Lunes, 04 de agosto de 2025

Anticorrupción recurre la decisión de la juez Núñez

La nueva jueza del 'caso Nicolás' archiva parte de la investigación que culpa a Villarejo de una grabación al CNI

La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid, María del Pilar Martínez Gamo, ha archivado parte de la investigación que se llevó a cabo en una pieza separada del 'caso Nicolás' para investigar la grabación y difusión de la reunión mantenida el 20 de octubre de 2014 entre agentes de la Policía Nacional y del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Se trata de uno de los episodios encuadrados en la conocida como 'guerra de comisarios' que investigó el anterior titular de este juzgado, Arturo Zamarriego, quien colocó al frente de la comisión judicial a uno de los policías afectados por la grabación, el antiguo jefe de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas, a quien también se le deniega su personación como perjudicado.

En un auto fechado el 8 de julio, la jueza archiva las diligencias secretas ordenadas para conocer, dentro de la Pieza Segunda, al autor o autores de un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos. Por este motivo, se reclamó el volcado de los correos electrónicos del inspector jefe José Ángel Fuentes Gago, por entonces 'mano derecha' del director adjunto operativo (DAO), el ya jubilado Eugenio Pino. También se solicitó que se hiciera lo propio con los periodistas Eduardo Inda y Esteban Urreiztieta.

Martínez Gamo ordena que se levante el secreto de las actuaciones tras recordar que "no existe base real suficiente" que permita imputar un delito a estas tres personas. Las diligencias ordenadas por su predecesor en Plaza de Castilla incluían comisiones rogatorias a EEUU para que Google informara del contenido de sus cuentas de correo de Gmail.

DENIEGA LA PERSONACIÓN DE MARTÍN BLAS

Además, la titular del Juzgado de Instrucción número 2 denegó tres días antes del auto de archivo de esta pieza separada la petición de personación de Marcelino Martín Blas en el procedimiento por no tener la condición de perjudicado. En este auto, la magistrada señala que permitir a alguien forma parte del proceso le capacita para acceder a todo el contenido, el estado de las actuaciones, así como aquellos actos procesales que fueron practicados con anterioridad.

En el caso de Martín Blas, la juez instructora subraya que éste ha estado al frente de la denominada Comisión Judicial durante más de dos años y que por delegación del anterior titular del juzgado de instrucción ha dirigido "una extensa y profusa investigación en relación a unos presuntos hechos delictivos respecto de los cuales está fácticamente vinculado".

En este sentido, rechaza su personación, y da la razón al Ministerio Fiscal y a la Abogacía del Estado, que se opusieron a esta solicitud, porque entiende que Martín Blas ha tenido un "conocimiento previo y coetáneo" tanto "procesal como extraprocesal" de los hechos y que, por tanto, se provocaría un "desequilibrio de las partes y una merma de las garantías de los investigados", quedando estos en una "indudable inferioridad procesal y material".

La magistrada Martínez Gamo destaca que debido a su cargo como jefe de Asuntos Internos en la Policía Nacional cuando tuvo lugar los hechos no tiene condición de perjudicado o víctima porque el secreto que ha sido violentado es el contenido de dicha reunión y no su intimidad personal o familiar, citando para ello el reglamento de funcionamiento del CNI.

La antigua titular de lo Social número 2 de Toledo ha heredado todas las piezas que afectan a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como el 'pequeño Nicolás', que incluye su viaje a Ribadeo, la falsificación del DNI para presentarse al examen de selectividad y hacerse pasar por una alta personalidad del Estado para, en connivencia con policías locales de Madrid y guardias civiles, estafar a terceros ofreciéndoles su ayuda.

Anticorrupción recurre la decisión de la juez

Núñez

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Sevilla la decisión de la juez María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los ERE irregulares, de archivar la causa contra los ex directivos de la división hotelera de Nuevos hoteles agrupados de Nueva Rumasa (Hotasa) Carlos Manuel Miranda Bacciarini y Antonio Isla Barba, que según la magistrada serían "víctimas" de la 'macrocausa' y no "delincuentes".

En los recursos, a los que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público solicita a la Audiencia que deje sin efecto los autos de archivo dictados por la magistrada y mantenga la condición de investigados de ambos al entender que "a día de hoy siguen vigentes" los indicios racionales de criminalidad contra los dos exdirectivos de Hotasa.

La Fiscalía pone de manifiesto en sus recursos que "no se trata de criminalizar el expediente de regulación de empleo en sí, sino el uso torticero que se hizo de esta herramienta, para conseguir el abono indebido de fondos públicos a través de la suscripción de una póliza de renta colectiva, a quien no tenía derecho a ello".

La juez archivó la causa contra ambos en sendos autos donde manifestaba que "muy difícilmente se puede sostener que alguien colabora en la inclusión de intrusos si tales intrusos no existen y su inclusión en el ERE resulta legal, contrariamente a lo sostenido" por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Pues bien, Anticorrupción reitera que ambos exdirectivos habrían participado en la "indebida" inclusión de 'intrusos' en el ERE "y por ende en la indebida percepción" de los mismos "de rentas derivadas de la póliza colectiva suscrita en el marco de la ayuda recibida por la empresa Europa Center para los extrabajadores afectados" por el ERE del Hotel Cervantes de Torremolinos (Málaga).

"Resulta cuando menos discutible, pese a que pueda ser cierto que de un modo u otro las dos empresas fueran controladas por José María Ruiz Mateos, que las empresas Autos Marbesol y Europa Center pertenecieran a lo que legalmente a efectos laborales se denomina grupo de empresas", afirma la Fiscalía, que recuerda que el ERE "se negoció exclusivamente para una empresa, Europa Center, y para una de las actividades que controlaba, el Hotel Cervantes, y no para el resto de empresas de un grupo empresarial".

Por ello, se opone a archivar la causa contra estos dos exdirectivos de Hotasa al considerar que "está acreditado" que conocían y favorecieron la "indebida" inclusión de 'intrusos' y que además "la póliza que se iba a suscribir iba a ser sufragada por la Junta de Andalucía, como así se desprende de los datos objetivos" contenidos en el atestado presentado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en relación a la ayuda sociolaboral recibida por el Hotel Cervantes-Europa Center.

CONTRATADOS PARA SER INCLUIDOS EN EL ERE

En este atestado, "se acredita" que Claudio Andrés Sendino y José Antonio Cuevas "fueron contratados a los solos efectos de poder ser introducidos en el ERE", inclusión que "posibilitó" que fuesen beneficiarios "indebidos" de la póliza suscrita "que derivó en un enriquecimiento ilícito".

Al hilo de ello, recuerda que la empresa Europa Center, que solicitó el ERE, "gestionaba el Hotel Cervantes, la cual como explotación hotelera no tenía relación alguna, ni de finalidad mercantil, ni de trasvase de plantilla ni de gestión de caja, con la empresa anterior de los señores Cuevas y Sendino, vinculada al alquiler de vehículos en Marbella, y que consta que había de hecho cesado en su actividad e iban a ser vendidos todos sus activos".

Por ello, subraya, "resulta cuando menos discutible, pese a que pueda ser cierto que de un modo u otro las dos empresas fueran controladas por José María Ruiz Mateos, que las empresas Viajes Marbesol-Autos Marbesol y Europa Center pertenecieran a lo que legalmente a efectos laborales se denomina grupo de empresas", pues "la única existencia de un titular final común no es suficiente para tal consideración".

"INDICIOS DE RELEVANCIA PENAL"

Además, según indica la Fiscalía, "la razón esgrimida para el ERE por la empresa ante la autoridad laboral y conocido por los investigados era un exceso de plantilla, además envejecida y con un elevado índice de absentismo laboral, negociándose la contratación de la póliza de renta colectiva de manera paralela e indisolublemente unida a la negociación del ERE con los representantes sindicales, siendo conocida la financiación de la misma con fondos públicos andaluces".

"Estos indicios, de relevancia penal y no en ningún modo indicios de regularidad o irregularidades laborales, no se han visto desvirtuados hasta el día de hoy, pues ninguna otra diligencia se ha practicado al respecto, y siguen por tanto vigentes", asevera.

La juez archivó la causa abierta contra Carlos Manuel Miranda Bacciarini y Antonio Isla Barba en dos autos donde reiteraba que, en esta causa, han sido imputadas personas que, "valoradas en este momento sus circunstancias, lejos de poder ser consideradas delincuentes, podrían ser consideradas 'víctimas'" de esta 'macrocausa'.

De este modo, agrega que en la 'macrocausa' de los ERE, "por sus dimensiones, ha resultado complicado descender al detalle de cada caso, ayuda o persona, pero tras la división resulta necesario hacer un estudio detallado de cada ayuda, de cada persona, ajustando a derecho la situación de cada una de ellas, personas imputadas en la 'macrocausa' inicial".

El pasado mes de marzo, la juez ya realizó estas afirmaciones en el auto donde archivó la causa contra cuatro personas imputadas por el ERE del Hotel Cervantes de Torremolinos (Málaga), en concreto Gonzalo Fuentes, integrante de la federación de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO de Málaga; José Cabrera, miembro del Comité de Empresa como secretario de la sección sindical de CCOO; Miguel Rodríguez, director del hotel, y Claudio Andrés Sendino, trabajador del mismo.


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