Domingo, 27 de julio de 2025
El Parlament podría habilitar el voto telemático con una reforma exprés, cuyo procedimiento avaló el TC
Jueces ven una "ocurrencia" la investidura telemática y avisan a Puigdemont que no puede manipular la ley a su antojo
Asociaciones de jueces consideran una "ocurrencia" la posibilidad de que Carles Puigdemont sea investido desde Bruselas mediante vía telemática y han advertido de que la ley no se puede modificar para dar cobertura a la situación concreta en que se encuentra una persona, ya que es contrario al Estado de Derecho.
El planteamiento de que Puigdemont tomara posesión del cargo de presidente de la Generalitat de Cataluña requeriría una reforma del Reglamento del Parlament, ya que a día de hoy esta norma exige la presencia en la Cámara del candidato a la Presidencia.
Así, la presidenta del Foro Judicial Independiente, Concepción Rodríguez, ha explicado a Europa Press que esta situación supondría "crear una norma 'ex novo' con el objetivo de "legalizar una situación que no sería legal en este momento".
Es decir, aprobar esta ley, un nuevo Reglamento, serviría para "dar cobertura a una situación" que ahora es "contraria a la ley" y, según ha remarcado, la ley no puede utilizarse con tales fines.
En todo caso, Raimundo de Prado, de la Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria, ha admitido que la Mesa del Parlament podría plantear una reforma del Reglamento en este sentido, pero ha advertido de que "cualquier acto de este tipo está sometido a la acción contencioso-administrativa".
"Pueden cambiar las normas, pero al final siempre está el Poder Judicial para controlar", ha subrayado, al tiempo que ha recordado que también cabría la posibilidad de interponer recurso ante el Tribunal Constitucional contra una reforma de este tipo.
Para el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Celso Rodríguez, una modificación así sería "similar" a la vía exprés que utilizó la Mesa del Parlament el verano pasado para sacar adelante las leyes de referéndum y de transitoriedad, por lo que supondría una "nueva vulneración de los derechos parlamentarios" con una reforma "forzada".
No obstante, Ignacio González, de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), ha recordado que es el Pleno del Parlament el que debe votar la reforma del Reglamento y que de momento sólo se contempla la vía presencial, por lo que Puigdemont, los cuatro exconsejeros que están en Bruselas y los tres diputados electos que se encuentran en prisión (Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sànchez) no podrían votarlo si no se presentan en dicha sesión plenaria.
De cualquier manera, y suponiendo que una reforma del Reglamento así saliese adelante, las asociaciones de jueces consideran "inviable" que Puigdemont pueda ejercer las funciones de presidente de la Generalitat desde Bruselas.
En declaraciones a Europa Press, Celso Rodríguez, de la APM, ha recordado que "un presidente debe ejercer sus funciones de forma presencial", asistiendo a las reuniones del Govern y sometiéndose a los debates e interpelaciones parlamentarias.
"Hay que pensar en el día a día, no sólo en la investidura. Puigdemont sería un mero presidente formal, actuaría como un presidente de gabinete. No se ajustaría a las exigencias que comporta el cargo de presidente", ha remarcado.
Los grupos independentistas podrían modificar el reglamento del Parlament para habilitar el voto telemático ante una eventual investidura de Carles Puigdemont (JuntsxCat) haciendo uso de la reforma avalada por el Tribunal Constitucional (TC) que permite tramitar propuestas por la vía de máxima urgencia.
El reglamento del Parlament, recogido por Europa Press, no permite el voto telemático como sí ocurre en otros parlamentos --incluido el Congreso de los Diputados--, y especifica que el candidato que quiera ser investido debe presentar "ante el pleno" su propuesta, descartando así que pueda hacerlo telemáticamente.
Tampoco está permitido el voto telemático y, por lo tanto, ni Puigdemont ni los diputados electos presos o en Bélgica podrían votar en una investidura, poniendo en riesgo así la mayoría independentista.
Para reformar el corpus jurídico de la Cámara, el reglamento fija que debe crearse una ponencia redactora para que elabore en un plazo de tres meses una proposición de ley que debe ser posteriormente aprobada por el pleno por mayoría absoluta --que los independentistas han reeditado tras el 21-D--.
Teniendo en cuenta ese plazo de tres meses, sería complicado poder aprobar el voto telemático antes de que el 7 de abril se agoten los plazos para investir a un nuevo presidente del Govern, pero el TC avaló que puedan hacerse trámites por la vía de la máxima urgencia, reduciendo los plazos al mínimo, y que se puedan aprobar mediante lectura única: ahora bien, el tribunal señaló que se debía garantizar el derecho a enmiendas de los grupos.
La sesión constitutiva del Parlament, en la que se elige el presidente del Parlament y los miembros de la Mesa, puede hacerse hasta el martes 23 de enero de 2018: después se abre un plazo de 10 días hábiles para que el presidente de la Cámara proponga la investidura de un candidato a la Presidencia de la Generalitat.
Esto situaría el plazo máximo hasta el martes 6 de febrero: entonces se sometería a una primera votación y, si no lograra la mayoría absoluta de los votos, dos días más tarde se celebraría una segunda votación, donde al candidato le valdría la mayoría simple para ser investido.
Si tampoco lo lograra entonces, se abriría un plazo máximo de dos meses para encontrar un candidato, lo que situaría la fecha límite para votar un presidente de la Generalitat al sábado 7 de abril; si no fuera posible, se volverían a convocar elecciones.
Se trata de un corto periodo de tiempo para impulsar una reforma del Parlament que permita el sistema telemático en los plazos establecidos por el reglamento, si bien se puede hacer uso de la reforma exprés para reducir el periodo y darle luz verde antes de una eventual investidura de Carles Puigdemont.
Otra opción para poder investir a Puigdemont es el voto delegado, que también requeriría una reforma del reglamento del Parlament para poder generalizarlo ya que ahora está limitado a casos de maternidad, paternidad y enfermedad.
De hecho, en la polémica reforma del reglamento del Parlament que impulsaron los grupos independentistas, se modificó el voto delegado para incluir los casos de paternidad y enfermedad, ya que hasta entonces estaba limitado a casos de maternidad.
Ahora debería volverse a modificar para incluir otros preceptos que permitan el voto delegado a los que pudieran acogerse los diputados electos presos o en Bélgica.
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