Jueves, 10 de julio de 2025

Intento de poner una vela a dios y otra al diablo pero la ultima es un velon

El PP presenta una reforma limitada a las menores por compromiso electoral y falta de consenso

  El Grupo Popular ha registrado este miércoles en el Congreso una proposición de ley orgánica para reformar la Ley de Salud Sexual e Interrupción Voluntaria del Embarazo "respondiendo a los compromisos electorales", una iniciativa cuyo texto se limita, ante la falta de consenso en la materia, a que a partir de ahora sea obligatorio que las menores informen a sus padres o tutores cuando deseen abortar.

   En rueda de prensa en la Cámara Baja, el portavoz del PP Rafael Hernando ha defendido que la iniciativa se enmarca en la potestad legislativa de las Cámaras sin que haya que "buscar tres pies al gato", y ha estimado que el texto se debatirá en el Pleno de la Cámara el próximo mes de marzo, pues el objetivo de que entre en vigor a final de este periodo de sesiones, en torno al mes de junio.

   "Nuestra decisión de no ir más lejos ha sido la falta de existencia de consenso. En una materia como ésta, independientemente de cuestiones morales o religiosas de cada uno, hay que pensar en el conjunto del modelo social y hay una parte que tiene que ver con un recurso que tiene que resolver quien tiene que resolverlo", ha señalado.

REDACCIÓN DE LA REFORMA

   La iniciativa del PP va en un doble sentido. Por un lado, deroga el artículo 14.3 de la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo, que modificó la Ley de Autonomía del Paciente para sacar el aborto de la lista de excepciones en las que un menor de 16 o 17 años necesita consentimiento paterno para una intervención médica, junto a los ensayos clínicos y la reproducción asistida.

   Por otro lado, da una nueva redacción a ese precepto de la Ley de Autonomía del Paciente para añadir que "para la interrupción voluntaria del embarazo de menores de edad o personas con capacidad modificada judicialmente será preciso, además de su manifestación de voluntad, el consentimiento expreso de sus representantes legales".

   "En este caso, los conflictos que surjan en cuanto a la prestación del consentimiento por parte de los representantes legales, se resolverán de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil", precisa la proposición de Ley Orgánica presentada por el PP, que, además, da carácter ordinario a este artículo de la Ley de Autonomía del Paciente, que tras la de Salud Sexual tenía condición de orgánico.

   La elección de presentar una proposición de ley a través del Grupo Popular en lugar de un proyecto de Ley del Gobobierno hace que no se requiera que el texto sea sometido al examen de órganos consultivos como el CGPJ y el Consejo de Estado. El tiempo mínimo para la tramitación de una iniciativa de este tipo puede ser de dos semanas. En este caso, con el Debate sobre el Estado de la Nación por medio, se podría demorar hasta la última semana de marzo.

   Hernando ha restado importancia al hecho de que se vaya a tramitar la reforma de una Ley Orgánica sin pasar por los órganos consultivos del Estado, ya que, según ha dicho, "lo que está contemplado en esta regulación había sido ya informado por distintos organismos". "Lo único que pretendemos dentro de los plazos que tenemos y que sea efectivo antes de que acabe la Legislatura y optamos por una iniciativa que es del grupo parlamentario y evidentemente, cuenta con el respaldo del Gobierno", ha señalado.

NO HAY "DISCREPANCIAS" EN EL PP

   Escoltado por los portavoces adjuntos del Grupo Popular en el Congreso, Leopoldo Barreda y Marta González, Hernando ha reiterado que con esta iniciativa el PP "da cumplimiento a su programa electoral" y "nadie" entre sus filas "debe estar en discrepancia con algo que formaba parte intrínseca" de este compromiso.

   "Discrepancias en mi grupo parlamentario no las hay y no las va a haber", ha asegurado, para plantear después si en el resto de los grupos podrán decir lo mismo, ya que está convencido de que "hay diputados de otras formaciones políticas que están muy de acuerdo" con el contenido del esta iniciativa del PP.

   En relación al sector de los votantes del PP que pide una derogación íntegra de la normativa de aborto, Hernando ha afirmado que la proposición de Ley no está pensada para "compensar" la falta de una reforma más profunda, sino para acatar "parte importante" del programa electoral del PP. "Nuestra decisión de no ir más lejos ha sido la falta de existencia de consenso", ha añadido.

   No obstante, esto no significa que el PP avale el modelo de plazos que recoge la actual legislación, tal y como ha señalado Hernando. En este sentido, ha recordado que sigue vivo el recurso que un grupo de diputados presentaron al Tribunal Constitucional, que, una vez se complete la reforma por vía parlamentaria, podrá sentenciar al respecto, puesto que "dijo que mientras se tramitara una regulación del aborto no se iba pronunciar".

   En cuanto a las iniciativas de apoyo a la maternidad que comprometía el Partido Popular en su programa junto a la reforma de este aspecto de la Ley del Aborto, Hernando ha remitido al Gobierno. "No ha acabado la Legislatura, en próximas fechas tendrán noticia sobre maternidad e infancia y familia", ha planteado.

DEBATE SOBRE LA REFORMA

   El aborto de menores de edad fue uno de los aspectos más polémicos durante la tramitación de la actual legislación. No en vano, el PP lo incluyó en su recurso contra la normativa ante el Tribunal Constitucional y en el programa electoral con el que concurrió a las generales de 2011, en el que se comprometía a cambiar el modelo de la actual regulación "para reforzar la protección del derecho a la vida, así como de las menores".

   En la actualidad, las jóvenes con 16 o 17 años de edad no necesitan el permiso de sus padres o tutores para interrumpir su gestación en España, aunque deben acreditar que han informado a, al menos, a uno de ellos antes de someterse a la intervención. Sólo pueden prescindir de este trámite en caso de que aleguen "fundadamente" que comunicarlo les va a ocasionar un "conflicto grave", conforme establecen el artículo 13.4 de la ley y su desarrollo reglamentario.

   Esta previsión está en línea con la Ley de Autonomía del Paciente del año 2002, que en su artículo 9 establece que cuando se trata de menores de edad "no incapaces ni incapacitados pero emancipados o con 16 años cumplidos, no cabe prestar el consentimiento por representación", es decir, la autorización de padres o tutores, para las intervenciones médicas.


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