su cuenta de 'X' --red social conocida anteriormente como Twitter-- el encabezamiento y el fallo de la sentencia.
El tribunal ha fijado el mismo plazo para que la ministra en funciones elimine el tuit que publicó el 25 de mayo de 2022 en el que compartió el vídeo del discurso en que realizaron las "declaraciones lesivas" contra Marcos.
Según consta en la sentencia, recogida por Europa Press, la Abogacía del Estado --en representación de Montero-- pidió al Supremo que suspendiera la ejecución de la sentencia toda vez que había presentado ante el Tribunal Constitucional un recurso de amparo. La Fiscalía, por su parte, solicitó que se dictara el auto de ejecución de sentencia.
La resolución de este miércoles tiene lugar después de que la expareja de Sevilla presentara hace unas semanas un escrito ante el tribunal para reclamar que se obligara a Montero a cumplir con la sentencia que la condenó por vulnerar su derecho al honor.
Fue el pasado junio cuando la Sala de lo Civil estimó parcialmente su demanda y condenó a la dirigente de Podemos a pagar 18.000 euros --en lugar de los 85.000 que él reclamaba--. Los magistrados también condenaron a la ministra a eliminar el 'tweet' en cuestión y a publicar en su red social y en un periódico de ámbito nacional el encabezamiento y fallo de la sentencia.
Marcos demandó a Montero por las palabras que pronunció el 25 de mayo de 2022 durante la inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres, y su difusión en Twitter. Aquel día, tras hacerse público el indulto concedido a Sevilla, la ministra de Igualdad señaló que el Estado tenía "una deuda" con "las madres protectoras" y que éste debía de "ser capaz de proteger" a estas mujeres que "se protegen a sí mismas y a sus hijos de la violencia machista".
El exmarido de Sevilla aseguraba en su demanda que en dicho contexto la ministra le "presentó" como un "maltratador tanto de su hijo como de su ex pareja", alegando que con ello había vulnerado su derecho al honor.
El Supremo le dio la razón recordando que "el honor es un derecho fundamental que protege frente a atentados en la reputación personal, la cual se ve afectada cuando se atribuye a una persona conductas merecedoras del máximo reproche social".
El alto tribunal señaló que, "en el conflicto entre el derecho fundamental a la libertad de expresión y el derecho al honor", "atenta contra la reputación personal atribuir infundadamente a una persona la condición de maltratadora".
En este sentido, explicó que, aunque la libertad de expresión "ampara opiniones o juicios subjetivos que, como tales, quedan al margen de la demostración fáctica, ello no significa que no deba contar con unos hechos que le sirvan de fundamento".
Además, el Supremo hizo hincapié en que en este caso no había "ninguna resolución judicial" que permitiese concluir que el demandante fuese "autor de episodios de violencia de género o doméstica, ni autor de abusos sexuales en la persona de su hijo", por lo que "la atribución de hechos de aquella naturaleza carece de cualquier base fáctica objetiva".
"Las expresiones que se juzgan no son genéricas, sino que del contexto y de su literalidad cabe deducir que se hace alusión al demandante y que se le atribuyen hechos constitutivos de violencia machista", señaló el tribunal.
En este sentido, precisó que "la razón manifestada del indulto parcial a la expareja del demandante es ser una madre protectora que defiende a su hijo de la violencia machista, por lo que se le atribuyen al demandante episodios de violencia de tal clase".
No obstante, el Supremo recalcó que el indulto provenía del delito de sustracción de menores cometido por Sevilla, "sin conexión exteriorizada con la violencia de género, alegándose genéricas razones de 'justicia y equidad'"
Columnistas
La subida global de temperaturas y la conveniencia de ir sustituyendo las fuentes de energía tradicionales (gas, petróleo y carbón) por otras más sostenibles es un tema de permanente actualidad tanto en los medios de comunicación como en la política. Frente a la versión aplastantemente mayoritaria del problema y sus soluciones, el ciudadano atento y bien informando acaba descubriendo algunos problemas a los que no se les presta demasiada atención. En este artículo se presentarán algunos de ellos
Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna
La propuesta que más influyó para atraer el voto de muchos europeos hacia las nuevas derechas es el rechazo a las políticas que facilitan la inmigración incontrolada, pues están convencidos de que aumenta la delincuencia y favorece la islamización de Europa
Por Angel Jiménez LacaveLeer columna
La alternativa a la "justicia social" no es un escenario de pobres muriéndose en las aceras por falta de recursos para pagarse un hospital. La alternativa sería una sociedad en la que, con una presión fiscal que fuese muy inferior a la actual, la gran mayoría de la gente se las arreglase muy bien por sí misma, sin depender de papá Estado. Publicado en el centro Covarrubias
Por Francisco J Contreras Leer columna
Este hombre de 82 años ha hecho más daño al sanchismo en dos meses que Feijóo y sus diputados en esta legislatura
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
En su libro “Agenda 2033, nueva y eterna”, Eduardo Granados presenta una propuesta para que pongamos nuestra mirada en 2033, fecha en la que se cumplen dos mil años de la Redención. En 2033 confluyen las celebraciones del bimilenario de la institución de la Eucaristía, de la muerte y resurrección de Cristo y del nacimiento de la Iglesia. En esta entrevista el autor nos da las claves de esta original propuesta.
Por Teodoreto de Samos Leer columna
Detrás de tanta normativa milimétrica se agazapa una desconfianza descomunal en la gestión privada, que actúa como un implícito reproche moral. Publicado en El Debate
Por Enrique García MáiquezLeer columna
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna