Miercoles, 18 de junio de 2025
Los tribunales siempre tan "rigurosos" con la derecha "blandita"
La Audiencia Nacional confirma la validez de las grabaciones a Correa
Así lo ha decidido la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal en un auto dictado este viernes en el que el que se rechaza el recurso presentado por la defensa de Correa; su número dos, Pablo Crespo; y el testaferro del primero, Antoine Sánchez; al que se adhierieron las representaciones del extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas y otros seis imputados.
De igual forma confirma el auto que el instructor, Pablo Ruz, dictó en mayo pasado. El auto señala que la grabación realizada "no conculca el derecho constitucional, puesto que no es una conversación "de otro" sino "con otro" en la que no se utilizan "artificios buscados", por lo que no se vulnera, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el secreto de las comunicaciones. "En el caso que analizamos la grabación de las conversaciones, aunque fue subrepticia también, se produjo en un marco de confianza en el que los interlocutores se manifestaron libremente, sin presiones ni provocaciones externas, y sin incidir en ámbitos íntimos afectantes a la esfera de la personalidad", señala el auto.
Peñas, amigo de Correa, grabó durante años las conversaciones que mantuvo con el cabecilla de la trama, que son la base de la investigación judicial en curso. En esa charla, el presunto líder de la red llegaba a afirmar: "Yo a Bárcenas le he llevado, yo he hecho con él un día... vamos a sumar, 1.000 millones de pesetas. Yo, Paco Correa, le he llevado a Génova y a su casa".
NO FUE GRABADO POR UN TERCERO
Según los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel (ponente), los sujetos afectados por las grabaciones -Correa y Peñas-, "de forma espontánea y voluntaria se despojaron del ámbito de la propia privacidad y exteriorizaron sus puntos de vista, no siendo grabados por un tercero ajeno a la conversación sino por uno de los contertulios". "Tal secreto no puede referirse a hechos en que un ciudadano obtiene una fuente de prueba respecto de un delito basado en la conversación que mantiene con el presente autor... si hay obligación de denunciar los delitos de que un particular tenga conocimiento", señala el auto antes de considerar "legítimo" que el denunciante "se provea de algún medio de acreditar el objeto de su denuncia".
El auto, que realiza un amplio recorrido por la jurisprudencia sobre esta materia, concluye que existe la "violación directa o indirecta" alegada por los recurrentes, al considerar que no medió "incitación, presión o provocación" en el proceso de "manifestación de los contertulios". Los dos, según el tribunal, "voluntariamente renunciaron a su privacidad al exteriorizar sus opiniones y sus acciones con visos de delictivas, en un ámbito tan sensible como el de la presunta corrupción residenciada en los aledaños del poder político".
RECURSO DE LA CÚPULA DE "GÜRTEL"
De igual modo, los magistrados muestran su "extrañeza" por el hecho de que la petición de nulidad se haya presentado "tres años y seis meses" después del alzamiento del secreto de las actuaciones y lo vinculan "racionalmente" con la "debilidad" de los argumentos de la misma.
Además de Bárcenas se unieron al recurso contra el auto de Ruz el exalcalde de Pozuelo de Alarcón (Madrid) Jesús Sepúlveda; el exregidor de Majadahonda Guillermo Ortega; el presunto director financiero de la red, Ramón Blanco Balín; y los exdiputados madrileños Alberto López Viejo, Alfonso Bosch y Benjamín Martín Vasco.
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