Viernes, 19 de abril de 2024

El Parlament podría habilitar el voto telemático con una reforma exprés, cuyo procedimiento avaló el TC

Jueces ven una "ocurrencia" la investidura telemática y avisan a Puigdemont que no puede manipular la ley a su antojo

Asociaciones de jueces consideran una "ocurrencia" la posibilidad de que Carles Puigdemont sea investido desde Bruselas mediante vía telemática y han advertido de que la ley no se puede modificar para dar cobertura a la situación concreta en que se encuentra una persona, ya que es contrario al Estado de Derecho.

El planteamiento de que Puigdemont tomara posesión del cargo de presidente de la Generalitat de Cataluña requeriría una reforma del Reglamento del Parlament, ya que a día de hoy esta norma exige la presencia en la Cámara del candidato a la Presidencia.

Así, la presidenta del Foro Judicial Independiente, Concepción Rodríguez, ha explicado a Europa Press que esta situación supondría "crear una norma 'ex novo' con el objetivo de "legalizar una situación que no sería legal en este momento".

Es decir, aprobar esta ley, un nuevo Reglamento, serviría para "dar cobertura a una situación" que ahora es "contraria a la ley" y, según ha remarcado, la ley no puede utilizarse con tales fines.

AL FINAL, SIEMPRE ESTÁ EL PODER JUDICIAL

En todo caso, Raimundo de Prado, de la Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria, ha admitido que la Mesa del Parlament podría plantear una reforma del Reglamento en este sentido, pero ha advertido de que "cualquier acto de este tipo está sometido a la acción contencioso-administrativa".

"Pueden cambiar las normas, pero al final siempre está el Poder Judicial para controlar", ha subrayado, al tiempo que ha recordado que también cabría la posibilidad de interponer recurso ante el Tribunal Constitucional contra una reforma de este tipo.

Para el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Celso Rodríguez, una modificación así sería "similar" a la vía exprés que utilizó la Mesa del Parlament el verano pasado para sacar adelante las leyes de referéndum y de transitoriedad, por lo que supondría una "nueva vulneración de los derechos parlamentarios" con una reforma "forzada".

No obstante, Ignacio González, de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), ha recordado que es el Pleno del Parlament el que debe votar la reforma del Reglamento y que de momento sólo se contempla la vía presencial, por lo que Puigdemont, los cuatro exconsejeros que están en Bruselas y los tres diputados electos que se encuentran en prisión (Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sànchez) no podrían votarlo si no se presentan en dicha sesión plenaria.

UN PRESIDENTE TIENE QUE RESPONDER EN EL

PARLAMENT

De cualquier manera, y suponiendo que una reforma del Reglamento así saliese adelante, las asociaciones de jueces consideran "inviable" que Puigdemont pueda ejercer las funciones de presidente de la Generalitat desde Bruselas.

En declaraciones a Europa Press, Celso Rodríguez, de la APM, ha recordado que "un presidente debe ejercer sus funciones de forma presencial", asistiendo a las reuniones del Govern y sometiéndose a los debates e interpelaciones parlamentarias.

"Hay que pensar en el día a día, no sólo en la investidura. Puigdemont sería un mero presidente formal, actuaría como un presidente de gabinete. No se ajustaría a las exigencias que comporta el cargo de presidente", ha remarcado.

El Parlament podría habilitar el voto

telemático con una reforma exprés, cuyo

procedimiento avaló el TC

Los grupos independentistas podrían modificar el reglamento del Parlament para habilitar el voto telemático ante una eventual investidura de Carles Puigdemont (JuntsxCat) haciendo uso de la reforma avalada por el Tribunal Constitucional (TC) que permite tramitar propuestas por la vía de máxima urgencia.

El reglamento del Parlament, recogido por Europa Press, no permite el voto telemático como sí ocurre en otros parlamentos --incluido el Congreso de los Diputados--, y especifica que el candidato que quiera ser investido debe presentar "ante el pleno" su propuesta, descartando así que pueda hacerlo telemáticamente.

Tampoco está permitido el voto telemático y, por lo tanto, ni Puigdemont ni los diputados electos presos o en Bélgica podrían votar en una investidura, poniendo en riesgo así la mayoría independentista.

Para reformar el corpus jurídico de la Cámara, el reglamento fija que debe crearse una ponencia redactora para que elabore en un plazo de tres meses una proposición de ley que debe ser posteriormente aprobada por el pleno por mayoría absoluta --que los independentistas han reeditado tras el 21-D--.

Teniendo en cuenta ese plazo de tres meses, sería complicado poder aprobar el voto telemático antes de que el 7 de abril se agoten los plazos para investir a un nuevo presidente del Govern, pero el TC avaló que puedan hacerse trámites por la vía de la máxima urgencia, reduciendo los plazos al mínimo, y que se puedan aprobar mediante lectura única: ahora bien, el tribunal señaló que se debía garantizar el derecho a enmiendas de los grupos.

La sesión constitutiva del Parlament, en la que se elige el presidente del Parlament y los miembros de la Mesa, puede hacerse hasta el martes 23 de enero de 2018: después se abre un plazo de 10 días hábiles para que el presidente de la Cámara proponga la investidura de un candidato a la Presidencia de la Generalitat.

Esto situaría el plazo máximo hasta el martes 6 de febrero: entonces se sometería a una primera votación y, si no lograra la mayoría absoluta de los votos, dos días más tarde se celebraría una segunda votación, donde al candidato le valdría la mayoría simple para ser investido.

Si tampoco lo lograra entonces, se abriría un plazo máximo de dos meses para encontrar un candidato, lo que situaría la fecha límite para votar un presidente de la Generalitat al sábado 7 de abril; si no fuera posible, se volverían a convocar elecciones.

Se trata de un corto periodo de tiempo para impulsar una reforma del Parlament que permita el sistema telemático en los plazos establecidos por el reglamento, si bien se puede hacer uso de la reforma exprés para reducir el periodo y darle luz verde antes de una eventual investidura de Carles Puigdemont.

VOTO DELEGADO

Otra opción para poder investir a Puigdemont es el voto delegado, que también requeriría una reforma del reglamento del Parlament para poder generalizarlo ya que ahora está limitado a casos de maternidad, paternidad y enfermedad.

De hecho, en la polémica reforma del reglamento del Parlament que impulsaron los grupos independentistas, se modificó el voto delegado para incluir los casos de paternidad y enfermedad, ya que hasta entonces estaba limitado a casos de maternidad.

Ahora debería volverse a modificar para incluir otros preceptos que permitan el voto delegado a los que pudieran acogerse los diputados electos presos o en Bélgica.


Comentarios

No hay comentarios sobre esta noticia.

Comentar

Columnistas

¿Son los derechos humanos una idea tóxica?

Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.

Por Francisco J Contreras Leer columna

San Fernando: el rey y el gobernante

Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Goma 2 Eco asturiana ¡y ya vale!

Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

¿Por qué no una Europa gaullista?

El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización   Publicado previamente en LA GACETA

Por Francisco J Contreras Leer columna

Prescripción del 11M, humillante final de una nación

No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes. 

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

FELIZ NAVIDAD

Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores

Por Editorial Leer columna

LA PROPOSICION DE LEY DE AMNISTIA Y NUESTROS DIPUTADOS

A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?. 

Por José Luis LafuenteLeer columna

¿Somos todavía una nación?

Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Chile: lecciones de septiembre del año 1973

  La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.  

Por Francisco J Contreras Leer columna

CUANDO LOS TRIBUNALES SON INDEPENDIENTES Y RESPONSABLES  

En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.

Por José Luis LafuenteLeer columna

La ciencia y el cristianismo

La edad media no fue tan oscura como nos han contado, y menos aún para la ciencia

Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna

Encuesta
¿Logrará la ciudadanía frenar la ley de amnistía?

a) no, el gobierno lo tiene todo "bien atado"
b) sí, la fuerza del pueblo es imparable

Dignidad Digital, S.L. E-mail: redaccion@dignidaddigital.com
logo