Martes, 08 de julio de 2025

Trocear la causa con criterio temporal produce "confusión"

La Audiencia confirma que el PP pudo lucrarse con las actividades de Gürtel

En un auto notificado este martes, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal rechaza el recurso de apelación que los 'populares' presentaron contra un auto dictado en julio pasado por el juez Pablo Ruz en el que cuantificaba en un total de 236.864 euros el lucro que el PP de Pozuelo y el de Majadahonda podrían haber obtenido de las actividades de la trama.

El tribunal confirma la condición del PP como responsable civil como partícipe a título lucrativo de los delitos investigados en la "primera época" de funcionamiento de la trama 'Gürtel', que se desarrolló, según la cronología que hizo el juez Ruz, entre los años 1999 y 2005, y apunta que "resulta plenamente compatible la jurisdicción contable asignada al Tribunal de Cuentas con la jurisdicción penal que en la causa se está ejercitando".

En su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Francisco Martel, los magistrados de la Sección Cuarta citan cinco informes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) que constan en el procedimiento, entre ellos uno que apuntaba que la relación de la trama con el PP era "simbiótica" en lugar de "parasitaria".

EL PP SE BENEFICIÓ

Tras señalar que la personación del PP en la causa "no es novedosa", puesto que "durante los cuatro años transcurridos" entre mayo de 2009 y abril de 2013 ejerció la condición de "acusador popular", el auto sostiene que "existen indicios" de que los 'populares' "se beneficiaron de las cuantías que los imputados dedicaron a realizar actividades propia de dicha formación política".

Los magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel aseguran, además, que sus dirigentes tuvieron que "tener conocimiento de aquellos dispendios, pues repercutió en su propio peculio, de forma que dejó de abonar aquellas sumas que otros pagaron como gastos de las campañas electorales desplegadas en Pozuelo y Majadahonda". En todo caso, apuntan que será en el juicio oral donde se determine con exactitud los "contornos" de la responsabilidad civil y su cuantía exacta.

En relación con el argumento del PP de que todos sus gastos fueron contabilizados y fiscalizados por el Tribunal de Cuentas, la Sala señala que la competencia de este órgano se refiere al plano contable, "sin perjuicio de las otras jurisdicciones en la que se establece prevalencia", en referencia en este caso a la vía penal, que, además, sería "preferente e ilimitada".

"Pretender que el Tribunal de Cuentas sea quien decida, a los efectos penales, la cantidad malversada y su valoración desde un punto de vista culpabilístico, es tanto como sustraer del Poder Judicial, en este caso representado por la jurisdicción penal, una función que constitucionalmente le viene atribuida", dicen los magistrados.

El pasado 24 de septiembre el juez Ruz rechazó el recurso de reforma presentado por el PP en un auto en el que destacaba la necesidad de que la formación de Mariano Rajoy, que pidió la condición de perjudicada, sea partícipe a título lucrativo en el procedimiento para que "se neutralice cualquier ventaja generada con motivo de la presunta comisión de las infracciones penales" atribuidas a Jesús Sepúlveda, exmarido de la ministra de Sanidad, Ana Mato, y Guillermo Ortega.

OTROS 12 RECURSOS RECHAZADOS

El tribunal, además, ha desestimado otros 12 recursos interpuestos contra la resolución que el juez Ruz dictó el pasado 29 de julio y en la que abría una pieza separada para llevar a juicio a un total de 45 imputados, entre los que se encuentra el exsenador del PP Luis Bárcenas.

Además del extesorero, en esta pieza separada están imputados el exconsejero de Deportes de la Comunidad de Madrid Alberto López Viejo; los presuntos líderes de la trama, Francisco Correa y Pablo Crespo; el extesorero del PP Álvaro Lapuerta, el antiguo responsable de las fianzas de Alianza Popular (AP) Ángel Sanchís, los exalcaldes de Majadahonda Guillermo Ortega y Pozuelo de Alarcón Jesús Sepúlveda y el exdiputado Jesús Merino. De los 45 imputados, 21 serán juzgados por estos hechos y otros 24 continuarán encausados en la causa principal o en otras piezas separadas.

En esta parte del procedimiento se persiguen, en concreto, los actos delictivos que se produjeron en la Comunidad de Madrid, Castilla y León y el Ayuntamiento de Estepona (Málaga) entre los años 1999 y 2005. Ruz excluyó las operaciones en los Ayuntamientos de Boadilla del Monte, Arganda del Rey y Alcalá de Henares porque las actividades se prolongaron después de este periodo.


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