Viernes, 18 de julio de 2025
el futuro de españa en manos de una minoria como la judicial
El TC podría rechazar un recurso contra la Mesa del Parlament siguiendo la doctrina que fijó con el Plan Ibarretxe
Los servicios jurídicos del Estado están preparando un informe, a petición del Gobierno, para evaluar cómo frenar la declaración de inicio del proceso independentista en Cataluña, así como sus posibles efectos. Ayer mismo el ministro de Justicia aseguraba que la Abogacía estudia si se puede recurrir la declaración en sí misma.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional ya tiene fijada doctrina a este respecto ya que el Gobierno de José María Aznar recurrió el 25 de octubre de 2003 ante el Alto Tribunal los acuerdos del Gobierno vasco, presidido por Juan José Ibarretxe por los que se aprobaba la "Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi" y el 4 de noviembre de ese mismo año también recurrió la decisión de la Mesa del Parlamento vasco que acordaba el inicio de la tramitación del proyecto.
Los recursos presentados entonces pedían la suspensión de forma inmediata del proyecto y de su tramitación al entender que vulneraba en más de cien ocasiones la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el propio reglamento del Parlamento vasco, por entender que atentaba contra la soberanía nacional.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional emitió un auto el 27 de abril de 2004, con José Luis Rodríguez Zapatero ya en el Gobierno, en el que razonaba su decisión de rechazar los citados recursos --que había adoptado el 21 de abril-- por entender que el Plan Ibarretxe aún era un proyecto y también porque admitirlos iría contra la "lógica del sistema parlamentario democrático".
El auto del TC precisaba que lo primero era "acreditar" la condición de "resolución" de estos acuerdos, a lo que el propio Tribunal responde negativamente y alega que si se pudieran declarar antijurídicos "simples proyectos de normas" o la "intención de producir normas" sería imposible llevar a cabo reformas.
Alegaban en este sentido que "la sola admisión de la impugnación produce irremisiblemente la suspensión del debate intentado, razón suficiente para extremar el rigor en el trámite de admisión, rechazando impugnaciones que, como es el caso, desnaturalizarían irremediablemente de prosperar, los principios fundamentales de la democracia parlamentaria.
Incluso precisaba que "el hecho de que semejante iniciativa sólo pueda prosperar con éxito si antes se reforma la Constitución no convierte a la propuesta en sí en una iniciativa inconstitucional" porque, explica, durante el debate parlamentario puede quedar alterada.
La propuesta, añadía el TC, "en su condición de iniciativa parlamentaria" es la "expresión de una atribución inherente a todo Gobierno en un sistema democrático parlamentario, cual es la de someter a la Cámara legislativa iniciativas normativas o de pura discusión política", de cuyo acierto y oportunidad "sólo puede legítimamente pronunciarse el cuerpo electoral".
El TC concluía que "en el presente caso, como es evidente, se está muy lejos aún de la fase de formalización normativa", dejando claro que "el simple enunciado de una proposición contraria a la Constitución no constituye objeto de enjuiciamiento por este Tribunal" ya que el acuerdo sólo pretende "dar inicio a un debate parlamentario" sin alcanzar todavía un "resultado normativo" y, por tanto, "todo posible juicio es prematuro".
Este auto fue aprobado con el voto favorable de siete de sus doce magistrados y contó con el voto en contra de otros cinco. Además se incorporaron tres votos particulares, entre ellos, el del presidente del TC, que en aquel momento era Manuel Jiménez de Parga.
Jiménez de Parga sostenía en su voto que el Plan Ibarretxe incluía "numerosas violaciones de la Constitución española". Unas violaciones que en su opinión eran tan evidentes "que no hay que esperar para apreciarlas a que finalice el recorrido de un largo proceso en el que puedan introducirse retoques o cambios". Y dejaba claro que "no todo puede debatirse libremente en un debate parlamentario en la Cámara vasca porque autonomía no es soberanía".
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