Miercoles, 23 de julio de 2025
por participar en la redacción para una Constitución en Cataluña
El CGPJ deniega el reingreso a la carrera judicial de Santiago Vidal ante su "falta de lealtad" a la Constitución
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha denegado este jueves al magistrado y exsenador de ERC Santiago Vidal el reingreso al servicio activo en la carrera judicial porque sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas mientras estaba suspendido en funciones por participar en la redacción para una Constitución en Cataluña, revelan su "falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución".
El órgano de gobierno de jueces informa en una nota que se ha constatado una "falta de actitud" del magistrado, que hoy cumplía tres años de suspensión de funciones por una falta muy grave de ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales. Le recuerda que en ese tiempo tenía privado los derechos inherentes a su condición de juez pero no supuso la pérdida de su condición de miembro de la Carrera Judicial.
Por ello la suspensión "no le disculpa de sus obligaciones básicas, cual es primera de ellas la de lealtad constitucional", responde la Comisión en base a la solicitud formulada por el propio Vidal el pasado 24 de enero cuando pidió su reingreso al servicio activo tras perder la plaza de magistrado en la Audiencia Provincial de Barcelona. Para ello debía obtener la previa declaración de aptitud por parte del Consejo General del Poder Judicial.
La Comisión considera que el juramento ha sido "repetidamente incumplido" por el magistrado durante los últimos tres años y que "no se trata de hacer pesar repetidamente sobre el magistrado las consecuencias punitivas de las faltas por las que ya ha sido sancionado", sino evidenciar "la inexistencia de presente de su capacidad para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado" a la vista de las manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas en ese tiempo.
Se refiere el CGPJ a las declaraciones hechas por el exsenador de la formación independentista en diferentes conferencias en Cataluña entre los meses de noviembre y diciembre de 2016 en las que apuntó, entre otros aspectos, que el Govern obtuvo de forma ilegal los datos fiscales de los catalanes para crear una Hacienda propia.
"Ya tenemos perfectamente delimitado, a través de un trabajo de campo muy exhaustivo, cuántos de esos 801 jueces se irán a su Estado (...) Y en el caso de que quieran quedarse deberán pasar unos filtros (...) Lo que no podemos tener es gente que se quede aquí de quintacolumnista", es otra de las frases que Vidal pronunció en referencia al número de jueces en Cataluña que saldrían del territorio tras la buscada independencia del mismo.
La Comisión Permanente también ha estudiado otras expresiones suyas en las que se llamaba a incumplir y desobedecer las resoluciones de los tribunales y del Tribunal Constitucional ante las suspensiones que efectivamente fueron teniendo lugar de las conocidas como leyes de desconexión. "¿Todo esto que haremos está de acuerdo con la legalidad española? No, y creo que no hace falta que os expliquemos por qué", dijo en su momento.
Con todo, concluye que "la actuación pública del magistrado Santiago Vidal durante el tiempo de cumplimiento de la suspensión implica una evidente perturbación a la reputación e imagen con la que el Poder Judicial debe aparecer para el cumplimiento de sus altas funciones en un Estado democrático social y de derecho y la constatación de su falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución, que no tan solo decide públicamente no acatar, sino también hacer proselitismo de su desobediencia, incluso haciendo gala de su condición de juez, que por supuesto mantenía incluso en la situación administrativa de suspensión".
En las alegaciones formuladas al CGPJ, Vidal apuntó que estas declaraciones las realizó en su condición de senador, amparado por consiguiente en la inviolabilidad que le reconoce el artículo 21 del Reglamento del Senado. Dijo que renunció a su acta asumiendo su responsabilidad política como consecuencia de la negligencia de no haber contrastado debidamente las fuentes de información en las que se basaban sus manifestaciones, pero que denegarle el reingreso al servicio activo a tan solo dos años de la edad de jubilación constituiría un daño irreparable.
La Comisión Permanente le responde que el hecho de que hiciera estos comentarios sobre un futuro Estado catalán siendo senador no impide tenerlos en consideración a los efectos de la declaración de idoneidad, máxime cuando el artículo del Reglamento del Senado que cita Vidal lo que reconoce es la inviolabilidad "por las opiniones manifestadas en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo".
"Las manifestaciones expresadas por el magistrado se desarrollaron fuera del ámbito local y temporal de la Cámara legislativa y tampoco constituyeron ninguna reproducción de un acto parlamentario", dice la Comisión que recuerda que sus comentarios motivaron una querella del partido político Vox y la apertura de diligencias por parte del titular del Juzgado 13 en febrero de 2017 que han derivado en una investigación contra su persona y otros exaltos cargos del Govern por los preparativos del referéndum y la deriva soberanista.
En su interrogatorio ante el magistrado instructor Juan Antonio Ramírez Sunyer, reconoció que sus manifestaciones habían sido un "error" y que si dijo que el Gobierno del entonces presidente Carles Puigdemont contaba con una partida camuflada de 400 millones de euros para financiar el referéndum ilegal fue porque vio la cifra en los medios ya que lo único que había sobre la mesa era un debate de ideas cobre cómo convendría construir un nuevo Estado.
La Comisión matiza que este rechazo a la vuelta a la carrera judicial no impide que el magistrado pueda deducir nueva solicitud en el futuro si bien para ello se tendrá en cuenta su comportamiento así como las acciones "claras y determinantes" que lleve a cabo y permitan apreciar que en el futuro va a actuar conforme con el juramento de lealtad a la Constitución que tiene prestado y al que, por el momento, "ha faltado de manera abierta y terminante".
El acuerdo ha sido aprobado con los votos a favor del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, y de los vocales del órgano de gobierno de los jueces Fernando Grande-Marlaska, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández, José María Macías y Pilar Sepúlveda. Los vocales Concepción Sáez -que ha anunciado la formulación de un voto particular- y Rafael Mozo se han pronunciado en contra.
Contra el acuerdo de este jueves puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, directamente o previa presentación de un recurso de reposición ante la propia Comisión Permanente.
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