Martes, 08 de julio de 2025
y Junqueras recurre al Supremo que la JEC rechace restituirle como candidato
La JEC rechaza restablecer a Junqueras como candidato por estar condenado a una pena de cárcel
El organismo arbitral se opone a la petición, entre otras cosas, porque Junqueras ha sido condenado con sentencia firme a una pena de cárcel por su participación en el 'procés', lo que le impide concurrir a unos comicios.
Así lo argumenta el organismo arbitral en una resolución recogida por Europa Press en la que recalca que aunque la Sala del Supremo que enjuició a Junqueras haya acordado posponer la ejecución de la pena de inhabilitación especial a la que fue condenado, el líder de ERC fue condenado por "mediante sentencia firme a penas de privación de libertad que está cumpliendo en este momento".
"Esta circunstancia -prosigue el organismo arbitral-- incurre en el supuesto de inelegibilidad establecido en el artículo 6.2.a) de la Ley Electoral, por lo que no procede 'rehabilitarle' como candidato.
Asimismo, la JEC recuerda a ERC que la proclamación de sus candidatos "es un acto firme", que fue susceptible de recurso conforme a lo dispuesto en el artículo 49 Ley Electoral, pero que ya no puede ser revisado por este organismo.
Así ha respondido el organismo arbitral al escrito registrado este jueves por ERC pidiendo que se restituyera a Junqueras como número uno por Barcelona. Junqueras fue eliminado de la lista en aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el 'procés' que le condenó por delitos de sedición y malversación a una de 13 años de cárcel y de inhabilitación absoluta.
ERC decidió recurrir a la JEC tras recibir el pasado 30 de octubre un auto de ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo en el que, según argumentan los independentistas, se acuerda posponer la pena de inhabilitación de Junqueras hasta que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) resuelva si el dirigente republicano goza o no de inmunidad por haber sido proclamado eurodiputado electo el pasado mes de mayo.
En su escrito, ERC defendía que si el Supremo pospone la pena de inhabilitación, la JEC debía mantener su candidatura para las elecciones del domingo. Es más los republicanos acusaron al organismo arbrital de haberse precipitado al ordenar al partido que cambiara su lista electoral para el 10N para excluir a Junqueras, porque no tuvo en cuenta el auto del Supremo que pospone su inhabilitación.
Según los independentistas si Junqueras no está inhabilitado tampoco debe aplicarse la condena hasta que el TJUE se pronuncie, y el líder de ERC tendría que recuperar su condición de elegible en unos comicios, ya que un condenado por la justicia no puede ser candidato.
La defensa del presidente de ERC, Oriol Junqueras, ha presentado este viernes un recurso ante el Tribunal Supremo después de que la Junta Electoral Central (JEC) haya rechazado restablecerle como número uno de su candidatura por Barcelona para las elecciones del domingo.
En el recurso, recogido por Europa Press, pide restituir la candidatura de Junqueras en las elecciones y, aunque entienden que no será posible que esté en las papeletas electorales porque ya están impresas, exigen que se le restituya en su condición de candidato para evitar "cualquier vulneración de sus derechos y libertades públicas".
Argumenta que la sustitución de Junqueras en la lista electoral se basa en una inhabilitación que "se encuentra suspendida" por el auto del Supremo.
Insiste en que el hecho de que el TS haya suspendido la pena de inhabilitación, según ellos, debe implicar también la suspensión de la pena de prisión "pues todas ellas podrían encontrarse afectadas de forma 'refleja' por la decisión de la jurisdicción europea".
Además, defiende que la decisión de la JEC "crea un perjuicio de imposible reparación y una vulneración flagrante de los derechos fundamentales" de Junqueras.
La defensa de Junqueras responde así ante la resolución de la JEC que se opone a la petición de restituir su candidatura, entre otras cosas, porque Junqueras ha sido condenado con sentencia firme a una pena de cárcel por su participación en el proceso soberanista, lo que le impide concurrir a unos comicios.
Así lo argumenta en una resolución recogida por Europa Press en la que recalca que aunque la Sala del Supremo que enjuició a Junqueras haya acordado posponer la ejecución de la pena de inhabilitación especial a la que fue condenado, el líder de ERC fue condenado por "mediante sentencia firme a penas de privación de libertad que está cumpliendo en este momento".
ERC decidió recurrir a la JEC tras recibir el pasado 30 de octubre un auto de ejecución de la sentencia del Supremo en el que, según argumentan los independentistas, se acuerda posponer la pena de inhabilitación de Junqueras hasta que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) resuelva si el dirigente republicano goza o no de inmunidad por haber sido proclamado eurodiputado electo el pasado mes de mayo.
En su escrito, ERC defendía que si el Supremo pospone la pena de inhabilitación, la JEC debía mantener su candidatura para las elecciones del domingo y consideraron que se precipitó al ordenar al partido que cambiara su lista electoral para excluirle.
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