Jueves, 14 de agosto de 2025
Le da 20 días para aportarlo bajo apercibimiento de multa
El TSJCV admite el recurso del PSPV por el cierre de RTVV y pide al Consell el expediente administrativo
Así consta en un decreto, de fecha 5 de diciembre, y firmado por el secretario judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se concreta que contra la resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.
En concreto, el recurso de los socialistas se dirigía contra la resolución de fecha 28 de noviembre de 2003 del Consell, por la que se acordaba el cese de las emisiones de los servicios de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico. En el mismo escrito, solicitaban la suspensión cautelar de la medida de cierre.
El TSJCV, tras estudiarlo, ha decidido admitir a trámite el recurso, y ha solicitado al Consell el expediente administrativo del cierre de la sociedad pública. En concreto, en el escrito que se remite a la Generalitat al respecto, se le solicita este expediente, "preferentemente digitalizado en CDRom o DVD, o por escrito original o copiado y auténticado y, en todo caso, acompañado de un Índice autenticado de los documentos que contenga" en un plazo de 20 días bajo el apercibimiento de multa.
Asimismo, el tribunal valenciano ha acordado que se notifique esta resolución a los que pudieran resultar afectados por la interposición del recurso contencioso-administrativo contra el expediente del Consell, y les emplaza a personarse en el caso en un plazo de nueve días.
Además, en un diligencia de ordenación con fecha también del 5 de diciembre, el TSJCV ha acordado abrir una pieza separada de suspensión y da un plazo a la Generalitat para que pueda presentar alegaciones sobre la medida cautelar solicitada por el PSPV de suspender la ejecutividad del acto administrativo impugnado y la inmediata reanudación de las emisiones de RTVV y suspensión de toda orden de desalojo de los locales.
EL ESCRITO DEL PSPV
En su escrito, los socialistas alegaban que el acuerdo del Consell de 28 de noviembre suprimía un derecho fundamental recogido tanto en la Constitución como en el Estatuto de Autonomía, el derecho a la información, "derecho que claramente se conculca con la supresión del único medio público de ámbito comunitario".
En esta línea, añadía que el cierre está motivado por un "claro fraude de ley", toda vez que "viene en respuesta a la orden judicial de readmisión de los trabajadores y en un claro intento de desobediencia a la misma se suprime el órgano que los acoge".
El PSPV alegaba también que la orden de cierre adolece de un "claro defecto de forma" que "la invalida de forma automática, pues nuevamente, en un intento de evadir la legalidad vigente, tanto administrativa como mercantil, de forma fraudulenta, por parte del Consell de la Generalitat, se nombran tres liquidadores del ente público RTVV" y dicta el decreto impugnado "a todas luces contra la legalidad vigente".
Columnistas
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