Sabado, 04 de mayo de 2024

PP O LA MORDAZA MILITAR

Esto que parece hasta justo y bonito, no lo es. Ni justo ni bonito. Se pretende hacer lo mismo, o tal vez más duro de lo hecho por la otrora y ahora ministra nacionalista catalana, con el lapsus de zp de ferviente española.

Quiere quitarnos el DERECHO DE ASOCIACIÓN, conseguido por la más antigua y libre ASOCIACIÓN DE MILITARES ESPAÑOLES (AME), después de una terca lucha de nueve años con ministros y tribunales de todos los partidos gobernantes, ante la absoluta indiferencia de los medios de comunicación. En sentencia del otrora honrado Tribunal Constitucional (en lo sucesivo STC) 219/2001, obliga a nuestro Gobierno a inscribirnos como asociación reivindicativa, a la que pueden pertenecer todos los militares desde soldado a capitán general, con todos sus directivos elegidos democráticamente.

Sentencia inexistente para la prensa. Todos los partidos han hecho todo lo posible por ocultarla y no llegase al conocimiento de nadie, principalmente de los militares. A pesar de todo la sentencia existe.

En contra de la pretensión dogmática que nos quieren aplicar, los derechos fundamentales siguen vigentes, puesto que no ha sido contemplada por la Constitución española (en lo sucesivo CE)  como un supuesto de suspensión de los derechos (STC- 61/1990, fj. 8).

La limitación de los derechos fundamentales, sólo se encuentra justificada si es adecuada, necesaria y proporcionada para los fines constitucionales a cuyo servicio se establecen (SSTC21/1981, fj. 15; 57/1994, fj. 6; 18/1999, fj. 2; 292/2000, fj. 11). De hecho en la CE se menciona, con toda claridad e intención, la más intensa limitación que experimentan los derechos fundamentales en los arts. 28.1 (sindicación) y  29.1 (petición colectiva) en lo que se refiere a los derechos de sindicación y de petición en el seno de las Fuerzas Armadas, que en ningún caso podrán tomar parte en manifestaciones de tipo político, sindical o reivindicativo.

Ningún derecho fundamental o libertad pública es ilimitado, los limitan los restantes derechos fundamentales (SSTC 11/1981, fj. 7; 196/1987, fj. 6). Esos límites pueden ser restricciones directas del derecho fundamental mismo, o bien restricciones al modo, tiempo o lugar de su ejercicio. El legislador puede poner límites a las libertades reconocidas por la CE a los miembros de las Fuerzas Armadas, SSTC 97/1985, fj. 4, y 180/1985, fj. 2.

Si los derechos y libertades fundamentales no son absolutos o ilimitados, tampoco lo podrán ser los límites que se les impongan, pues se configuran como excepcionales ante el reconocimiento constitucional del derecho. El legislador solamente podrá imponer de manera legítima límites específicos a los derechos de los miembros de las Fuerzas Armadas cuando esos límites respondan a los principios constitucionales.

En lo que a la libertad de asociación del art. 22 CE:

La CE no prohíbe, art. 22, el ejercicio del derecho de asociación por parte de los militares, si bien el legislador  puede establecer límites respetando siempre el contenido esencial, el art. 28.1 CE ve la posibilidad de "limitar o exceptuar" el ejercicio del derecho de sindicación "a las Fuerzas o Institutos armados", habiendo optado el legislador por exceptuarlos de dicho ejercicio en el art. 1.3 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical (LOLS). Ahora bien, el restringir el derecho de asociación, está sometido a límites constitucionales. Sólo por Ley Orgánica SSTC 101/1991, fj. 2, y 173/1998, fj.

La limitación ha de ser cierta y previsible, pues perdería la garantía del propio derecho fundamental que restringe y sometería el ejercicio del derecho al capricho de quien ha de aplicar la Ley (Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre los límites legales al ejercicio del derecho de asociación (art. 11 CEDH), como expresa la STEDH de 20 de mayo de 1999, asunto Rekvenyi contra Hungría, § 60). La limitación ha de ser proporcionada y respetuosa con el contenido esencial del derecho.

"Nada permite afirmar que una asociación, por el hecho de perseguir la satisfacción de intereses económicos, sociales o profesionales de sus asociados, se convierta en un sindicato. Supone una indebida restricción del derecho de asociación y una indebida extensión del concepto de sindicato,  

La acción sindical que se plasma en el ejercicio del derecho de huelga (art. 28.2 CE), en la negociación colectiva (art. 37.1 CE) y en la adopción de medidas de conflicto colectivo (art. 37.2 CE).

No cabe duda de la AME persigue la satisfacción de intereses económicos, sociales o profesionales, pero eso  no la convierte en un sindicato ni permite la confusión. Por todo ello se concluye que la  denegación de la inscripción supuso una lesión del derecho de asociación.

En materia de derechos fundamentales la CE dice art. 81.1: “Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales”, de manera previa, en el 53.1 manda: “Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades”, Estas leyes orgánicas no pueden regular los derechos, sino desarrollar la norma constitucional.

Con esta nueva ley se meten las asociaciones de militares en los cuarteles.

Ultimo sitio donde deberían estar.

Somos los militares, antes que militares, ciudadanos libres, como los abogados y resto de españoles, a nadie se le ocurriría que sus asociaciones estuviesen regladas, vigiladas y ubicadas en locales del ministerio de Justicia, ni a las de los mineros en el ministerio de Trabajo.

Así una reunión, para contemplar cualquier derecho pisoteado a los militares, tendría que ser autorizada, vigilada y censurada por la autoridad militar. Esto es demencial.

El texto rezuma recelo hacia las constitucionalmente reconocidas asociaciones militares y castiga como falta grave, sancionable: “constituir una asociación que [...] conculque los deberes de neutralidad política o sindical [...] afiliarse o promover sus actividades, publicitarlas, así como invitar a otros militares a que lo hagan”.

¿Eso que quiere decir? ¿Es falta de neutralidad que una asociación militar denuncie una actuación injusta contra los militares o quien sea, de algún miembro del Gobierno o partido?

Denunciar que en Afganistán estamos en guerra y no en una acción pacífica como aseguran nuestros gobiernos

¿Es  una falta de neutralidad sindical?

Se manifiesta Francisco Torres, Catedrático de Historia

"Tengo para mí que, por debajo de toda la hojarasca publicitaria, el silencio impuesto por sanción a los militares tenía como objetivo evitar que aflorare la crítica al nuevo modelo de Fuerzas Armadas, pergeñado por el equipo de Manuel Gutiérrez Mellado, y a la transformación de las mismas en un ejército profesional cuya realidad poco tiene que ver con lo anunciado. Muy pocas han sido las voces, todas ellas de un modo u otro perseguidas, que se han levantado en las dos últimas décadas para denunciar la situación real de nuestras Fuerzas Armadas, el desmantelamiento de unidades vitales, las deficiencias logísticas y las limitaciones operativas que no cubren las necesidades objetivas de nuestra defensa nacional. Situación a la que han contribuido la mayor parte de los nefastos ministros que han ocupado esta cartera como las cúpulas militares que cada uno se ha fabricado para que actuaran como silenciosos palmeros.

A los militares les está prohibido realizar manifestaciones políticas de carácter partidista, pero ello no implica que un militar no pueda dar su opinión con respecto a cuestiones concretas o sobre temas que son consustanciales con su profesión. ¿En base a qué se podría imponer una sanción a un militar por mostrarse a favor de la unidad de España, por protestar ante las injurias a los símbolos nacionales o por denunciar la vulneración de la propia Constitución cuando constitucionalmente tiene la misión de ser garante de ambas? ¿Cómo se podría sancionar a un militar por denunciar en público o por conducto reglamentario o por comentarlo con otros compañeros el estado de abandono y la falta de medios de su unidad? ¿Es que no es competencia y responsabilidad suya el mantenimiento de su unidad en condiciones de operatividad? ¿Por qué un militar no puede decir que el Ministro es un perfecto inútil cuándo todos podemos calificar de inútiles a nuestros ilustrados ministros?

Tenemos, según se nos dice reiteradamente, un ejército altamente profesionalizado donde lo fundamental es su competencia técnica. Y ante este modelo, alejado de mitos e inventos involucionistas, ¿cómo se puede elaborar un proyecto de nuevo régimen disciplinario para las FAS de carácter retrógrado y cercenador de la libertad individual?... lo que el actual Ministro pretende es acabar con la libertad individual de los militares…  en las redes sociales, en blogs, etc… e incluso en los correos electrónicos enviados. Lo que a mi juicio no sólo es, en algunos casos, una intolerable intromisión en la intimidad sino que además tal disposición pudiera llegar a ser considerada como constitutiva de un delito gravísimo en cualquier régimen de libertades.

Lo que más me asombra es que ante tamaño dislate guarden silencio sepulcral las vestales de la libertad".

Dice la sentencia (STC) 219/2001, que nuestras asociaciones pueden ser reivindicativas. ¿O tiene alguna duda el PP?

Los militares, aunque haya gente que se extrañe, incluso militares, también tenemos derechos fundamentales que nuestra, por otra parte lamentable, CE nos reconoce: el Derecho Fundamental a la Libre Expresión (art. 20.1 a), con la única y lógica limitación de "cuestiones que pudieran perjudicar a la debida protección de la seguridad nacional o utilice datos que sólo pueda conocer por razón de su destino o cargo en las Fuerzas Armadas";

Naturalmente que los militares deben de tener limitados sus derechos fundamentales más que el resto de los españoles. Pero a esos límites de derechos también la CE, y todas las civilizadas, les marca sus límites. Así el art.53.1 dice que solo por ley orgánica, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos.

El art.178 de las Reales Ordenanzas (RROO) pone los límites citados antes. Pero las RROO no son ley orgánica, luego en realidad no limitan nada. Las RROO nunca habían sido ley ya desde Carlos III, es una barbaridad. Eran y deberían seguir siéndolo una guía moral para el militar, las guías morales no son leyes, sino, por la misma razón, al catecismo del padre Astete lo podíamos haber hecho ley y a eso no se atrevió ni Franco.

La STC 21/1981, fj.15 manda: las limitaciones “solo serán admisibles en tanto resulten estrictamente indispensables para el cumplimiento de la misión... derivada de aquella situación especial”. Y sobre lo mismo insisten las SSTC. 57/1994, 18/1999, 292/2000.

Sobre el tema de “LOS LÍMITES A LOS LÍMITES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS MILITARES”. Hay una completísima e interesante lección dictada, en la Universidad de Santiago de Compostela (14-1-03), por el Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo don Miguel Ángel Presno Linera, citando la STC.120/1990: “el militar por el hecho de serlo no deja de ser ciudadano y, por ende, persona titular de unos derechos que son fundamento del orden político y de la paz social, y que forman un mínimo que todo estatuto jurídico debe asegurar”. http://www.unioviedo.es/constitucional/miemb/presno/Militares.html

De este soberbio estudio tomo estas notas.

Son esas asociaciones, libres, constitucionales y democráticas, existentes en todos los países democráticos que su constitución lo autoriza (USA, Alemania, etc.), las que deben pronunciarse sobre las barbaridades que puedan hacer o decir los políticos con las cuestiones sociales, de vida de los militares y sus familias, qué, para nuestra desgracia, son muchas. Se deberán abstener de opinar sobre el despliegue de las unidades y los temas estrictamente militares que conozcan por su condición de militar.

El reconocimiento y apoyo por el Gobierno de los derechos de Libre Expresión y de Asociación para los militares sí seria la solución para muchos problemas, algunos vitales. Verbigracia: la denuncia pública del mal estado de los aviones, pura chatarra, como el Yac-43, por un militar en activo, supone enfrentarse con el aparato represor del ministro. Si no hubiese sido así no hubiesen muerto sesenta y dos (62) soldados, que venían de una guerrera misión de paz. Y el ministro de rositas. Partes por conducto reglamentario hubo, pero hubo también 62 muertos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos indica las limitaciones al ejercicio del derecho no impiden considerar lícitas las críticas a los superiores y autoridades, efectuadas sin incurrir en vulneración del respeto debido y para no poner en peligro el buen funcionamiento del servicio. Las discrepancias, expuestas con rigor profesional y doctrinal, no son de por sí irrespetuosas.

Suele ser distinto lo que nos dicen nuestros ministros, en la oposición y en el Gobierno. No hay ninguno que no mienta.

Así uno de los qué más se había distinguido en la defensa de los derechos de los militares, era el entonces joven capitán auditor don Federico Trillo, luego el más lamentable ministro que hemos tenido, peor aun que la Chacon ¡Ya es mérito!

En el ABC de 6-1-82 contaba a los españoles: “Las restricciones que las RROO, con dudosa ortodoxia constitucional, imponen a la libertad de expresión de los militares”. Les advertía a los políticos “la disciplina no puede ser utilizada… para situar a los militares en una “campana de cristal” desde la que se limiten a ver, pero no a oír ni ser oídos”. PARECÍA AMENAZAR: “No se debe forzar al militar a que tenga que “romper la campana de cristal para ser oído”. Y daba la solución: “Si se quiere hacer un Ejército de “ciudadanos de uniforme” -conforme al paradigma de los Estados más democráticos- habrá que comenzar por hacer de los militares profesionales auténticos ciudadanos, iguales en derechos a sus compatriotas”. Ha hecho todo lo contrario.

Es de destacar la última guinda, en cuestión de derechos civiles del militar, que nos dejó el señor Trillo:

Reglamento de Destinos. Art. 16-1-j. Causas para no poder ocupar un destino: “Ser cónyuge o mantener análoga relación de afectividad, así como tener relación de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad con otro militar profesional destinado en la misma unidad, centro u organismo”.

Adiós a los arts. 32.1 y 39 de la Constitución qué tan bien nos hablaban de la familia.

Ejemplo sencillo: hay un coronel destinado en Oviedo, su mujer es capitán y tienen un hijo o hijos que tienen la ocurrencia de ser militares. Son todos de Oviedo (o de una, del 90% de las guarniciones, en las mismas condiciones que hay en España) y están encantados de serlo. Ni su mujer ni su hijo o hijos pueden ser destinados a Oviedo. La mujer, que no quiere dejar su muy bonita profesión, se va a León para estar cerca. Su hijo, claro, no puede estar con ella y se tiene que ir a Valladolid y así sucesivamente podemos llegar hasta Lanzarote. Les queda el consuelo de que cuando el coronel pase a la reserva, ya madurito, podrá vivir un poco más junto, y no les digo nada cuando pase su mujer. Todos juntos ya, con uno de sus hijos, no con los demás si son militares. ¡Va a ser la Gloria!

Esta canallada la ha hecho el PP, pero el PSOE encantado con ella.

Esto supone que el Ministro tiene la seguridad, qué el militar va a favorecer (prevaricar) a sus parientes cercanos, ¡ni que fuesen políticos! Para evitarlo, el celoso ministro, ya le condena de antemano a que no viva con su familia. ¿Se puede concebir mayor barbaridad?

¿No sería más lógico, honrado y legal esperar qué el militar prevaricase? Y cuando lo hiciese condenarle, seguro con la aprobación de sus compañeros.

Escrito esto me cuentan, no lo he podido comprobar, que el valiente capitán Trillo, preparó las dificilísimas oposiciones a letrados del Consejo de Estado, siendo capitán auditor, tuvo el apoyo de algún familiar militar, para dedicar horas de servicio al preciso estudio para tan ardua oposición, su padre era general togado de la Armada. No querrá que se repita la barbaridad, un capitán auditor suele tener sobrado trabajo.

Tal vez no trabajó lo que tenía que trabajar y se piensa que todos los militares van a hacer lo mismo, señor Trillo, no es caso habitual.

Francisco Alamán Castro


Comentarios

Por Ángel 2012-08-03 09:56:00

A este ultimo no parece entender nada es el resultado de estos tiempos donde todo se confunde y parece ser igual de malo para España. Todos mis respetos para FFAA Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Yo pienso que este edificio tal como esta y me refiero al caos en todos los ordenes que campa en España debería ser tirado y el solar escombrado para poder edificar otro nuevo adecuado a los tiempos que corren con tecnologías y materiales de vanguardia para si asemejarnos a los países mas avanzados de Occidente. Temas como complejos supersticiones separatismos corruptelas etc etc. borradas de las costumbres que han imperado durante siglos en esta Piel de Toro.


Por Wittman 2012-08-03 00:45:00

Al del sesgado parecer. Eso de que los militares están subordinados al poder civil... siempre que el poder civil no sea un delincuente que a derecha y a izquierda esté por la destrucción de la Patria. A ustedes que tanto defienden a la nefasta nicolasa siempre se les olvida lo de que la misión del Ejercito es "garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional". Precisamente por esa razón para "laminar" a España primero hay que "laminar" al Ejército.


Por paco alaman 2012-07-31 23:14:00

Por la Tierra sigue y sigue d 15:44 31-07-2012 Me parece que usted no se ha leído lo mío. Me cuenta: " los militares son funcionarios al servicio del Pueblo no una casta6a Ejecutiva que pueda encarrilar al Gobierno si este lleva el paso cambiado". Yo le decía: "Naturalmente que los militares deben de tener limitados sus derechos fundamentales más que el resto de los españoles. Pero a esos límites de derechos también la CE, y todas las civilizadas, les marca sus límites". Por lo tanto estamos al servicio del pueblo y siempre lo hemos estado. Y nadie pretende encarrilar al Gobierno. Es precisamente el Gobierno el que debe respetar esas normas y hacerlas cumplir. Nosotros, lo primero ciudadanos y muy después militares, si pretendemos, como ciudadanos, defender nuestros derechos y si es preciso para eso criticar al ministro, criticarele. Usted se pregunta: " que habría pasado en los años 80 con la variaciones de ZP". Pues que serían igual de inmorales que ahora los ascensos de la cúpula militar, mirando más la afinidad política que el mérito profesional. Es notorio que con Franco no pasaba esto. Había unas normas buenas o malas, pero igual pera todos. Es de ley y siempre ha sido así en todos los países civilizados que el ascenso a general sea por elección. Con Franco era raro que se saltase la antigüedad, pero si se saltaba todo el mundo sabía porque se dejaba atrás a ese coronel, ahora se salta hacia delante, nadie sabe porque, pero el primero fue el coronel Castellanos, que se saltó diez, luego resultó ser cuñado de un ministro, creo que Moscoso. Y así seguimos. Nadie se hubiese atrevido a escribir a su ministro: "Mí querida, admirada y muy apreciada Sra. Ministra? quiero notificarle el más sincero y poderoso sentimiento de participar, con su feliz y radiante familia, del júbilo y de la satisfacción que, con toda cortesía y en el pleno de sus corazones, ha generado el natural alumbramiento del gentil, apuesto y vigoroso MIQUEL? para esta nueva e ilusionante etapa que comienza como toda gozosa madre? Reiterándole la enhorabuena y mi inquebrantable lealtad, queda a su absoluta disposición y siempre a sus gratas órdenes; reciba un respetuoso y disciplinado saludo, su fiel subordinado: Subdirector General de --------. No pongo el nombre del general, me da mucha vergüenza. Pero es una manera de ascender. Ni el general ni el ministerio han desmentido este escrito que ha llegado a todos loas cuarteles. Y por último me pregunta: "¿por que comulga tanto con el Pasado y se incomoda tanto con el Presente, las tropelías son ya longevas?" Comulgo con el pasado y quiero a España más en el presente, porque antes ningún jefe de Gobierno, ponía en duda la legitimidad de mi Patria. No era como zp la define cuestionable y cuestionada. Sin embargo los militares y muchos españoles hemos jurado morir por ella si fuese preciso Porque nunca hubo tanta corrupción como ahora. Porque a la familia del señor Rato, si arruinaba un banco, les metían en la cárcel a pesar de ser todos franquistas. Porque con mi bachiller sabía más que mis hijos con el suyo. Porque todos los españoles cobrábamos dos pagas extraordinarias y ahora una. Porque los españoles cada año cobrábamos más y ahora cada mes cobramos menos. Y así podría seguir hasta mil, un millón o vete a saber. Pero sería aburrido


Por Un parecer 2012-07-31 20:40:00

El Sr.Marcilla , sabe de sobra como militar que fue salvo que ya no se acuerde que a día de hoy los militares están supeditados al Poder Civil, otra cosa y en eso puedo estar de acuerdo con el que hay mucha gente en el ejecutivo poco o nada adecuada a las necesidades de España, sin ir mas lejos el titular de Defensa fue impuesto por SS MM ya que en principio era Gallardon el destinado según se dijo en los medios. Lo de ZP en este ministerio y en otros fue demencial y temerario, el general Mena era consciente de la provocación de sus manifestaciones y tambien del palo que vendría a continuación. Alguien vino a decir mas o menos que había que ascender hasta ser incompetente en el empleo.


Por josé maría Marcilla 2012-07-31 19:45:00

En total acuerdo con el Autor. Magnifico escrito, esclarecedor y procupante. Todavia recuerdo cuando al General Mena le metieron un "paquete" por defender la Constitución. ¿como es posible que un Militar no puede afirmar la realidad que se esta viviendo por nuestras FF.AA. en Afganistán?. ¿en donde está escrito que un Militar Español no puede denunciar las barbaridades de algún político, manifiestamente anticonstitucionales?. Menuda casta.


Por la Tierra sigue y sigue d 2012-07-31 15:44:00

No igual pero algún parecido como con aquel grupo de oficiales en el franquismo. Dicho un poco de forma aspera los militares son funcionarios al servicio del Pueblo no una casta6a Ejecutiva que pueda encarrilar al Gobierno si este lleva el paso cambiado, con Felipe y la escusa del 23F y después ZP quedaron muy cambiados no digo para mejor , me pregunto que habría pasado en los años 80 con la variaciones de ZP. Con Franco contrariamente lo que algunos piensen nada pintaban si no era a sus servicio personal, lo dijo un general barbudo creo que se llamaba D. Miguel, cuando le entregaron el mando en plena contienda, no sabéis a quien le habéis dado el poder yo lo tuve a mis ordenes y ahora este se creerá que el ejercito y el País son suyos PROFECIA. Don Francisco Coronel del Ejercito Español, una pregunta ¿por que comulga tanto con el Pasado y se incomoda tanto con el Presente, las tropelías son ya longevas.


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