Viernes, 18 de julio de 2025

para abordar la admisión a trámite de los recursos de amparo planteados por PP, C's y PSC

El TC estudia mañana si prohíbe que el Parlament debata una propuesta de ruptura con España

  El Pleno del tribunal Constitucional (TC) se reunirá este jueves para abordar la admisión a trámite de los recursos de amparo planteados por PP, C's y PSC contra la tramitación parlamentaria de la resolución independentista de Junts pel Sí y la CUP. Decidirá además si adopta las  medidas cautelares planteadas por los dos primeros para evitar 'de facto' el debate en el Pleno previsto para el día 9, han informado fuentes del alto tribunal.

   El TC ha decidido asumir la competencia para tramitar los recursos, que han sido formulados concretamente contra los acuerdos adoptados contra dos tipos de resoluciones: los acuerdos de la Mesa del Parlament para admitir a trámite la propuesta de resolución y  para rechazar las peticiones de reconsideración presentadas por Ciudadanos y el PSC; y la convocatoria y celebración ayer una Junta de Portavoces previa al Pleno sin que el PP hubiera formado aún grupo parlamentario.

   Fuentes del alto tribunal han señalado a Europa Press que la deliberación de mañana se centra en la admisión a trámite de los recursos y que no se acordará ninguna medida sobre el fondo. Sí se decidirá sobre las medidas de suspensión solicitadas, un aspecto de enorme complejidad jurídica del que se carece de antecedentes y que podría generar división en el tribunal de garantías.

   De hecho, la suspensión del debate como medida previa a la discusión del fondo del asunto tan sólo ha sido planteada en los recursos de Ciudadanos (C'S) y del PP en Cataluña, mientras que el PSC no la ha incluido al entender que el tribunal de garantías no la aceptara, tal y como ha manifestado ante las puertas del tribunal el propio líder de la formación, Miquel Iceta.

   Así, gran parte del debate de mañana se centrará, precisamente, en la procedencia de adoptar o no estas medidas inmediatas que se solicitan por el PP "inaudita parte", es decir, sin esperar a que los impulsores de la propuesta independentista puedan realizar sus alegaciones ante el TC-

   De este modo, además de discutir si admite o no los recursos de amparo planteados, el TC debe decidir mañana si da traslado o no de los recursos a la Generalitat antes de adoptar alguna decisión sobre el debate parlamentario del próximo día 9.

DIFERENCIAS CON LA DOCTRINA DEL PLAN IBARRETXE

   En cuanto a los antecedentes jurídicos, no existen según las mismas fuentes, que diferencian este caso del que llevó al TC, en abril de 2004, a rechazar los recursos presentados por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero contra los acuerdos del Gobierno Vasco que aprobaron el denominado "Plan Ibarretxe" y contra la decisión de la Mesa del Parlamento vasco que dio luz verde al inicio de la tramitación del proyecto.

   En este caso se trataba de recurso de inconstitucionalidad, y además presentado por el Gobierno -lo que conlleva suspensión de ser admitido a trámite-, mientras que las iniciativas presentadas este miércoles son recursos de amparo firmados por grupos parlamentarios.

   Siempre que se han pedido medidas cautelares en un recurso de amparo se ha hecho para tratar de dejar en suspenso ejecuciones de sentencias cuyo cumplimiento podría afectar gravemente a derechos fundamentales de las personas. Además, el Tribunal Constitucional sólo ha acordado este tipo de medidas de forma excepcional.

   El TC, integrado actualmente por once magistrados tras el fallecimiento de Luis Ortega el pasado 15 de abril, tiene una clara mayoría conservadora al haber sido siete de sus magistrados -entre ellos su presidente Francisco Pérez de los Cobos- designados con un claro apoyo del PP frente al resto de miembros, tres de los cuales -Adela Asúa, Juan Antonio Xiol y Fernando Valdés-, se incardinan en la denominada ala progresista. A todos ellos se suma Encarnación Roca, propuesta por el Parlamento catalán en 2010 con el visto bueno de Convergencia y de Unió.

   En su recurso, el PP alega que en este caso es aplicable artículo 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y por tanto puede acordarse la "suspensión inaudita parte" -es decir, antes de deliberar sobre cualquier otra consideración-, de los actos recurridos en el momento de admitirse a trámite su recurso de amparo, "por concurrir un supuesto de urgencia excepcional".

   Según advierte el PP en su recurso, en el caso de no adoptarse la medida de "suspensión inaudita parte" y con carácter urgente, se perdería la finalidad del recurso de amparo "de forma evidente" ya que la deliberación y votación en el Pleno del Parlamento catalán de la propuesta de resolución se ha anunciado para el próximo día 9.

   Muy al contrario, "ningún perjuicio se irroga al interés público por la suspensión, sino, en el presente caso, "el daño al interés público se produce por permitir el debate y la aprobación de la resolución", añaden.

   Por su parte, C's solicita al TC que otorgue "de forma inmediata la medida cautelar de suspensión de los acuerdos recurridos contra los que se dirige este amparo, dada la extraordinaria gravedad que para la supervivencia del propio orden constitucional tiene los acuerdos impugnados".


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