Sabado, 23 de noviembre de 2024
Una visión desde el derecho y el sentido común
IBI, Iglesia y Demagogia.
I. En primer lugar el reconocimiento legal de la exención. La exención de la que disfrutan, efectivamente, los bienes inmuebles de la Iglesia no procede de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, sino de los Acuerdos firmados por el Estado español y la Santa Sede en 1979. En efecto, en enero de dicho año se suscribieron 4 Acuerdos en desarrollo de un Acuerdo base que se había firmado en 1976, y que derogó el Concordato de 1953. De estos cuatro Acuerdos, el IV es el Acuerdo sobre asuntos económicos, y es el que recoge las exenciones reconocidas a la Iglesia, entre las que se encuentra la que afecta al IBI, aunque en el momento de su firma este impuesto se denominaba Contribución Territorial Urbana. Cabe señalar que el punto 2 del Protocolo Adicional de este Acuerdo señala que ambas partes concretarán los beneficios fiscales siempre que se modifique sustancialmente el ordenamiento jurídico-tributario.
¿Qué significado hay que darle a la naturaleza jurídica de estos Acuerdos? Pues sencillamente la que tienen, es decir, la propia de los tratados internacionales, elaborados conforme a las exigencias del Derecho Internacional. En este caso, al haber sido firmados con posterioridad a la Constitución de 1978, se atienen estrictamente a lo dispuesto en los artículos 63.2, 94 y 96 de la misma. Esta es la razón por la que cuando el artículo 62.1,c) de la Ley de Haciendas Locales declara exentos determinados inmuebles, al referirse a los de la Iglesia Católica se remite a "los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económico de 3 de enero de 1979", para referirse después a los mismo bienes de otras confesiones no católicas legalmente reconocidas. Esto significa lisa y llanamente que la supresión de esta exención no es algo tan sencillo como modificar una Ley aprobando en las Cortes otra posterior. Esto puede servir para el resto de exenciones que no viene recogidas en un Tratado Internacional, pero no para las exenciones de la Iglesia que derivan del Acuerdo Económico. Luego el mecanismo legal para la modificación es otro muy distinto.
Ahora bien ¿todos los bienes de la Iglesia se benefician de la exención? La respuesta clara y taxativa es NO. Solo se benefician los que se recogen en dicho Acuerdo que son, resumidamente, los siguientes: los templos y capillas destinados al culto y sus dependencias anejas destinadas a la actividad pastoral; la residencia de Obispos, canónigos y sacerdotes con cura de almas; los destinados a oficinas de la curia y parroquiales; los seminarios y las Universidades eclesiásticas en cuanto impartan sus enseñanzas propias y, por último los conventos e Institutos de vida consagrada.
II. En segundo lugar hay que preguntarse qué otros propietarios de bienes inmuebles se benefician de la exención del IBI. Se trata ahora de ver las exenciones de carácter subjetivo, o sea, las que se conceden en razón de quién sea su propietario. Pues bien, la Ley de Haciendas Locales dispone la exención para los inmuebles del Estado, las CCAA o las entidades locales, siempre que estén afectos a determinados servicios públicos, tales como la seguridad ciudadana, los servicios educativos, penitenciarios y los afectos a la defensa nacional para los del Estado. Igualmente están exentos los de la Cruz Roja Española. Pero además de en esta Ley, la Ley 49/2002 del Mecenazgo dispone en su artículo 15 la exención del IBI para los inmuebles de las entidades sin fines lucrativos. Estas entidades se definen en el artículo 2 y son: Fundaciones; Asociaciones declaradas de utilidad pública; ONGs; Delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de fundaciones; Federaciones Deportivas Españolas y Autonómicas integradas en aquellas; el Comité Olímpico Español y el Paralímpico Español, y por último, las Federaciones y Asociaciones de las entidades anteriores. En el artículo siguiente el conjunto de entidades citadas se incrementa con todas aquellas dedicadas a fines de interés general que se detallan en la norma y que cumplan determinados requisitos económicos.
Por tanto, la relación de entidades exentas de este impuesto es amplia y no se limita a la Iglesia católica. Por ello conviene preguntarse por lo que tienen en común las entidades exentas. Evidentemente que todas ellas realizan actividades que cumplen fines espirituales, sociales, humanitarios, culturales, benéficos, deportivos, etc. sin ánimo de lucro, ya que cuando el inmueble se utiliza para actividades económicas no hay lugar a la exención, ni para la Iglesia católica ni para ninguna otra entidad. Este punto debe destacarse, por cuanto las exenciones tributarias y las condiciones exigidas para su disfrute, dispuestas en esta Ley y que afectan tanto al IBI como al resto de los impuestos por las actividades económicas realizadas, la Iglesia las disfruta en absoluto pie de igualdad que el resto de las entidades. Más bien se podría uno interesar si bajo el amparo de la citada norma no se encuentran otras entidades que, en modo alguno, se contemplan en la misma.
Ahora bien, la Ley de Haciendas Locales también recoge exenciones objetivas, es decir exenciones que afectan a inmuebles con independencia de quien sea su titular y que tiene la particularidad, respecto de la anterior, de que tiene que ser solicitada previamente. Pero una vez solicitada debe de concederse si se cumplen las condiciones. Se trata en este caso, por una parte, de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español, inscritos en el Registro correspondiente. De ahí que por esta segunda vía quedaría igualmente reconocida la exención de un importantísimo número de inmuebles pertenecientes a la Iglesia Católica. Y, por otra, de los destinados a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente a la enseñanza concertada y por la superficie destinada a la misma. Luego cuando tales centros sean propiedad de la Iglesia se beneficiará de esta exención exactamente igual que cualquier otra entidad dedicada a la enseñanza concertada.
III. Queda por tratar un último apartado en el que se trataría de cuestionar aspectos que, si bien tienen un matiz jurídico, pueden resultar más opinables. Se trata en este caso de discernir no sólo qué diferencias existen entre la función que cumple la Iglesia Católica y la que cumple cualquiera de las entidades sin fines lucrativos recogidas en el artículo 2 de la Ley del Mecenazgo y si es mejor o más justa una que otra. Y viene esta pregunta a cuento porque la única exención del IBI que se cuestiona últimamente es la relativa a la Iglesia. Mejor es evitar ejemplos desde aquí, pero cualquiera puede utilizar el que le resulte más llamativo. ¿Alguien se atrevería a afirmar que es más justo que la Iglesia pague el IBI y no lo haga cualquiera de las entidades recogidas en el artículo 2 de la Ley del Mecenazgo? Para facilitar la labor baste recordar que la Iglesia católica atiende las necesidades espirituales de millones de españoles, necesidades que en muchas ocasiones son más importantes que las materiales. Pero también las necesidades materiales que atiende la Iglesia se muestran ahora en toda su crudeza. Sería suficiente con responder a la pregunta de quién da de comer diariamente a miles de ciudadanos en España. Baste decir que los comedores de la Iglesia han triplicado su presupuesto en el último año. Aunque quizás en este punto convenga aclarar previamente qué es y quién forma la Iglesia católica, porque desafortunadamente la ignorancia, a veces cierta y otras engañosa, pretende desconocer, por ejemplo, que Caritas es la confederación de las entidades de acción caritativa y social de la Iglesia católica instituida por la Conferencia Episcopal. Es decir, Caritas no una ONG más, sino también Iglesia. Por ello, no es preciso volver a recordar el ahorro que la labor social de la Iglesia, en su más amplio concepto, supone para las arcas públicas. Las cifras ya se han publicado en repetidas ocasiones. ¿Sería mejor suprimir las exenciones de este impuesto para todos los que las disfrutan? En tal caso y por lo que respecta a la Iglesia, es seguro que si la Iglesia pagase el IBI de todos sus inmuebles, el presupuesto para su obra social se vería reducido en la misma cantidad. Será cuestión de hacer números que a veces son la forma más clara de entender la justicia.
Comentarios
Por Astur 2012-06-06 19:12:00
bbbbb, natuiralmente que lo tienes que demsotrar. Si acusas a alguien y no llevas las pruebas el juez rechazará cualquier denuncia. En cuanto a los curas éstos no te obligan a creer en ellos ni en lo que predican ni en nada. Eres un obsesivo.
Por bbbbbbb 2012-06-06 14:40:00
Para Sun Tzu, aquí la iglesia parece que su única justificación en no pagar es por que otros con características algo parecidas tampoco pagan. Hombre menos demagogia para los que han hecho un oficio de ella, me parecen acertadas muchas de tus reflexiones, pero esta de acusarme de demagogo, mas bien acusarlos a ellos que son maestros.
Por Discrepo 2012-06-06 14:28:00
Astur, yo no tengo que demostrar nada solo denuncio el humo que asfixia el aire y nos sale tan caro, los que lo tienen que demostrar son ellos, los curas o similares que son los que imponen sus realidades como pretexto y medio de su vida laboral. La experta en su temas en este solo hace propaganda de algo que hoy no tiene futuro, salvo que se imponga por la fuerza. El sentido del ridículo pues para algunos que han perdido el norte de la realidad. Lancia como los socialistas y los obispos que para justificar su presencia y permanencia no tienen escrúpulos en argumentar y retrotraernos otra vez al conflicto civil de 36. En mi humilde parecer y ver las cosas, gentes así sobran son estorbos y trabas a una buena convivencia, SOBRAN...........
Por Sun Tzu 2012-06-06 14:15:00
bbbbbbb, si nos ponemos a escupir al cielo, pregúntese cuánto millones tienen los sindicatos en patrimonio. El asunto a debatir señor mío es de sentido común y de justicia. Dejando a un lado lo hecho por la Iglesia católica, que no le voy a discutir porque algunas cosas se hicieron y hacen muy mal, lo cierto es que se está reclamando por sectores que no pagan tampoco IBI por imperativo legal, lo que resulta en si mismo una incongruencia y una vulneración del derecho a la igualdad (protegido constitucionalmente), pues se exige el levantamiento de la exención a la Iglesia sólo por ser la católica, pues no veo yo que se pida a otras confesiones religiosas igualmente exentas del pago. Eso y no otra cosa es lo que se discute. Se lo explico más fácil: Vd. y yo nos dedicamos a matar gamusinos exentos de responsabilidad penal, pero mañana yo porque Vd. tiene pecas en la cara o es pelirrojo o no me gusta cómo se vestía en los 80, pido que se le levante la exención de responsabilidad y yo sigo matando gamusinos porque yo lo valgo. Es lo mismo. Menos demagogia y más sentido común.
Por Lancia de Latarce 2012-06-06 01:23:00
Coincido con Astur, bbb no hace sino reproducir la mas burda propaganda antireligiosa que llevó tristemente al asesinato y a la tortura de cientos de miles de católicos hace 70 años, espero que su resentimiento no llegue a tanto si tiene alguna vez la más mínima ocasión y les aconsejo a usted y a Discrepo un poco de humildad como se atreven a rebatir sin un solo argumento razonable a una experta en temas de derecho tributario, "un poco de sentido del ridículo" por favor
Por Astur 2012-06-05 23:00:00
bbbbbb cuídate el hígado que lo debes de tener enfermo de tanta bilis. Por otro lado las cosas no sólo basta con decirlas, hay que demostrarlas y hasta donde alcanza mi vista no has demostrado nada de nada, todo son apreciaciones personales..
Por bbbbbb 2012-06-05 22:38:00
¿Cuantos miles de toneladas de oro tiene la Iglesia Española? Sin ir mas lejos la Catedral de Sevilla en su retablo cuentan que hay mas de 25 toneladas que los indios dieron en pago por la salvación de sus almas.La Historia de España es tremenda para muchos vergonzosa y el servilismo de los poderes publicos con la Iglesia Católica para subirse por las paredes. Esto muchos no lo quieren ver y se empeñan hasta mas no poder de que la superstición y lo que eso conllevaba nos siga haciendo diferentes al resto de lo europeos con ese estigma de la España Católica Negra y atrasada temerosa de Dios, donde todo es y debe ser un valle de lágrimas. No entiendo y menos encuentro logica a tanta gente que nos la quiera vender como la panacea a todos los males y mas cuando muchos son o presumen de tanto conocimiento y sensatez, entiendo yo que aqui tambien se podria aplicar la regla de tres.
Por Discrepo 2012-06-05 20:49:00
Pues fuera con todos los privilegios y exenciones, a pagar como todo hijo de madre, la Iglesia la primera, que empecinamiento, si la mayor parte de la gente no los queremos, por que esa defensa numantina. Quienes demanden sus servicios que los paguen ellos no metan a todo el mundo en el mismo saco, con la que esta cayendo y nos quieren vender a la Iglesia como primera necesidad. Se calcula que solo el 20% de los Españoles frente al resto quieren una Iglesia rica poderosa que no deje desmadrase a la prole.
Por Nuria Martínez-Viademont 2012-06-05 11:43:00
Felicidades por el artículo. Aunque no hay más sordo que quien no quiere oir ni más ciego que quien no quiere ver. Seguirán con su mantra para lavar bien los "celebros".
Por Sun Tzu 2012-06-05 11:42:00
Muy buen artículo. Hay que añadir servicios públicos, otros inmuebles de otras confesiones religiosas (evangélicas, israelitas, islámicas), embajadas, Cruz Roja, ferrocarriles y colegios concertados. Los agitadores se aprovechan de la incultura general, siempre.
Por paco alaman 2012-06-05 11:00:00
Muchas gracias por el artículo. Hágase la luz y la luz fue hecha.
Por McLauglin 2012-06-05 07:20:00
Sobre este tema se sigue mintiendo y desinformando al "pueblo soberano". Supongo que sabrán lo publicado en "El País" el día 26 de febrero ppdoº. en un artículo intitulado "Jaque al paraíso fiscal", en el que, entre otra lindezas, se dice que el Estado "tiene en nómina a obispos y curas como si fuesen funcionarios". La Conferencia Episcopal Española, mediante un escrito, ha instado al periódico a rectificar. Como es sabido, no han hecho ni puñetero caso. Lo único que saben hacer es odiar y envenenar a la gente. Es lo de siempre.
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