Viernes, 18 de julio de 2025
Recurre por "insólito y precipitado" el archivo de la denuncia contra Sant Cugat por apoyar la resolución independentista del 9-N
El fiscal cree que los ayuntamientos catalanes siguen "una estrategia concertada" para incumplir "la legalidad"
Así consta en un escrito en el que el Ministerio Público recurre por "insólita" y "absolutamente precipitada en el fondo y en la forma" la decisión del juez José de la Mata de archivar la denuncia presentada contra el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès (Barcelona) por aprobar una moción de apoyo a la resolución independentista, que también tendría, según este órgano, "un carácter presuntamente delictivo".
El recurso, presentado directamente en apelación ante la Sala de lo Penal, superior jerárquicamente al juez instructor, sostiene que "todo apunta" a que, lejos de tratarse de "una iniciativa aislada, los ayuntamientos catalanes están siguiendo "una estrategia planificada y concertada con el propósito de generar una situación o contexto de incumplimiento generalizado de la legalidad constitucional que permita la consecución de la independencia al margen de las vías legales de esa parte del territorio nacional".
En este sentido, el fiscal Daniel Campos señala que es necesario realizar una serie de diligencias de investigación para determinar si el Ayuntamiento de Sant Cugat aprobó la moción como fruto de "un simple posicionamiento ideológico", como apuntaban los informes jurídicos de la Corporación, o si esta actuación debe ser enmarcada en el seno de "una acción concertada" con otras administraciones y organizaciones como la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI) y la Asociación Catalana de Municipios (ACM).
El objetivo de todos ellos, según el fiscal, sería "favorecer, provocar y conseguir el incumplimiento generalizado del ordenamiento jurídico y de la legalidad constitucional". En este caso, señala Campos, "los hechos tendrían sin duda una gravedad mucho mayor de la que inicialmente pueda pensarse".
En su escrito el fiscal reclama a la Sala de lo Penal que obligue a De la Mata a solicitar al Ayuntamiento de Sant Cugat el texto de la moción aprobada y la identidad de los concejales que la aprobaron, tal y como han hecho los instructores de los otros cuatro municipios catalanes investigados por aprobar resoluciones similares: Girona, Celrá (en esta misma provincia), La Seu d'Urgell (Lleida), e Igualada (Barcelona).
"Como quiera que la denuncia no acota ni el objeto del proceso ni los sujetos pasivos del mismo, es absolutamente imprescindible practicar las diligencias necesarias para acreditar la naturaleza delictiva de los hechos y la identificación de sus partícipes", señala Campos.
El fiscal precisa que presentó una denuncia, más genérica en sus formas, y no una querella dirigida contra personas concretas para determinar primero si los hechos podría revestir "los caracteres de delito y, en caso afirmativo, si pueden exigirse responsabilidades penales a personas concretas".
Para determinar el objetivo de la resolución, que fue aprobada por 18 votos a favor de CiU, CUP-PC y ERC-MES y tres en contra, la Fiscalía considera necesario, entre otras actuaciones, traducir al castellano "el inteso debate" que los grupos municipales celebraron antes de la votación.
En opinión del representante del Ministerio Público, la moción aprobada por el Ayuntamiento de Sant Cugat "reúne en apariencia todos los elementos" constitutivos de un delito de sedición, penado con entre diez y quince años de cárcel, "en su fase preparatoria".
Según su interpretación, los concejales de este municipio
proclamaron "la adhesión a un proceso político-institucional absolutamente ilícito que persigue lograr la independencia de parte del territorio nacional e incumplir la legalidad vigente, desobedeciendo de forma masiva y sistemática las disposiciones de las autoridades e instituciones del Estado".
El fiscal también considera "tan inadecuados como inconsistentes" los argumentos esgrimidos por el instructor para decretar el archivo de las actuaciones, que al acordarse sin "una mínima investigación" constituiría, a su juicio, una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.
Así, señala que la aprobación de la moción municipal antes de que el Tribunal Constitucional dictara sentencia anulando la resolución independentista no impide que pudiera existir una responsabilidad penal por parte de quienes habrían apoyado "un proceso ilegal de independencia".
"La moción de 'apoyo y adhesión' a una resolución tan palmariamente ilegal que propugna la ruptura con el orden jurídico vigente mediante el rechazo a la norma constitucional y el incumplimiento generalizado de las leyes para conseguir la independencia, al margen de los procedimientos de reforma constitucional, trasciende con creces el ámbito de la libertad ideológica o de expresión que se invocan como cobertura", apunta el fiscal.
También recuerda que los hechos investigados podrían constituir un delito de sedición si se demostrara que se ha producido un "alzamiento" contra el orden constitucional por parte de una pluralidad de personas que ha tenido un carácter "público y tumultuario", si bien la jurisprudencia también considera que la acción delictiva se comete cuando el acto es "ordenado u organizado".
En relación con el argumento de que el Ministerio Público no actúe contra los diputados del Parlamento autonómico que aprobaron la resolución independentista, el fiscal recuerda que los diputados "gozan de inmunidad" en razón de su aforamiento, por lo que el órgano competente para investigarles sería el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
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