Martes, 26 de noviembre de 2024
La UE prorroga un año la posibilidad de uso del certificado COVID para viajar sin restricciones por la UE
Los auditores de la UE critican el cierre de fronteras durante la pandemia y la falta de escrutinio de Bruselas
"La Comisión debería haber comprobado cuidadosamente que todas las restricciones introducidas en los tiempos de la Covid-19 fueron pertinentes y estuvieran justificadas", ha analizado el responsable de la auditoría de la ECA, Baudillo Tomé Muguruza, quien ha confiado en que los problemas detectados en esta evaluación sean tenidos en cuenta en la reforma del Código Schengen en curso de negociación en la UE.
Las reglas de Schengen permiten a los gobiernos reintroducir controles sistemáticos en su frontera interior solo en casos excepcionales --como el riesgo para el orden público o la seguridad nacional-- y por un tiempo limitado a seis meses, con una posible prórroga bajo estrictas condiciones.
Sin embargo, media docena de países, entre ellos Francia y Alemania, mantienen esta vigilancia reforzada sin interrupciones desde 2015, por diversos motivos como la amenaza terrorista o la presión migratoria y Bruselas no ha tomado medidas para expedientar a ninguno de ellos, recuerdan los auditores europeos.
Esta situación se endureció durante la pandemia, cuando hasta 22 Estados miembro cerraron su fronteras y ello a pesar de que Bruselas defendió que no era una medida eficaz para contener el virus y llamó con insistencia a permitir el funcionamiento normal de Schengen.
En este contexto, el Tribunal de Cuentas europeo recuerda que los gobiernos nacionales están obligados a notificar cada una de las reintroducciones de controles, pero constata, tras examinar los últimos años, que no siempre presentaron la información detallada necesaria en la notificación ni el Ejecutivo comunitario cuestionó la falta de información.
Entre marzo de 2020 y junio de 2021, los países de la UE presentaron un total de 135 notificaciones de controles sistemáticos relacionados con la pandemia y, según los expertos de la ECA, su revisión "muestra claramente que las notificaciones no aportaron pruebas suficientes para demostrar que los controles fueran una medida de último recurso o que eran proporcionados y de duración limitada".
Así las cosas, el Tribunal de Cuentas europeo concluye que la Comisión Europea no examinó de forma adecuada si el restablecimiento de los controles ha sido una medida adecuada en cada una de las situaciones, si bien concede que los servicios comunitarios afrontan "limitaciones" del marco jurídico a la hora de supervisar y reaccionar a las restricciones de viaje.
En cuanto a las directrices que el Ejecutivo comunitario fue publicando durante la pandemia para intentar corregir la descoordinación de los primeros meses entre países miembro, los auditores consideran que tales recomendaciones no fueron "suficientemente prácticas o ejecutables" y a ello se sumó la dificultad de que el control fronterizo es una competencia nacional exclusiva.
Los negociadores del Parlamento Europeo y del Consejo han alcanzado este lunes un acuerdo para prorrogar un año más, hasta junio de 2023, el reglamento que permite a los Estados miembro recurrir al Certificado COVID UE como instrumento para garantizar los viajes sin restricciones de los europeos dentro del espacio comunitario, aunque condicionado a una revisión en diciembre de este año.
La Comisión Europea propuso esta prórroga para evitar que la validez del documento caducara este mes junio, a las puertas del periodo vacacional, tras constatar que la presencia del coronavirus en los países de la UE seguía siendo alta.
El certificado permite a su titular demostrar que cuenta con la pauta completa de vacunación necesaria para viajar sin restricciones, que ha superado la enfermedad recientemente y tiene anticuerpos o que cuenta con una prueba diagnóstica que certifica que en el momento del viaje no plantea un riesgo.
Los Estados miembro aceptan este certificado para facilitar los viajes dentro de la Unión Europea dado que no se exige a sus titulares ninguna medida más que el certificado en vigor para entrar en el país, por ejemplo un nuevo test a su llegada o el respeto de una cuarentena.
Además de extender la validez del mecanismo hasta el 30 de junio de 2023, los cambios también permiten a los Estados miembros emitir certificados basados en nuevos tipos de test de antígenos.
Los Estados miembros deberán evitar restricciones adicionales a la libertad de movimiento de los titulares de un Certificado COVID de la UE, a no ser que sean absolutamente necesarias. De serlo, deberán ser limitadas y proporcionales, basadas en el análisis científico del Centro europeo para el control y la prevención de enfermedades y la Comisión de seguridad sanitaria.
También piden que Bruselas evalúe si el sistema es necesario y proporcionado seis meses después de su prórroga, de modo que pueda quedar eliminado en caso de que la situación epidemiológica lo permita.
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