Lunes, 07 de julio de 2025
La UE deja en manos de los países el control y verificación de que se cumplen las sanciones y el gobierno enseña la patita
Las sanciones de la UE impiden "la entrada y el tránsito" de la vicepresidenta de Maduro en España
Así consta en la decisión marco que los Veintiocho adoptaron en noviembre de 2017 para establecer el marco jurídico que permitiera imponer medidas restrictivas a altos cargos de Maduro por participar en la represión interna e incurrir en violaciones de los Derechos Humanos.
En concreto, las sanciones imponen la congelación de activos a nombre de estas personas en entidades europeas y también la prohibición de entrada y tránsito por territorio de la Unión Europea por su relación con abusos en Venezuela contra la democracia.
Con esta decisión la UE pudo ir añadiendo más adelante nombres a una lista de sancionados en la que está Rodríguez desde junio de 2018 y que en la actualidad suma 25 individuos a los que el bloque considera responsables de "graves violaciones de los Derechos Humanos y de abusos y represión contra la sociedad civil y la oposición política".
También hay entre los sancionados altos cargos a los que la UE vincula con "actuaciones o políticas pensadas para menoscabar la democracia o el Estado de derecho".
Por todo ello, la decisión marco establece en el capítulo de restricciones a la admisión de personas que los Estados miembro "adoptarán las medidas necesarias para impedir que entren en su territorio o transiten" los individuos señalados en la lista de sancionados.
Con todo, las reglas prevén una serie de excepciones como que un Estado miembro no está obligado a denegar la entrada de un sancionado si es uno de sus nacionales o si, por ejemplo, es país anfitrión de una conferencia internacional auspiciada por Naciones Unidas o actúa en virtud de un acuerdo multilateral que confiera privilegios e inmunidades.
En cualquier caso, las reglas comunes advierten de que se deberá informar al Consejo "en todos los casos en que un Estado miembro conceda una exención de conformidad" a los supuestos previstos en este marco.
El Estado miembro también tendría que informar "por escrito" a sus socios en la UE si quisiera conceder a uno de los sancionados una exención "por razones humanitarias urgentes" o por la asistencia a reuniones de la UE o de la OSCE para un diálogo político que fomente directamente la democracia, los Derechos Humanos y el Estado de derecho en Venezuela. La autorización de entrada por exención, en todo caso, estaría "limitada al objeto para el cual fue concedida y a las personas a las que se refiera".
Tras trascender que la vicepresidenta de Maduro hizo escala en Madrid en la madrugada del pasado lunes y que pudo haberse reunido con el ministro de Transportes y secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, en el aeropuerto madrileño, la Unión Europea se ha desmarcado este viernes de la responsabilidad de vigilar que se aplica el régimen de sanciones y ha dicho que es una competencia de las autoridades nacionales.
"Si ha habido violación, la que sea, le corresponde a los Estados miembros evaluarlo. Por nuestra parte nos quedamos ahí", ha indicado en una rueda de prensa en Bruselas una portavoz del Servicio Europeo de Acción Exterior.
Sin embargo, la evaluación para aclarar si España incumplió sus obligaciones en este caso es algo "responsabilidad de las autoridades nacionales competentes", que, según fuentes comunitarias, en el marco del régimen de sanciones a Venezuela es el Ministerio de Asuntos Exteriores español.
Si estas autoridades nacionales detectaran un fallo en el cumplimiento de las sanciones, añaden las fuentes, no existe un procedimiento sancionador previsto contra el Estado miembro porque tampoco está previsto que se alejen de las reglas.
En todo caso, fuentes europeas insisten en que las medidas coercitivas que se aplican a países terceros, como las sanciones impuestas a Venezuela, son acciones acordadas "por unanimidad" en el Consejo, por lo que "no es una opción" elegir si las aplican o no
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