Lunes, 25 de noviembre de 2024

Acusados de integración en organización terrorista

La AN absuelve a los 20 responsables de Udalbiltza Kursaal

"La nacionalidad no es una imposición de ETA y menos una idea original de la banda terrorista sino una aspiración legítima de todo nacionalista", explica en la sentencia, hecha pública éste jueves, el tribunal, formado por los jueces Javier Gómez Bermúdez, Manuela Fernández Prado y Ramón Saéz Valcárcel.   

La sentencia asegura de forma tajante que "ETA no controla a Udalbiltza y por tanto la hipótesis según la cúal es un proyecto de la banda no es válida". Matiza que a pesar de ello "no cabe duda" de que la organización terrorista estaba "interesada en el nacimiento y desarrollo" de la Asamblea de electos y "en su control para capitalizar sus logros como parte de su proyecto de construcción  nacional".  

  No obstante --destaca la resolución-- no existen pruebas de que ETA ejerciera control alguno sobre ella más allá de "la coincidencia o adhesión ideológica de los procesados con algunos de los objetivos políticos que los terroristas proclaman como justificación  de su conducta criminal" lo que por sí no constituye delito alguno.

   EL SILENCIO ANTE LOS ATENTADOS, SÓLO UNA OPINIÓN   

La resolución ahonda en el alcance de la adhesión ideológica de los electos de la ilegalizada Batasuna con ETA y recuerda que en un Estado democrático quedan fuera del ámbito penal "la acción política y las opiniones y manifestaciones ideológicas "gusten éstas o no, sean mayoritarias o minoritarias, sean compartidas o no".  

  El tribunal añade que tampoco supone la comisión de un delito "el silencio o la falta de condena de los atentados terroristas" a pesar de que "repugne a la inmensa mayoría".   

Entre los acusados absueltos se encuentran Xabier Alegría, que coordinaba la entidad por designación de la Comisión Ejecutiva, y Joseba Mikel Garmendia, presunto miembro del aparato de finanzas de ETA y al que la Fiscalía consideraba responsable en este caso concreto de los asuntos económicos de la entidad ilícita.

   Además de Alegría y Garmendia estaban acusados los concejales Miren Karmele Urbistondo (Urnieta), Oscar Goñi (Vera de Bidasoa) y Larraitz Sanzberro (Oiartzun). El resto de procesados son Leire Idoyaga, José Manuel Jurado Torvisco, Lander Echebarría Garitacelaya, Eider Casanova, Loren Arkotxa, Miren Josu Aramburu, Imanol Esnaola, Xabier Iragorri, Esperanza Iriarte, Miren Jasone Astibia, Urko Irastorza, Maria Victoria Ugarteburu, Juan Carlos Alducín, Miren Odriozola e Ibon Arbulu.

   Según defendía la Fiscalía, Udalbiltza Kursaal intentó jugar un papel predominante en la reorientación de la actividad de ETA para continuar con el llamado "Proyecto de Construcción Nacional" de la banda y dependía directamente de ella.

   No obstante, el tribunal presidido por Javier Gómez Bermúdez --también ponente de la sentencia-- considera que hay una ausencia "de relación o vínculo económico entre Udalbiltza y ETA".

  "La policía no ha podido demostrar la existencia de vinculación directa entre ETA y la labor desempeñada por los acusados de Udalbiltza. No se han aportado informes personales de la actividad delictiva de los acusados", dice la resolución.   

Los magistrados realizan en la sentencia una crítica a la labor policial y a los informes elaborados por las Fuerzas de Seguridad del Estado y recalcan que éstos "se basan en hipótesis extraidas del analisis de documentos" de los que se han extraido aquellas partes que interesaban para buscar una inculpación descartando las opiniones exculpatorias.

   La sentencia cuenta con un voto particular emitido por el juez Ramón Saéz Valcárcel que proponía imponer una condena en costas a la acusación popular que ejercía Dignidad y Justicia.


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