Viernes, 26 de abril de 2024
Human Rights Watch (HRW)
HRW pide una investigación más profunda sobre los ataques de las fuerzas ucranianas contra civiles
Aunque las primeras investigaciones concluyeron que las tropas de Ucrania no fueron responsables de los ataques a civiles registrados por HRW, éstas sólo analizaron las grabaciones de una agencia militar y no tuvieron en cuenta los informes forenses hechos sobre el terreno.
"A pesar de que Ucrania se ha tomado en serio las acusaciones y ha hecho una investigación, se necesita otra más profunda", ha dicho el director ejecutivo de HRW, Kenneth Roth. "La investigación apenas ha arrojado nuevos datos, así que no pueden extraerse conclusiones", ha añadido.
En una reunión celebrada el 17 de noviembre con el fiscal del caso, HRW dio datos sobre la localización, la hora, la fecha, el tipo de armas y la dirección de los ataques en la ciudad de Donetsk, y apuntaba a la responsabilidad de las tropas ucranianas y al incumplimiento del Derecho Internacional.
En la última reunión entre el fiscal y la organización, se describieron los pasos dados por el Ejército, que analizó las grabaciones del Centro de Operaciones Antiteroristas, que graba todas las actividades militares en el este de Ucrania, para determinar quién lanzó los misiles Grad.
Las grabaciones demostraban que las tropas gubernamentales no lanzaron ataques con estos misiles, según informó entonces la Fiscalía, además de que la Guardia Nacional ni siquiera tenía acceso a estos misiles.
Sin embargo, "una investigación que sólo tiene en cuenta sus propias grabaciones difícilmente será seria", ha dicho Roth. "Antes de negar la responsabilidad del Gobierno, las investigadores deben examinar los datos de otras fuentes independientes", ha añadido.
HRW registró impactos de misiles Grad en zonas controladas por los rebeldes, aunque en el ataque del 12 de julio en Marinka, en el que murieron al menos seis civiles, los lanzamientos se hicieron desde las zona prorrusa, por lo que debería abrirse una investigación más profunda.
La Fiscalía tampoco ha encontrado pruebas de que las fuerzas gubernamentales lanzaran ataques indiscriminados en Donetsk en octubre, ya que al examinar el inventario de armas prohibidas por el Tratado Antiminas de 1997 y no encontrarlas, el Ejército concluyó que Ucrania, que firmó el tratado, no lanzó el ataque.
Sin embargo, las Fuerzas Armadas no examinaron la lista de HRW. Además, la agencia identificó el 20 de octubre el uso de misiles 9M27K, que no están incluidos en el Tratado Antiminas pero sí en la Convención de Bombas de Racimo de 2008, que no firmó Ucrania pero cuyo uso constituye un ataque indiscriminado por sus efectos a gran escala en los que las víctimas suelen ser civiles y militares.
El 14 de diciembre, HRW pidió a la Fiscalía ucraniana que continuara la investigación, incluyendo en esta ocasión el inventario de bombas de racimo usadas en el ataque de Donetsk. La organización se reunió también con altos cargos de los Ministerios de Defensa, Exteriores e Interior y del Servicio de Seguridad de Ucrania.
HRW pidió a estos altos cargos que dieran órdenes a las fuerzas gubernamentales de no usar explosivos en zonas muy pobladas. Altos cargos del Ministerio de Defensa han informado de que se han dado órdenes a todos los comandantes de informar a las tropas sobre la responsabilidad penal de Ucrania por incumplir las leyes de la guerra.
A estas órdenes, Roth ha considerado que "las tropas sobre el terreno no entenderán el respeto al Derecho Internacional sin una explicación". "Las autoridades deben dar órdenes concretas, como que el misil Grad no se use en zonas muy pobladas", ha añadido.
Columnistas
Detrás de tanta normativa milimétrica se agazapa una desconfianza descomunal en la gestión privada, que actúa como un implícito reproche moral. Publicado en El Debate
Por Enrique García MáiquezLeer columna
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna
No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes.
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores
Por Editorial Leer columna
A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?.
Por José Luis LafuenteLeer columna
Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.
Por Francisco J Contreras Leer columna
En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.
Por José Luis LafuenteLeer columna