Jueves, 25 de abril de 2024

La juez del caso máster rechaza asumir la denuncia sobre gastos irregulares en el IDP para no crear una "macrocausa"

ANECA explica a la juez que el máster de Casado se regía por un decreto que no exigía "expresamente" hacer un TFM

Así lo han indicado a Europa Press fuentes jurídicas para señalar que el informe ya ha sido enviada a la magistrada y en el que la ANECA aclara que el máster de Derecho Autonómico y Local que se impartió en el Instituto de Derecho Público, centro adscrito a la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), durante el curso 2008-2009 (ejercicio en el que lo hizo Casado) se regulaba por el Real Decreto 56/2005.

"En cualquier caso, el Real Decreto 56/2005 no requería expresamente que el titulo de plan de estudios contemplara la realización de un Trabajo de Fin de Máster", alega el organismo.

Por otro lado, el informe subraya que estos estudios se autorizaron en un "proceso anterior" al actual sistema de verificación que realiza la ANECA, que no intervino en la evaluación previa a la implantación del máster.

"Este organismo, pues, no puede emitir un informe sobre el contenido de dicho plan de estudios o sobre su número de créditos", alude el organismo a las preguntas de la juez en este documento, al que ha tenido acceso Europa Press.

También explica, sobre la cuestión de las convalidaciones y la notas que se recogen en ellas, que ese aspecto se realiza en función de la normativa de reconocimiento aprobadas por cada universidad, "no teniendo la ANECA competencias sobre ello".

Además, especifica luego que hay que tener en cuenta que hay convalidaciones en el marco normativo del momento correspondiente y en función de los criterios fijados por cada universidad.

Finalmente, alude a que el Real Decreto 1125/2003 por el que se establece el sistema europeo de créditos y de calificación de las titulaciones universitarias recoge en su artículo 5 que "los créditos obtenidos por reconocimiento de créditos correspondientes a actividades formativas no integradas en el plan de estudios no serán calificados numéricamente ni computan a efectos de la media del expediente académico.

"Según esto, resultaría procedente calcular la nota media ponderada del expediente atendiendo únicamente a las asignaturas efectivamente cursadas", recoge el informe de la ANECA.

En abril, Casado en un encuentro con los periodistas en la sede del PP explicó que el máster que él cursó en ese centro en el año 2008 se regía por la legislación antes del plan Bolonia. En ese marco, no era necesario presentar un TFM, según las mismas fuentes consultadas.

El dirigente popular exhibió en una comparecencia de prensa cuatro trabajos que realizó en el máster de 60 créditos en Derecho Autonómico y Local en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) y los documentos sobre las convalidaciones que solicitó - un total de 40 créditos-- con el objetivo de demostrar que hizo "lo correcto" y no recibió "ningún trato de favor".

La juez remitió una diligencia para que el catedrático Enrique Álvarez Conde y la docente Alicia López de los Mozos aportaran al juzgado, en caso de disponer de ellos, los trabajos del presidente del PP.

El catedrático Álvarez Conde contestó que no disponía de esos trabajos y que no era su obligación conservarlos pasado unos años, como recogía la normativa de la universidad.

La juez del caso máster rechaza asumir la

denuncia sobre gastos irregulares en el IDP

para no crear una "macrocausa"

La juez del caso máster ha rechazado asumir la investigación de la denuncia cursada por la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) sobre presuntos gastos irregulares en el Instituto de Derecho Público (IDP) cuando estaba dirigido por catedrático Enrique Álvarez Conde.

Lo hace al entender que sumar este asunto sobre posible malversación en este centro a la instrucción del caso máster supondría crear una "macrocausa de imposible instrucción ágil y de muy difícil (o imposible) enjuiciamiento conjunto".

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada Carmen Rodríguez-Medel rechaza la inhibición acordada por el Juzgado de Instrucción 34 de Madrid, donde recayó la denuncia por reparto, y le devuelve la causa original.

Dicho juzgado cursó incidente de inhibición al conocer que la juez estaba investigando al catedrático Álvarez Conde por asuntos relacionados con estudios desplegados desde el Instituto de Derecho Público.

La juez argumenta en su auto que "cualquier acumulación de acciones penales a esta causa supone aumentar su complejidad y propiciar importantes dilaciones al proceso".

Además, explica que no se trata de "delitos conexos" entre sí pese a que en ambos aparece como "persona investigada" el catedrático Álvarez Conde. La posible malversación de dinero público de la URJC está "totalmente desvinculada" con la presunta prevaricación administrativa que se investiga tanto en lo relativo al máster de la expresidenta de la Comunidad de Madrid como en las otras piezas separadas.

"Son hechos desvinculados unos de otros en diferentes momentos temporales e indiciariamente para beneficiar de manera distinta (en un procedimiento académicamente, en otro lucrativamente) a personas diferentes (en un caso alumnos, en otro familiares directos de Álvarez Conde).

También expone que no son "delitos análogos entre sí" pues solo "comparten el hecho de que son delitos especiales en cuanto cometidos por funcionario público". "Pero la tipificación en sí, prevaricación en un caso y malversación en otro, hacen que no tenga analogía", precisa.

A su vez, expone que un tratamiento conjunto de ambas causas "favorecería la confusión, pues benefician unos y otros hechos indiciariamente delictivos a personas diferentes, el móvil es indiciariamente completamente distinto, debiendo destacarse el lucro personal del entorno de Álvarez Conde es lo que subyace en la denuncia que fue turnada al Juzgado de Instrucción 34 de Madrid".

"Sin embargo, no se aprecia ánimo de lucro alguno en los hechos objetos de investigación en este juzgado de Instrucción número 51 de Madrid. Consecuentemente, las diligencias de investigación que resultaría lógico practicar en el seno de la investigación de la denuncia turnada al 34 (averiguación patrimonial, investigación bancaria...) ninguna utilidad reportaría a los hechos objeto de investigación en el 51", expresa la juez.

DENUNCIA DE LA URJC

El rector de la URJC, Javier Ramos, presentó en mayo de este año una denuncia en los juzgados de Instrucción de Madrid por presunto delito de malversación en la gestión económica del Instituto de Derecho Público.

Lo decidió tras las "graves irregularidades económicas" detectadas en la gestión de este ente y que se desprenden en la investigación encargada por la universidad a raíz de la polémica por el máster de la expresidenta de la Comunidad de Madrid.

A su vez, exponía que el informe del delegado para dirigir provisionalmente el IDP "destapa" que el Instituto "nunca tuvo personalidad jurídica propia, aunque actuaba como si la tuviera; ni se sometía a ninguna supervisión de la URJC, ni disponía de contabilidad oficial".

"Se ha constatado la existencia de transferencias bancarias realizadas a personas que podrían estar incursas en causa de incompatibilidad para contratar con el Instituto por razones de parentesco", recogía el informe.

También detectaba la existencia de transferencias bancarias "a cuentas en apariencia particulares sin que conste en el apunte bancario en qué concepto se realiza el pago" y que hay "disposiciones de efectivo en oficina bancaria por importes de miles de euros".

"El hecho de que se retiraran del banco cantidades en metálico impide saber a qué fin se dedicaron. Hay numerosos apuntes bancarios relativos al uso de tarjetas de crédito para gastos aparentemente personales en establecimientos comerciales no relacionados con la actividad docente e investigadora del Instituto...", exponía el documento.

DINERO INVERTIDO EN FONDOS DE ALTO RIESGO

Por otro lado, el informe recogía que el Instituto de Derecho Público "tiene abiertas cuentas en dos entidades bancarias: una es un banco comercial y otra en un banco de inversión".

"En este último se abrió cuenta en mayo de 2016 mediante una transferencia de 100.000 euros. Parte de ese dinero ha sido invertido en fondos de renta variable, algunos de los cuales podrían estar calificados como fondos de alto riesgo.

La inversión de fondos públicos en este tipo de productos financieros, de confirmarse, es contraria a los principios de buena administración que obligan a cualquier funcionario público", recoge el documento elaborado por Acosta.

A su vez, argumentaba que el instituto funcionó desde su creación "con plena autonomía de hecho, pero sin la debida cobertura jurídica, ni por parte de la ley ni del reglamento propio que nunca llegó a ser aprobado por el consejo de gobierno de la URJC". Por otro lado, se ha constatado que "no existía ninguna contabilidad oficial".

LA UNIVERSIDAD CERRARÁ EL IDP EL CURSO QUE VIENE

La Universidad Rey Juan Carlos extinguirá de cara al próximo curso académico el polémico Instituto de Derecho Público (IDP) que dirigía el catedrático Enrique Álvarez Conde, investigado en el caso máster, una vez concluyan las auditorías económicas y administrativas encargadas por la institución.

Así lo han señalaron recientemente fuentes de la universidad consultadas por Europa Press para subrayar que la decisión de terminar con la actividad de este instituto asociado a la universidad es "firme" y "no tiene marcha atrás".

Las mismas fuentes explicaron que el profesor Pablo Acosta, delegado del rector para dirigir provisionalmente el instituto tras la destitución de Álvarez Conde por los indicios de irregularidades detectados en el caso máster, presentó el pasado 30 de junio un informe documento para solicitar el cese CIF de esta entidad.


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