Martes, 30 de abril de 2024

Segundo de una serie de cuatro artículos sobre el tema

Una opinión sobre las pensiones (2)

I.- Actualmente el sistema financiero de los regímenes españoles de Seguridad Social, con la excepción de las pensiones causadas por incapacidad permanente o muerte derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, es el de reparto; reparto basado en el concepto de solidaridad intergeneracional, lo que quiere decir que los actuales cotizantes mantenemos a los pensionistas de hoy, en la idea y compromiso de que nuestras futuras pensiones serán sufragadas por los trabajadores activos de mañana. Este sistema de reparto precisa para su viabilidad que exista una relación persona activa/cotizante de 2 a 1, proporción que ya hoy es inferior en nuestra patria, entre otras razones porque la situación actual relativa al mercado de trabajo y a las expectativas de vida de los pensionistas son muy diferentes a la de los años 60 cuando nació propiamente la Seguridad Social en España, lo hoy lleva a percibir un importe de pensión a lo largo de la “carrera” de pensionista, mucho mayor que el coste de su obtención ( derivado de la cotización empresarial y del propio trabajador a lo largo de la vida laboral de éste).  

II.-El sistema de capitalización es el definido para las pensiones privadas: la futura pensión va a depender de lo que cada persona individualmente haya cotizado, ahorrado o abonado para la obtención de su futura pensión. ¿ Se trata de un sistema más justo? Creo que la respuesta es depende, y depende de muchas cuestiones, pero en este momento lo que entiendo que nos interesa es pensar en la viabilidad de uno y otro, e incluso de su posible convivencia.

El reparto intergeneracional está fundamentado en un principio de solidaridad definido en el artículo 2 del vigente Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social junto con los de universalidad, unidad e igualdad, pero no constituye una exigencia ex artículo 41 de nuestra Constitución, por lo que tan constitucional es un régimen financiero como otro, pero lo que sí es seguro es que el reparto está vinculado con el mercado laboral en primer lugar,  con la natalidad en segundo y con el importe de las rentas de sustitución de los salarios que suponen las pensiones, por lo que cualquier reforma ha de ser considerada como una cuestión de interés público en el sentido de nacional y ciudadano, debiendo contar con el máximo entendimiento y apoyo posibles.  Su mantenimiento, pues, exige la adopción de más medidas en paralelo. Pero más comprensión y soporte ciudadano creo que debería tener el cambio, el paso, de un sistema de reparto a otro de capitalización…si se estimase conveniente ( posible, como lo ha demostrado Chile, sí que es).

Cabe igualmente una compatibilidad, una convivencia entre ambos sistemas, y de hecho así va sucediendo en los países occidentales, sobre la base de una pensión ( que en principio sería básica o mínima) obtenida por el sistema de reparto y otra complementaria, a través de un régimen particular de capitalización. Así, de una parte, se permitiría al ciudadano una mayor intervención en la determinación de su pensión,  introduciría la posibilidad de llevar a cabo una reducción de las cotizaciones sociales que, a su vez, generarían mayor competitividad ( al constituir menos gasto) para las empresas, y de otra, exigiría al Estado una coherencia en el tratamiento fiscal de las deducciones por aportaciones a planes de pensiones, amén de una actuación de garante como responsable subsidiario en evitación de actuaciones fraudulentas de las aseguradoras e instituciones financieras privadas y públicas.

En todo caso, es necesario ofrecer información veraz al ciudadano, con debate público al efecto, sobre lo que suponen uno y otro sistema, sus beneficios, inconvenientes, costes, posibilidades reales e incluso compatibilidad, para decidir democráticamente ( pero previamente con una información y formación cívica adecuada ) cómo abordar nuestro futuro de pensionistas.


Comentarios

Por Mucius Scaevola 2011-01-25 21:19:00

Buen artículo


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