Lunes, 25 de noviembre de 2024
Dos hijas del cineasta José Luis Cuerda recurrieron al TS, que permite aplicar la deducción a quien ejerza la dirección y tenga parentesco
TS respalda que los herederos de una empresa tengan bonificación fiscal sin necesidad de ser socios de la misma
De esta forma la Sala Tercera da la razón a dos contribuyentes, hijas del director de cine José Luis Cuerda, que presentaron un recurso de casación ante el alto tribunal contra el rechazo tanto de Hacienda de la Comunidad de Madrid como del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid de aplicar una reducción del 95 por ciento en la base imponible del Impuesto de Sucesiones, por la herencia de su madre.
En dos sentencias de las que ha sido ponente el magistrado Juan Gonzalo Martínez, el Supremo dictamina que las hijas de la fallecida "ejercen funciones de dirección" de la sociedad 'Producciones A Modiño' al ser gerentes de la misma, y "por tal concepto debe entenderse que se cumplen todos los requisitos para aplicar la bonificación".
La cuestión que se discute es si para gozar de dicha ventaja fiscal es necesario que la persona que forma parte del grupo familiar y que ejerce funciones de dirección de la empresa, percibiendo por ello la mayoría de sus rendimientos, debe además ser titular de alguna participación de capital del negocio.
Al respecto tanto la Administración central como el letrado de la Comunidad de Madrid respondieron afirmativamente argumentando que no constaba que las demandantes fueran titulares de participaciones de la empresa al momento del devengo.
Sin embargo el Supremo contradice esta postura y explica en su auto que, en la medida en que la sociedad goce de exención en el Impuesto sobre el Patrimonio, la transmisión por herencia de la misma o de las acciones en que esté presentada, tendrá una reducción del 95 por ciento en el Impuesto de Sucesiones, siempre que la persona en cuestión pertenezca al grupo de parentesco delimitado por la Ley.
Las hijas del cineasta plantearon recurso para la unificación de la doctrina esgrimiendo sentencias de los tribunales superiores de Justicia de Galicia, Castilla y León y el mismo Madrid, donde se había llegado a la conclusión de que tenían derecho a la bonificación fiscal por empresa familiar, tal y como recoge el artículo 20.2 c de la Ley de Impuesto de Sucesiones.
En este caso concreto se trata de un supuesto de transmisión por herencia de participaciones sociales de un negocio familiar a las dos hijas y esposo de la fallecida, siendo las dos hermanas las que ejercen "desde hace mucho tiempo" las funciones directivas de la sociedad. Esgrime además que el rendimiento que perciben constituye el cien por cien de sus ingresos anuales, estando la totalidad de las participaciones sociales en el núcleo familiar.
"En consecuencia, está claro que es el supuesto más típico de transmisión de empresa familiar a los hijos y viudos de la causante, siendo para este caso para el que están pesados los beneficios fiscales que favorezcan dicha transmisión", evitando así un eventual cierre del negocio familiar para realizar el pago del impuesto de sucesiones, según reza la sentencia del alto tribunal.
Columnistas
La subida global de temperaturas y la conveniencia de ir sustituyendo las fuentes de energía tradicionales (gas, petróleo y carbón) por otras más sostenibles es un tema de permanente actualidad tanto en los medios de comunicación como en la política. Frente a la versión aplastantemente mayoritaria del problema y sus soluciones, el ciudadano atento y bien informando acaba descubriendo algunos problemas a los que no se les presta demasiada atención. En este artículo se presentarán algunos de ellos
Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna
La propuesta que más influyó para atraer el voto de muchos europeos hacia las nuevas derechas es el rechazo a las políticas que facilitan la inmigración incontrolada, pues están convencidos de que aumenta la delincuencia y favorece la islamización de Europa
Por Angel Jiménez LacaveLeer columna
La alternativa a la "justicia social" no es un escenario de pobres muriéndose en las aceras por falta de recursos para pagarse un hospital. La alternativa sería una sociedad en la que, con una presión fiscal que fuese muy inferior a la actual, la gran mayoría de la gente se las arreglase muy bien por sí misma, sin depender de papá Estado. Publicado en el centro Covarrubias
Por Francisco J Contreras Leer columna
Este hombre de 82 años ha hecho más daño al sanchismo en dos meses que Feijóo y sus diputados en esta legislatura
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
En su libro “Agenda 2033, nueva y eterna”, Eduardo Granados presenta una propuesta para que pongamos nuestra mirada en 2033, fecha en la que se cumplen dos mil años de la Redención. En 2033 confluyen las celebraciones del bimilenario de la institución de la Eucaristía, de la muerte y resurrección de Cristo y del nacimiento de la Iglesia. En esta entrevista el autor nos da las claves de esta original propuesta.
Por Teodoreto de Samos Leer columna
Detrás de tanta normativa milimétrica se agazapa una desconfianza descomunal en la gestión privada, que actúa como un implícito reproche moral. Publicado en El Debate
Por Enrique García MáiquezLeer columna
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna