Viernes, 29 de noviembre de 2024
TS insiste en que la JEC actuó bien cuando negó condición de eurodiputado a Puigdemont por no jurar la Constitución
El TSJC ejecuta la sentencia que inhabilita a Quim Torra desde este lunes
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado este lunes el auto que abre la ejecución de la sentencia que inhabilita al presidente de la Generalitat, Quim Torra, desde este lunes.
Lo ha hecho tras recibir el pronunciamiento del Tribunal Supremo (TS) que confirma y hace efectiva, "desde hoy", la pena de inhabilitación, ha informado el TSJC.
En el auto, consultado por Europa Press, la Sala declara firme la sentencia --que Torra podrá recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC), pero es aplicable desde la decisión del Supremo--, y ordena comunicarlo, además al secretario del Govern, al vicepresidente, Pere Aragonès, "a fin de que resulte activada la sustitución interna".
Asimismo, la Sala acuerda comunicar la resolución al presidente del Parlament, Roger Torrent, y a la delegada del Gobierno en Cataluña, Teresa Cunillera, "acompañando en todos los casos testimonio de la sentencia recaída en firme".
El mismo auto ordena requerir personalmente a Torra "a fin de que se abstenga de ejercer o llevar a cabo actuaciones propias de los empleos y cargos públicos para los que ha sido inhabilitado, en particular el cargo de presidente de la Generalitat".
La Sala también fija una audiencia con las partes para el próximo lunes, 5 de octubre, a las 10.00 horas, en la que se acordarán los detalles de cómo cumplirá Torra la pena de multa e inhabilitación.
La sentencia del TSJC, que ha confirmado el TS, condena a Torra a 18 meses de inhabilitación y a una multa de 30.000 euros por mantener una pancarta por los presos del 1-O en la fachada de la Generalitat en periodo electoral.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha incidido este lunes en que la Junta Electoral Central (JEC) actuó conforme a derecho cuando negó la condición de eurodiputados electos por no haber prestado acatamiento a la Constitución española. Con esta decisión, la JEC rechazaba su inclusión en la lista de electos remitida a la Cámara europea.
El Supremo incide en su postura al desestimar los incidentes de nulidad planteados por la defensa del expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Antoni Comín contra las sentencias que el pasado mes de junio rechazaron sus recursos contra los acuerdos de la JEC.
En los autos notificados hoy, la Sala reitera la inexistencia de preceptos y de jurisprudencia europeos que consideren incompatible con el Derecho de la Unión el requisito de acatar la Constitución que establece el artículo 224.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Estas sentencias no afectaron a la condición de eurodiputados que ya ostentaban en junio Puigdemont y Comín, pues dicha condición se la otorgó el propio Parlamento, y lo que determinaron es que la decisión adoptada en su día por la JEC fue ajustada a derecho.
Ahora, el Supremo incide en que sus sentencias pusieron de manifiesto que "no hay ningún pronunciamiento jurisdiccional europeo sobre el requisito exigido por ese precepto, no sólo antes, como tiene que reconocer el propio escrito de promoción del incidente, sino tampoco después de la sentencia de 19 de diciembre de 2019, porque no se ocupa de él sino del momento en que se adquiere la inmunidad prevista en el artículo 9, párrafo segundo, del Protocolo n.º 7 sobre los Privilegios e Inmunidades de la Unión Europea".
Es decir, de la que asiste al candidato electo para dirigirse al lugar de reunión del Parlamento Europeo y regresar de él, que es una cuestión distinta a la aquí debatida".
Asimismo, los magistrados destacan que las sentencias explicaron por qué no era relevante someter al Tribunal de Justicia de la UE la pregunta de si es compatible o no con el Derecho de la Unión el artículo 224.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, una vez que los recurrentes ya han sido admitidos como diputados del Parlamento Europeo, y ello porque la respuesta no llevaría, cualquiera que fuera, a que la sentencia a dictar modificara tal hecho.
Columnistas
La subida global de temperaturas y la conveniencia de ir sustituyendo las fuentes de energía tradicionales (gas, petróleo y carbón) por otras más sostenibles es un tema de permanente actualidad tanto en los medios de comunicación como en la política. Frente a la versión aplastantemente mayoritaria del problema y sus soluciones, el ciudadano atento y bien informando acaba descubriendo algunos problemas a los que no se les presta demasiada atención. En este artículo se presentarán algunos de ellos
Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna
La propuesta que más influyó para atraer el voto de muchos europeos hacia las nuevas derechas es el rechazo a las políticas que facilitan la inmigración incontrolada, pues están convencidos de que aumenta la delincuencia y favorece la islamización de Europa
Por Angel Jiménez LacaveLeer columna
La alternativa a la "justicia social" no es un escenario de pobres muriéndose en las aceras por falta de recursos para pagarse un hospital. La alternativa sería una sociedad en la que, con una presión fiscal que fuese muy inferior a la actual, la gran mayoría de la gente se las arreglase muy bien por sí misma, sin depender de papá Estado. Publicado en el centro Covarrubias
Por Francisco J Contreras Leer columna
Este hombre de 82 años ha hecho más daño al sanchismo en dos meses que Feijóo y sus diputados en esta legislatura
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
En su libro “Agenda 2033, nueva y eterna”, Eduardo Granados presenta una propuesta para que pongamos nuestra mirada en 2033, fecha en la que se cumplen dos mil años de la Redención. En 2033 confluyen las celebraciones del bimilenario de la institución de la Eucaristía, de la muerte y resurrección de Cristo y del nacimiento de la Iglesia. En esta entrevista el autor nos da las claves de esta original propuesta.
Por Teodoreto de Samos Leer columna
Detrás de tanta normativa milimétrica se agazapa una desconfianza descomunal en la gestión privada, que actúa como un implícito reproche moral. Publicado en El Debate
Por Enrique García MáiquezLeer columna
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna